121
III-G-71.
122
III-H-72.
123
I-Q-73.
124
Confesamos que, a pesar del buen stillo de las contestaciones de mícer Camañas, en esta ocasión no se nos alcanza qué ha querido decir con todo esto, a no ser que se refiera a que se acepte y agradezca el juramento si de derecho (de jure) habría de valer para anular lo anterior y que si de derecho no vale se pida clemencia al soberano.