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Según las cuentas de la tesorería de Chile que se enviaban al Consejo de Indias, estas diversas industrias administradas por el gobierno dieron como suma total de los doce años comprendidos entre 1607 y 1618, los beneficios líquidos siguientes: Obraje de paños de Melipilla, 13970 pesos 6 reales; molino de Concepción, 3781 pesos 4 reales; sementeras de Quillota, no había noticia fija, pero se decía que sus provechos eran pocos; estancia de Buena Esperanza, 53192 pesos 1 real; crianza de vacas de Catentoa, 75180 pesos. Estas sumas eran el resultado de las ventas que de dichos artículos se hacía a la administración militar para el sostenimiento del ejército, y se pagaban con el descuento que sobre sus sueldos se hacía a los soldados. Como la explotación de estas diversas industrias ocasionaba gastos considerables, y se administraba con no poco desorden, algunos de los funcionarios de la Corona, como hemos visto, pedían, sobre todo tratándose del obraje de Melipilla, que se dieran en arrendamiento, como un medio de obtener beneficios más considerables y seguros.



 

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El personal del ejército en esa época estaba distribuido de la manera siguiente: 6 capitanes de caballería, 20 de infantería, 6 tenientes, 20 alféreces, 20 sargentos, 6 trompetas, 20 abanderados, 21 tambores, 250 soldados de caballería, 803 infantes, 43 cabos de escuadra, 128 mosqueteros, 4 cabos de presidio, 2 pilotos, 5 marineros y 45 oficiales mayores, entre los cuales se contaban: 1 Capitán General (el Gobernador), 1 maestre de campo, 1 sargento mayor, 3 ayudantes de los anteriores, 3 intérpretes, 6 capellanes, 8 padres jesuitas, 2 cirujanos con 2 ayudantes, 1 preboste o jefe de policía, encargado de hacer ejecutar los castigos, 7 empleados de la tesorería militar, 1 boticario y 4 carpinteros o albañiles.

En aquella cifra del ejército se contaban también: 42 capitanes. 81 alféreces y tenientes y 56 sargentos reformados que recibían sueldo.

El sueldo más alto era, como debe suponerse, el del Gobernador, que ascendía a 8043 pesos al año. Los demás eran relativamente muy inferiores y, además, bastante desequilibrados. Así, para no citar más que una de estas desigualdades que había llamado la atención de los gobernadores, mientras se pagaban 2210 pesos para los seis capellanes de ejército, los jesuitas recibían 6032 pesos por cuenta de los ocho religiosos que vivían en las reducciones de la frontera, y que, sin embargo, no expedicionaban con las tropas.

Ya hemos referido los abusos a que daba lugar el pago del sueldo de los soldados, los precios a que se les cargaban el vestuario y los alimentos, y las compras a vil precio que hacían algunos empleados de las libranzas o papeletas con que los soldados debían cobrar sus sueldos cuando llegase el situado.



 

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Véase capítulo 12, § 16 de la parte III.



 

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Acuerdos del cabildo de Santiago de 2 y de 7 de abril de 1618. La primera de estas escuelas no debió funcionar largo tiempo, porque en 1621 el Cabildo se ocupaba en buscar otro maestro; pero en ese mismo año Torres Padilla solicitaba que el Cabildo le proveyera de casa para su escuela.



 

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La fecha exacta de la fundación de estos estudios ha sido omitida por los cronistas de la Compañía. El padre Ovalle, libro VIII, capítulo 5, dice que las clases se abrieron el 15 de agosto, pero no indica el año, aunque de su relación podría deducirse que fue el de 1593, a los pocos meses de haber llegado los jesuitas a Santiago, lo que no es exacto. Los padres Lozano y Olivares, que en esta parte han seguido a Ovalle, no han dado tampoco fechas más fijas. Parece que esta omisión de la fecha precisa de la fundación de los primeros estudios de los jesuitas, no es la obra de un descuido involuntario, y que a consecuencia de las disputas que los jesuitas sostuvieron con los dominicanos, no querían reconocer que éstos se les hubieran anticipado en la fundación de sus cursos. Los documentos de otra procedencia revelan que los jesuitas abrieron sus clases sólo el 15 de agosto de 1596.



 

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Este convictorio fue colocado bajo la advocación del beato Edmundo Campián. Era éste un jesuita inglés, autor de muchas obras, ahorcado en Londres en 1581 por acusársele de ser agente de los enemigos exteriores de la reina Isabel, y de haber entrado en una conspiración. Los jesuitas lo consideraban mártir de la fe, y habiendo obtenido en Roma su beatificación, le levantaron altares en algunas de sus iglesias; pero como el papa Urbano prohibiera expresamente en 1625 el culto que se rendía a los beatos que no habían sido canonizados o que no lo tuvieran desde tiempo inmemorial, la imagen del beato Campián fue bajada del altar, y el convictorio de jesuitas de Santiago fue colocado bajo la advocación de san Francisco Javier.



 

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El padre Miguel de Olivares ha referido con algunos pormenores, en el capítulo 5 de su Historia de los jesuitas en Chile, la solemne y aparatosa instalación del convictorio en su nueva casa, y ha dado un resumen de las reglas que dirigían su régimen religioso y moral; pero dice bien poco acerca del sistema y orden de estudios. Son curiosas algunas de las cláusulas de ese reglamento. «No se admitirán muy niños, dice, sino de doce años arriba, y personas que sean de gente noble y de buenas costumbres; y los que entrasen, serán generalmente hijos de legítimo matrimonio, si no es que sea hijo de algún caballero principal en caso raro, pero que no sea hijo de india ni de hombres que tengan alguna infamia». Su régimen económico, acerca del cual hemos visto algunos documentos, puede dar alguna luz acerca del estado de la colonia en esa época. Todos los alumnos del convictorio eran internos y pensionistas; pero a causa de la pobreza general, muchos padres de familia pagaban las pensiones de sus hijos en ganado, en artículos alimenticios o en otros objetos. El padre Alonso de Ovalle fundó con sus bienes patrimoniales dos becas para que a perpetuidad se educasen gratuitamente otros tantos niños de su familia. El local que desde 1635 ocupó el convictorio de san Francisco Javier, es el mismo en que hoy se levanta el palacio de los tribunales de justicia de Santiago, y fue donado a los jesuitas por el capitán Francisco de Fuenzalida; pero esta donación dio lugar a un largo litigio promovido por los hijos de ese capitán, que sostenían que la casa era propiedad de ellos, por ser herencia de su madre. En la nota que pusimos en la p. 232 del libro del padre Olivares, hemos dado cuenta de este curioso y característico litigio.



 

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Por una bula dada en 1619, el papa Paulo V concedió a los jóvenes que hubieran estudiado cinco años en los colegios dominicanos de las Indias, distantes 200 millas por lo menos de las universidades públicas, el privilegio de optar a los grados de bachiller, licenciado, maestro y doctor, que deberían conferirles los obispos y arzobispos, o los capítulos en sede vacante. La escuela de los dominicanos de Santiago, esto es, los estudios de filosofía y teología, tomó la denominación y el carácter de universidad pontificia. Los jesuitas, por medio de su procurador, el padre Francisco Fuenzalida, y con apoyo de Felipe III, obtuvieron del papa Gregorio XV en 8 de agosto de 1621 la bula In eminenti, en que se sancionaba la misma concesión por el término de diez años para ellos y los dominicanos. El papa Urbano VIII, en 7 de enero de 1627, confirmó este privilegio por otros diez años, y en 29 de mayo de 1634 la renovó sin limitación de tiempo para los mismos lugares y para las escuelas de la Compañía de Jesús en las provincias de Filipinas, Chile, Tucumán, Río de la Plata y Nuevo Reino de Granada. El lector puede hallar algunas de estas concesiones en el libro titulado Fasti novi orbis et ordinationum apostolicarum ad Indias pertinentium cum annotationibus, Venecia, 1776, colección anotada de las disposiciones de los papas y de los reyes sobre la administración espiritual de América desde su descubrimiento hasta 1771, dispuesta bajo el seudónimo de Ciriacus Morellus por el padre Domingo Muriel, jesuita español, misionero en el Paraguay, procurador de su orden en Roma y autor de una traducción latina, publicada en Venecia en 1779, de la historia de esa provincia por el padre Charlevoix. Las disposiciones a que nos referimos se hallan en las pp. 382 y 395 del libro citado.

Aunque según estas concesiones era muy fácil obtener los títulos referidos de bachiller o de doctor en filosofía y teología, eran pocos los eclesiásticos que hacían los escasos estudios que se exigían para alcanzarlos.



 

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Carta al Rey del gobernador del obispado de Santiago, de 28 de marzo de 1625.



 

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Esto es lo que se desprende de un curioso pasaje de la carta dirigida al Rey por el tesorero Hurtado de Mendoza que hemos citado en otras ocasiones. Helo aquí: «El convento de Santo Domingo pretende que Vuestra Majestad le mande pagar cuatrocientos pesos en cada un año de la cátedra que dice siempre ha tenido leyendo la gramática en esta ciudad, que según los años que pretenden pasará de veinte mil pesos, y que para pagárseles me dijo el reverendo Obispo de esta ciudad le había escrito Vuestra Majestad viese de donde se podían pagar, y por la obligación que tengo como fiel vasallo y ministro de Vuestra Majestad digo, señor, que si se considera y mira el trabajo que en esta enseñanza ha tenido, es muy poco y no digno de tan grande cantidad y estipendio como piden, porque aunque tienen probado de haber leído (enseñado) todo el dicho tiempo la gramática, ha sido a sus religiosos, y si ha habido algunos estudiantes seculares no han excedido de cuatro o seis, y éstos por incorregibles, que temiendo el castigo, se han salido de las escuelas de los padres de la Compañía que después que se fundaron en esta ciudad que fue el año de 1596, han tenido dos y tres maestros ocupados en la enseñanza de la gramática con mucho concurso de estudiantes y colegiales de los colegios que hay fundados en esta ciudad, y está bien satisfecho el poco trabajo que ha tenido el dicho convento con la mucha limosna que Vuestra Majestad ha hecho y hace a los conventos de Santo Domingo que están fundados en este reino». Carta del tesorero Hurtado de Mendoza al Rey, de 5 de febrero de 1628. Los dominicanos habían recibido la subvención real durante los primeros cuatro años que tuvieron planteados sus estudios y, aunque la siguieron cobrando empeñosamente, parece que no volvió a pagárseles más.



 
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