Carta de Carlos V a los cardenales Cisneros y Adriano. Middelburg, 7 de septiembre de 1517
Sobre las medidas que habían de tomar para atajar las intrigas del cortejo del infante don Fernando
Carlos V
«Del Rey:
Rmo. yn Cristo, Padre Cardenal de España, Arçobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller Mayor, Inquisidor General y nuestro Gobernador de los reinos y señoríos de Castilla, nuestro muy caro y muy amado amigo señor, etc.; y muy Reverendo yn Cristo Padre Cardenal de Tortosa nuestro muy caro y muy amado amigo y nuestro Embaxador. Muchas veces y por diversas partes habemos sido informados que a nuestro servicio combenía dar orden y poner remedio en la casa del Ilmo. Ynfante, nuestro muy caro y muy amado hermano, porque se nos avisaban que las personas que estaban cabe él le ponían en cosas libianas y bulliciosas y malos pensamientos en deservicio nuestro y daño del dicho Ynfante. Esto mismo se nos ha escripto el mes pasado por las postas que nos vinieron y ahora por la postrera posta que nos vino, en la qual se nos avisa que en casa del dicho Ynfante se hablan muchas cosas en desacatamiento de nuestra persona y aun de la paz y sosiego de esos reynos, creyéndolos turbar con la persona del Ynfante, hablando y escriuiendo a algunos grandes y ciudades que en absencia nuestra nombrasen por gobernador desos reynos en nombre de la Reyna, mi señora, al dicho Ilmo. Ynfante y que tomasen al dicho Ynfante en su poder. Por quanto diz que Nos encargauamos a vos el dicho Ilmo. Cardenal que le traxésedes con vos a fin de le embarcar y sacar fuera del Reyno y traer muchas cosas de mala qualidad y en gran deseruiçio nuestro y bien del dicho Ynfante, de las quales si no las mandásemos probeer y remediar se siguiría que al dicho Ynfante pornían en desconfiança del amor que le tenemos y voluntad de su acrescentamiento. Y por esto, siguiendo el parescer de muchos seruidores nuestros que de allá nos han escripto, acordamos de mandar al Comendador Mayor de Calatraba que se baya a su Encomienda Mayor y al Obispo de Astorga que se baya a su Obispado y a Gonzalo de Guzmán que se salga de la corte, como bereis por las cartas que para ello vos embiamos. Escriuimos asimismo al Illmo. Ynfante esta prouisión que hazemos y cómo la causa prinçipal que nos muebe a hacello es el bien del dicho Ynfante y su acrescentamiento y porque el amor que le tengo baya siempre en crecimiento, rogándole que por mi amor lo haya por bueno, lo qual soy çierto de su cordura que sí habrá.
La orden que en hazer esto habeis de tener es la siguiente:
Primeramente hablar al dicho Illmo. Ynfante solo y apartado con vosotros, declarándole mi voluntad y fin que en esto tengo, por las mejores y más dulçes palabras que podais por manera que lo tome bien, lo qual esperamos mediante vuestras prudençias y teniéndoos él como vos tiene por muy amigos suyos. Dezille eys asimismo, cómo en lugar de éstos mandamos probeer el Clauero de Calatraba, don Diego de Guebara y a Mosur de Laxao, mi embajador, y hasta tanto que estos lleguen a don Alonso Tellez Girón, hermano del marqués de Villena.
Asimismo direis al dicho Illmo. Ynfante que porque deseamos que en todo se conforme con nuestra costumbre y manera de vivir, embiamos a mandar y queremos que los dichos Clauero o Mosur de Laxao, el uno de ellos duerma siempre con él en su cámara y en absencia dellos el dicho don Alonso Tellez, como lo haze Mosur de Gebres en la nuestra, porque cuando despertare, si quisiere, tenga con quien hablar.
Certificalle eis que el amor que le tengo es tan entrañable que es más que de hermano y que es mucha más parte él para llebarme en esos Reynos que ellos mismos, porque la verdad es ésta; y que llegado, plaçiendo a Dios, en ellos, lo verá por la obra y que lo primero en que tengo que entender es lo que toca a su persona y por su acrescentamiento tengo de poner la mía cada hora. Dezilde que porque sepa la mala información que le han fecho cerca de la conclusión que se tomó acá en su casa con el Obispo de Astorga, que aquella dio el Emperador, nuestro señor y padre, y Madama Margarita, nuestra tia, señora, con los del nuestro Consejo y que después de tomada ésta, porque el mismo Obispo me dixo que su casa estaba alcançada, le mandamos acresçentar por seis meses, que era el tiempo, nos parescía, que nos podiamos detener acá, otros cuatro mill ducados y más, por respecto suyo y porque no cargase a su costa la venida del dicho Obispo, le hizimos merced de otros dos mill ducados, como sabeis. Dezilde, también, que menos verdadera fue la que le hizieron de Mosur de Gebres y de mi gran Chanciller, porque le juro y certifico que son tan seruidores suyos que ningún día pasa que no me hablan de su persona lo que se deuiera hablar en su casa de la mía.
Dezilde como hoy, día de la fecha de ésta, que es víspera de Nuestra Señora de Setiembre, nuestra persona duerme en nuestra Real armada, con una demostrança de buen tiempo que es venida y que plaziendo a Nuestro Señor mañana, de mañana, día de su Vendicta Madre, continuando el tiempo tomaré mi viaje, y llegado con berle y comunicarle espero cumplir la mayor parte de mis deseos y que así hará él, porque conosçerá a mí y al amor que le tengo por obra, y a la Illma. Ynfanta madama Leonor, nuestra hermana, con quien se ha de holgar mucho.
Dezilde todo lo otro que a vosotros paresciere, por manera que tome bien esto que se probee y de ello no resçiba pena, demostrándole que es enderesçado a su acrescentamiento, como en verdad lo es; y, fecho esto, dalde mi carta.
Después que hobiéredes hablado al Illmo. Ynfante, hablad a los dichos Comendador Mayor y Obispo de Astorga, juntos y aparte y porque no haya dilaçión, por buen manera detenedlos, que no acompañen al dicho Ynfante y decildes largamente las cosas que he sido informado y que por contemplaçión del dicho Ynfante me contento con la prouisión que hago sin pasar más adelante y que por las relaciones que me han sido fechas hallo muy más culpado al dicho Obispo que al dicho Comendador Mayor. Quando los hablaredes mirad que al dicho Obispo demostreis más clara y abiertamente el enojo que dél tengo y que le digáis algunas palabras señaladas, por donde sienta y conozca que ha sido mayor pecado el suyo que el del dicho Comendador Mayor.
Al dicho Comendador Mayor, vos, el dicho Rmo. Cardenal de España, habeis de dezir lo que mando proueer en los dichos fructos de la Clabería, por la manera que os lo escriuo.
Acabado de hablalles daldes mis cartas que les embío y dezildes que les mando que luego a la hora, sin más ver ni hablar al dicho Illmo. Ynfante, ni se despedir dél, cumplan lo que les embío a mandar y proueed cómo no les dexe una persona hasta que sean se idos de la Corte, en cumplimiento de lo que así mando. Y al dicho Gonzalo de Guzmán, basta que le deis mi carta y hagais que cumpla por la misma horden lo en ella contenido; y pues vedes quanto ymporta a nuestro seruiçio la execución desto y que esté hecho para cuando llegaremos, rogamos afectuosamente a vos, el dicho Rmo. Cardenal de España, que por nos haze singular plazer, procureis con toda diligencia cómo así se haga y cumpla luego a la hora y sin dilaçion, no embargante qualquier cosa que para ympedir esto por qualquier persona, aunque sea el dicho Ynfante, vos será dicha. Y porque podría ser que el dicho don Alonso Tellez, que como dicho es, ha de estar con la persona del dicho Ynfante hasta tanto que sean llegado los dichos Clauero y Laxao, no estén en esa Corte, luego a la hora vos, el dicho Cardenal de España, le embiad una posta con esta mi carta y asímismo le escriuid para que dexadas todas cosas, venga luego, de manera que no ponga escusa ni dilaçión alguna.
Y porque este proueymiento que hazemos, como bedes, es de mucha qualidad e ymportancia, combiene mucho el secreto dello, el qual mucho vos encargamos por manera que sea primero executado que sabido. Vos rogamos y encomendamos que lo hagais, luego como resçibiéredes este despacho, no embargante que no esté ahí el dicho don Alonso Tellez pero que hasta tanto que él llegue, mandamos que vos, el Rmo. Cardenal de España, nombreis una persona que esté en seruicio del dicho Ynfante, que tenga mucho cuidado de serville y mirar por su persona.
Hazemos vos saber que nos fue también aconsejado remouer al capitán de nuestra guarda que anda con el dicho Ynfante, y poner en su lugar un seruidor cierto y antiguo nuestro, pero porque contra su persona no nos ha sido dicho cosa ninguna y le tenemos por cierto y leal seruidor nuestro, acordamos de sobreseer en ello y de contentarnos con que vos, el dicho Rmo. Cardenal de España rescibais dél juramento y pleyto omenage en nuestro nombre por la guarda de la persona del dicho Ynfante en lo que toca a su cargo y que terná y guardará el dicho juramento y pleyto omenage secreto y no lo descubrirá a persona alguna.
Porque asimismo somos informados que los dichos Comendador Mayor y Obispo echaron fuera de casa del dicho Ynfante a su ama, haviéndose puesto por mi mandado y sin me consultar sobre ello, siendo como es buena mujer y honesta y acibta al dicho Ynfante y seruidora nuestra y suya; rogamos vos que luego la torneis a casa del dicho Illmo. Ynfante para que esté y duerma en ella con tanto que sea fuera de su cama, como está ordenado y hablalda como os paresciere conbiene a nuestro seruicio, por manera que della sepais lo que pasare.
Asimismo escriuimos al marqués de Astorga y conde de Lemos, que son los parientes mayores de los dichos Comendador Mayor y Obispo, la prouisión que hazemos diciéndoles que vos scriuimos las causas que en ello nos movieron y que vosotros les escribireis algunas dellas. Hazeldo así y embialdes nuestras cartas y escrivildes como os paresçiere combiene a nuestro seruicio.
También escriuimos a Sancho de Paredes en crehencia vuestra porque nos han certificado que le pesaba de lo que en casa del dicho Ynfante pasaba en nuestro deseruicio y que es cuerdo y buen seruidor; hablalde y mandalde lo que os paresciere que convenga a nuestro seruicio y dalde nuestra carta.
Tornamos vos a rogar afectuosamente que esto que así probehemos se cumpla luego a la hora con toda diligencia y con el secreto nescesario; por manera que, como dicho habemos, sea primero executado que sabido, porque habemos escripto al Emperador, nuestro señor y padre, todo lo que vos escriuimos y las causas que a ello nos han mouido, y platicándolo y comunicándolo con la Princesa Madama Margarita nuestra tía señora. Y como lo houiéredes fecho y cumplido de la manera que lo tomó el Ynfante y en ello ha pasado nos advertid luego a la hora, al puerto donde está Laxao, porque allí sepamos allegando cómo habéis cumplido y qué es lo que passó.
Rmo. yn Christo, Padre Cardenal de Tortosa nuestro muy caro y muy amado amigo señor, y al muy Rdo. yn Christo Padre Cardenal de Tortosa, nuestro embajador, la Sancta Trinidad sea en vuestra encomienda, de Medialburque a siete días del mes de septiembre de quinientos y diez y siete años.
Yo el Rey.
F. Cobos, secretario».