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1

Instrumento cortante para segar las mieses, a manera de guadaña.

 

2

Esto es, intérpretes, o peritos en las lenguas de los indios.

 

3

Enjambrar, en sentido metafórico, es multiplicar o producir en abundancia. la significación primitiva es sacar un enjambre de una colmena demasiado poblada, con el fin de poblar otra. Por consiguiente, lo que quiso decir aquí el autor de esta carta fue, que debían tomarse las providencias que indica, antes que aquellas pláticas o conspiraciones se extendiesen entre los naturales, y tomasen cuerpo.

 

4

Dice el M. S. minas; pero, atendiendo al contexto, se ve que es error del escribiente.

 

5

Término forense derivado de la cláusula M testamento de Enrique II, con la cual este monarca, queriendo templar, por una parte, el desorden y ruina que habían introducido sus prodigalidades en el tesoro público, y por la otra conservar a los agraciados en la posesión de sus beneficios, les confirmó sus mercedes, y ordenó que les fuesen guardadas; «pero todavía (añadió) que las hayan por mayorazgo, y finquen al hijo legítimo mayor de cada uno dellos, e si muriere sin hijo legítimo, que tornen sus bienes del que así muriere a la corona de los nuestros reinos». Los Reyes Católicos mandaron guardar esta cláusula por ley (*); pero ella, como lo observa el Lic. Ceynos y se ve en los jurisconsultos que se han ocupado de su asunto, produjo graves dudas y controversias, que no vinieron a terminarse sino hasta el año de 1720, por un Auto acordado de Consejo, que hoy forma la L. 11 del tít. y lib. cit. de la Novís. -Esta explicación era necesaria para comprender la grave importancia de la cuestión que entonces se debatía en las colonias españolas, y cuya solución debía decidir irrevocablemente, como en efecto decidió, del presente y porvenir de los pueblos y de las instituciones políticas implantadas en América. (Nota M Sr. D. J. F. Ramírez).

 

6

Esto es, que va al mismo fin que este, oque sus opiniones se conforman con las mías, y no que va inserto o copiado al fin de este, como pudiera entenderse a primera vista, por la anfibología de la frase. -El Parecer del Sr. Fuenleal a que esta carta se refiere, es el que se publica a continuación de ella. Más adelante se hallará otra carta del mismo Ceynos, escrita treinta y tres años después, en el de 1565.

 

7

Según queda advertido al principio de este volumen, el Sr. Fuenleal envió dos veces este Parecer, haciendo notables alteraciones en el duplicado o segunda copia, según lo había anunciado en el final de la primera. Poseo originales ambos MSS., y para la impresión se ha seguido la segunda copia, considerándola como la expresión de las últimas opiniones del autor; pero se han anotado las variantes que resultan de su cotejo con la primera, en la forma siguiente: Las palabras encerradas entre corchetes [ ] no se hallan en el primer Parecer, y en vez de ellas se ven allí las que se leen en la nota que corresponde a la llamada que sigue inmediatamente. -Si no hubiere nota, entiéndase que las palabras puestas entre corchetes faltan del todo en el primer Parecer, y se añadieron en el segundo. Los corchetes con nota indican, pues, una enmienda, y sin ella, una adición. -Finalmente, cuando sólo se encuentra la nota, esta comprende una supresión hecha en el segundo Parecer, de palabras o frases que se hallaban en el primero.

 

8

«A V. M.»

 

9

«Y cuando llegué no hallé escrita sola una letra, ni comenzada cosa de lo que se deba hacer relación; y visto el descuido y negligencia que había habido en cosa que tan mandada estaba por V. M., y encarecida con censuras de indignación, y ser cosa que a la clara ha parecido y parece ser la más importante y necesaria para la conservación destas partes, y de no se haber fecho, la tierra ha recibido grande pérdida, ordené luego las vías que V. M. verá, para que se supiese lo que al presente se puede saber, y con mucho trabajo se acabó, y se enviará a V. M».

 

10

«De vasallos y jurisdicciones»