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21

Cito el Discurso por su edición en Memorias de la Academia Española, Madrid II, 1870, pág. 318.

 

22

«Por otra parte, no sé quiénes (pero ahí está usted que me lo dirá) publican una cierta colección de comedias antiguas españolas (éste es ya otro cantar)», Carta de Gallardo a Durán de 16 de octubre, del año 1828, con toda probabilidad (L. ROMERO, «Textos inéditos de Agustín Durán, Gallardo, Böhl, Quintana y Martínez de la Rosa», Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, LXXXVIII, 1975, pág. 423).

 

23

«...Colección semejante se echaba muy de menos en nuestra literatura nacional [...] La selección de autores y de obras es, en conjunto, buena, pero la crítica se mantiene fiel al código clasicista, y claro está que no puede aplicarse a tales obras [...]», ANTONIO ALCALÁ GALIANO, Literatura española. Siglo XIX (texto de 1834), trad. de V. Lloréns, Madrid, 1969, pág. 119.

 

24

Las listas de suscriptores que aparecen en los tomos I (1826) y II (1828) de Lope de Vega dan un total de 640 suscripciones nominales, algunas de varios ejemplares (caso de los libreros Francisco Razola, Matías Escamilla, Mallén). Entre los suscriptores predominan individuos de la clase dirigente (nobles, políticos, militares). Encontramos también a actores (José García Luna), bibliófilos y eruditos (José Fernández Guerra, Domingo del Monte, Luis Usoz) y escritores como Hartzenbusch, Muso, Bretón, Ventura de la Vega, Aribau, Javier de Burgos, Gregorio Romero. No figuran entre los suscriptores, como es de esperar, ni los exiliados ni los perseguidos políticos más conocidos.

 

25

Espronceda ofrece cinco citas iniciales de capítulo (Caps. VI, VII, XVI, XXIV, XXXVI) de su novela histórica que proceden de obras de la Colección (R. MARRAST apuntó en esta dirección en su monografía sobre el poeta romántico José de Espronceda, París, 1974, pág. 360). Ni Rey ni Roque de Patricio de la Escosura ofrece dos citas (cap. II y IV del libro III) y El golpe en vago de García de Villata da una cita de la misma procedencia (cap. V).

 

26

Examen de No hay plazo que no se cumpla, ni deuda que no se pague, Madrid, 1832, págs. 307-311.