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Juicio crítico de la Novísima Recopilación

  • Defectos consiguientes al sistema adoptado y seguido en todas las copilaciones de las leyes del Reino
  • Anacronismos, errores y falta de exactitud en las citas de los autores de las leyes y de los documentos de donde se tomaron
  • Leyes forjadas de documentos contrarios y opuestos entre sí mismos o citados inoportunamente y en perjuicio de la claridad de la ley; atribuídas a reyes, o que nada resolvieron sobre el asunto o resolvieron lo contrario
  • Leyes anticuadas y de ningún uso en nuestros días, por haber cesado las causas, fines y objeto de su publicación
  • Leyes repetidas, redundantes y superfluas
  • Confusa mezcla de leyes vivas y muertas, derogantes y derogadas, y que en todo o en parte chocan y se contradicen en sus disposiciones
  • Leyes erradas, interpoladas y no conformes con las originales de donde se tomaron
  • Leyes que no merecen este nombre, y solamente contienen amonestaciones, recuerdos, encargos, declaraciones y providencias particulares, decretos temporales y órdenes ceñidas a asuntos, casos y personas determinadas
  • Leyes que atendida su materia, objeto y estilo son impropias y ajenas del Código nacional
  • Leyes omitidas, y que se echan de menos en la Novísima Recopilación
  • Falta de orden y método
  • Observaciones sobre novedades introducidas en la Recopilación por su último redactor, y juicio de las notas