Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.

Volumen 5 - carta nº 346

De EMILIA PARDO BAZÁN
A   MARCELINO MENÉNDEZ PELAYO

La Coruña, 15 agosto [ 1882]

Mi caro amigo: el mismo dia que escribí á V. me dí a hojear el famoso libro del P. Fita, que este me prestó por unas horas, y lo extracté, pero quiso Dios que mi viaje, una enfermedad de la niña, y mil menudencias, me estorbasen enviar a V. el extracto; y ahora me pesa de ello, pues veo que V. no lo tenia y hubiera podido serle útil en algo - ¡Vive el cielo! que estoy indignada de la guerra sorda é implacable que a V. hace el Siglo Futuro, porque V. tiene razon en todo, en todo, y el libro (como V. verá por el adjunto mal pergeñado extracto) es lo que V. dice: una coleccion de documentos viejos, relativos á una época breve y á un país limitado y que nada influyen en la cultura general de Europa, ni tales carneros; V. no necesitó leerlo para eso. Así se lo dije al P. Fita, con cruel pero leal franqueza, y añadí más que no pongo aquí por no herir la modestia que V. posee y es una de sus hermosísimas y singulares cualidades. Como le quiero a V. tanto quizás dije cosas desplacientes al insigne jesuita, que en esta ocasion anduvo mal guiado.

Yo tuve mil Veces la pluma cojida para escribir algo que se titulase «la decadencia del Siglo XIV» — pero seria meterse donde a uno no le llaman, impertinencia manifiesta, además V. vale por un ejército.

Adios. Envio a V. el S. Francisco y digo á Olamendi quesuspenda el entregar a V. ejemplar en Madrid.—Su amiga invariable

Emilia Pardo Bazán

P.D. Admiro, venero y acato á los eruditos. Hacer por costumbre lo que yo hice por casualidad. —Leerse a diario Actas de Concilios, &.&.!

ANEXO A CARTA DE 15 AGOSTO 1882

Vá el estracto como salió

Empezamos por la iglesia de Coria — Nada de particular. Sigue el concilio de Valladolid que es en el siglo XIII.

Eran muy buenos señores los PP. del Concilio: querían que se acabase la guerra civil entre don Sancho y su padre Alfonso X. Luego sigue el instituto de Hermandad, que maldito si le saco sustancia.

Concilio de Benavente: muy bueno será, pero siempre estamos en el siglo XIII. Por cierto que dice el P. Fita que en el estatuto décimo se habla de las Ordenes de Sto. Domingo y s. Francisco, y es en el XII y sigt. e

Concilio prov. de Alcalá de Henares. Ya llegamos al Siglo XIV. Se empieza a proceder contra los Templarios.

Letras apostólicas, Cargos contra los templarios. Los sabemos de memoria, renegar de Cristo, y lo demás.

Reflexiones del P. Fita sobre la causa.—Nada de particular: menudencias cronológicas que no arrojan luz alguna sobre la culpabilidad o nó culpabilidad.—Proceso de los Temp. y circular del Obispo de Jaen.

Concilio de Toro: estamos en 1310.

Siguen otros concilios del año 1310, de los cuales vá resultando que los Templarios eran perseguidos con fórmulas legales, pero con encarnizamiento, y que sus bienes eran menudamente buscados.—Del Concilio Provincial de Salamanca resultan inocentes los Templarios pero referida su sentencia al Papa.

Van resultando inocentes los templarios por todo el discurso de Actas, emplazamientos, sentencias, & (ya estamos en la pag 109!).

Sustancia y jugo de todos los documentos: Que segun parece evidente, los Templarios españoles no eran culpables. Que su no-culpabilidad influyó en la ambigua sentencia del Concilio de Viena. Que no debían ser tan inocentes en otras partes cuando el mismo P. Fita dice que la Iglesia cumplió su «austero y terrible deber» de disolver la Idem.

Concilio provincial compostelano (1312-1313). Disposiciones contra los judíos.

El Concilio de Viena y la Universidad de Salamanca. Restablecimiento de cátedras de Hebreo, caldeo y árabe con obligación en los titulares de verter al latín obras de tales idiomas.

A esto se reduce la gran impugnación y deshacimiento —!!