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Entre los muchos estudios empíricos cabría destacar los siguientes: Leonard (1987), Dunne et al. (1989), Blanchard y Diamond (1990), Davis y Haltwanger (1990, 1992), y Davis et al. (1994) en los Estados Unidos; Contini et al. (1992) en Italia: Boeri y Cramer (1992) en Alemania; Lagarde et al. (1994) en Francia; Blanchflower y Burgess (1993), y Konings (1995) en el Reino Unido; y Dolado y Gómez (1995) y García Serrano y Malo (1977a, 1977b) en España. Finalmente, Contini et al. (1995) es un estudio panorámico en el que se presentan datos de diferentes países de la OCDE. (N. del A.)
12
El efecto descrito se vería reforzado si tras la perturbación negativa además se eleva la prima salarial de las horas extraordinarias. Como señala Hamermesh (1995) esto implica que tal vez los gobiernos preocupados por el empleo tengan incentivos para introducir penalizaciones sobre las horas extraordinarias después de que se produzcan perturbaciones negativas, ya que se reforzaría la tendencia a no ajustar el empleo. Con todo, este incentivo depende de si ese aumento exógeno (gubernamental) de la penalización de las horas extraordinarias ante cada perturbación negativa es anticipado o no por las empresas. (N. del A.)
13
Excepciones (que han servido para elaborar este apartado) son: Sagardoy et al. (1995). Vidal y Vidal (1994). Otra fuente utilizada para la descripción de la normativa actual es ACARL (1999). (N. del A.)
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Por otro lado, no son horas extraordinarias las que excediendo la jornada legal semanal no superen la jornada semanal más amplia resultante de la distribución de la jornada ordinaria anual (artículo 35.1. del ET). Esto se deriva de los cambios que la reforma de 1991 introdujo en el cómputo de la jornada normal y, su distribución irregular a lo largo del año. (N. del A.)
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Estos datos están recogidos de los Cuadros 31, 32 y 33 de la obra mencionada, ya que los datos que se incluyen en el comentario de esos cuadros no coincidían con exactitud. El dato referido a la cláusula sobre horas más frecuentes sólo se ofrecía en texto (página 233) y no en los mencionados cuadros. (N. del A.)
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Accesible a través de Internet en la página web del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: http://www.mtas.es. (N. del A.)
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Aunque en su momento los autores intentaron obtener autorización para utilizar los datos de flujos laborales de todos los estratos de tamaño, aquélla se circunscribió exclusivamente al estrato superior. (N. del A.)
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La proporción del empleo total que representa el empleo de las empresas de la muestra es de un 15 por ciento. La Encuesta de Estructura, Conciencia y Biografía de Clase (ECBC) de 1991 mostraba que la participación de las empresas privadas de 1.000 empleados o más suponía el 10 por ciento. (N. del A.)
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La superación del umbral afecta a un 2,3 por ciento (289 observaciones) de la muestra total (12.392 observaciones). Se ha comprobado que en estos casos la tasa de temporalidad es sensiblemente mas alta (30,4 por ciento frente a 22,8 por ciento del promedio), tienen una rotación laboral que dobla al promedio de la muestra y, sin embargo, tienen un tamaño medio de 927 empleados frente 1.254 que se registra para el conjunto. Por otro lado, están fuertemente concentradas sectorialmente; el 41.2 por ciento de las observaciones pertenecen al sector de instituciones financieras, el 21,5 a la fabricación de máquinas y el 20.1 al grupo de servicios sociales. (N. del A.)
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Esta variable se ha introducido como la diferencia entre la plantilla al final y al inicio del trimestre en relación con la media de los efectivos laborales al principio y al final del trimestre. De esta manera el flujo neto está en relación con una definición de tamaño de la empresa (efectivos laborales al principio y al final del trimestre) coherente con los índices de Davis y Haltiwanger. (N. del A.)