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ArribaAbajoLección XV

Condiciones esenciales para la realización de los principios.-Derechos absolutos


SUMARIO.

1. DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN; nace del principio de sociabilidad.-2. Definición del derecho de asociación.-3. Se extiende a todas las esferas de la vida.-4. Diferentes especies de asociación; Instintiva, Reflexiva, Racional.-5. Clasificación del derecho de asociación según los diferentes fines.-6. Poder extraordinario de la asociación.-7. Efectos que puede producir.-8. Asociaciones generales para todos los fines de la vida.-9. La asociación monástica.-10. La militar.-11. Hermanos Moravos.-12. Misiones del Paraguay.-13. Asociación ideada por Jorge Fox.-14. Robert Owen.-15. Saint-Simon.-16. Charles Fourier.-17. Organización industrial.-18. Asociaciones cooperativas.-19. Derecho al trabajo.

1. Al ocuparnos del principio de sociabilidad, dijimos que para que pudiera existir y realizarse según él la vida del hombre, era necesario que éste hallase en su vida individual, externa y de relación, condiciones en virtud de las cuales el principio indicado produjese todos sus frutos, y que esas condiciones constituían el derecho individual absoluto de ASOCIACIÓN.

La sociabilidad, como la personalidad, no sólo envuelven, por decirlo así, a todos los hombres, sino que al par abrazan todas las esferas de actividad de la vida, todos los fines individuales y parciales que forman parte del general y universal de la humanidad; pero para que esto tenga lugar se hace necesario, no sólo que todos los fines parciales e individuales se unifiquen por medio de un lazo armónico, no sólo que todas las esferas de actividad se presten mutuo auxilio, sino que el movimiento, la acción progresiva del pasado y del presente no se interrumpan, y sean origen de nuevos progresos para lo por venir.

Decíamos también que no siendo los movimientos progresivos del hombre obra de un momento dado, sino actos que se realizan en el tiempo y en el espacio, y por lo tanto, consecuencias muchas veces de lo que fue y de lo que es, se hacía necesario que existiera un lazo especial que uniera, no sólo a los hombres del presente, sino a éstos con los del pasado y con los que habían de vivir en lo por venir; ese lazo especial, esa cadena peregrina que liga las generaciones, que eslabona el pasado, el presente y lo futuro, es el derecho de asociación.

El derecho de asociación, decimos, y no el principio de sociabilidad, y fíjese bien la distinción, porque mientras éste, como principio de conocimiento, tiene algo de absolutamente necesario, se impone al hombre aun instintivamente, el derecho de asociación es voluntario; mientras el principio abraza la vida del hombre en toda su plenitud, en toda su generalidad, el derecho, como condición, se refiere sólo a determinadas esferas de la vida y de la actividad del hombre.

Por estas razones, a la vez que el principio se realizará, sea cual sea la extensión que tengan el principio de personalidad y los derechos que de él emanan, el derecho de asociación, para realizarse por completo y en toda su altura, necesita que la personalidad humana sea preponderante y enérgica y racional. Véase el por qué el mundo antiguo, que es innegable conoció el principio de sociabilidad y le dio tanta fuerza, cuanto que a él sacrificó el individuo y la personalidad humana, apenas conoció el derecho de asociación ni por él reguló jamás su vida y su desenvolvimiento, y no podía ser de otro modo, puesto que, como hemos dicho, el principio se impone aun instintivamente con fuerza tal, que el hombre comprende que no puede existir sino en relación y unido a sus semejantes, bajo un poder que de cierta manera se imponga, y que asumiéndose su personalidad en la personalidad social, ésta, más fuerte y más enérgica que la individual, podrá prestarle mayores garantías y deja que la sociedad absorba la individualidad; no siendo, pues, en el mundo antiguo la personalidad particular nada ante el socialismo o general personalidad, el derecho de asociación, que ha de verificarse, aunque auspiciado por el Estado, por un acto libre y voluntario de las personas particulares que se asocian, ni podía apenas comprenderse ni tener importancia en el mundo antiguo.

En él, puede decirse apoyándose en la historia, que toda iniciativa, toda acción armonizadora, unificadora, aun de esa unificación puramente material que aquella edad conoció, partía sola y exclusivamente del Estado, como en el mundo moderno, y en la edad presente parte del individuo, aunque dirigida por el Estado. Allí éste lo era todo, voluntad impulsiva, libertad de desenvolvimiento, lazo de unión, razón armonizadora; aquí el Estado no se revela, no se puede revelar más que como razón general que se impone a la individual, no para enseñorearse de ella y destruirla, sino para dirigirla y esclarecerla; por eso el derecho que nos ocupa, de escasísima importancia en el mundo antiguo, la tiene inmensa en el moderno, y la ha de tener mucho más enérgica y potente en los tiempos que están por venir.

2. Podremos, pues, definir el derecho de asociación diciendo que es el derecho absoluto en virtud del cual varios hombres se unen racional, voluntaria y libremente para realizar algún.

El derecho de asociación supone, por lo tanto, unión de varios hombres, esto es, pluralidad de personalidades, y esto es claro, porque para que haya unión es necesario que existan varios seres, distintas cosas que hayan estado desunidas; tratándose del hombre hemos dicho pluralidad de personalidades, porque como la personalidad es el signo de distinción, de separación, de individualidad del hombre, mientras éste no esta distinta y perfectamente caracterizado, no puede asociarse.

La unión ha de ser voluntaria y libre, porque el hombre a nada está obligado fatalmente, porque si la unión fuera contra la voluntad o puramente casual, se rompería momentáneamente o carecería de objeto determinado; libre, porque toda asociación es activa y supone desenvolvimientos verificados en el individuo y en la nueva personalidad que por la asociación se crea y por ella misma; racional, no sólo porque a todos los actos del hombre ha de presidir la razón como la más alta facultad del espíritu, sino porque el hombre ha de conocer racionalmente el objeto u objetos que al asociarse se propone y los medios con que cuenta para realizarlos.

Finalmente, la asociación ha de tener por objeto realizar de consuno uno o algunos fines del hombre, porque si no, sería una unión inútil que nada produciría, que para nada serviría.

3. No marcamos el fin que el hombre haya de realizar por medio de la asociación, porque, como hemos dicho, los fines del hombre son tan múltiples y variados como las esferas de actividad en que se agita y se conmueve; por consecuencia, tantas esas esferas de actividad sean, tantos sean esos fines del hombre, tantas clases de asociación podrán existir, y véase por qué agitándose el hombre espiritualmente en la esfera religiosa, podrá la religión ser objeto de asociaciones; en la esfera de la ciencia habrá asociaciones científicas, en el arte asociaciones artísticas. Viviendo el hombre materialmente, y siendo elementos necesarios a esta faz de la vida y esferas especiales de acción la industrial, la económica, la comercial, todas ellas podrán ser objeto de la asociación, pudiéndose multiplicar esta escala hasta lo infinito.

4. Los autores, al ocuparse de la asociación, la dividen en instintiva, reflexiva y racional181, pero creemos que no puede aceptarse la división, porque la asociación, nacida del instinto, no es la que puede realizar el derecho de que tratamos; será sólo una unión pasajera, efímera, que no durará más tiempo que el que sea necesario para que el instinto se satisfaga, y aunque la asociación no tiene el carácter de perpetuidad sino en determinados casos, tiene, sí, el de duración y cumplimiento de un fin; por lo tanto, creemos que sólo puede considerarse como verdadera asociación la racional, pues mal puede cumplirse un fin sin que sea conocido, y sólo por la razón puede conocerse.

5. Como el derecho de asociación puede referirse a todas las esferas de la vida y a todos los fines que el hombre puede realizar, la clasificación de las distintas manifestaciones de ese derecho sería tan extensa como difícil de concretar. Teniendo en cuenta el carácter y naturaleza del hombre, siendo éste la reunión admirable de la materia que siente, y del espíritu que conoce, y realizando fines espirituales y fines materiales, particulares e individuales, podremos decir que el derecho de asociación se aplica así a la realización de esos fines materiales como de los espirituales, y por consecuencia, que así para actos materiales como para actos del espíritu, puede el hombre asociarse, empero el espíritu del hombre dista mucho de manifestarse en una sola esfera de actividad, en una sola aparición; así tenemos que se manifiesta como elemento moral e inteligente; podrá, por lo tanto, aplicarse el derecho a las asociaciones morales y a las asociaciones puras de la inteligencia, y unas y otras revestir las formas más distintas y variadas.

6. Según hemos dicho, dadas las cualidades esenciales del ser humano, no puede comprenderse que sus desarrollos sean preponderantes y enérgicos, que le eleven del particular e individual al general y universal, sin que la actividad de todos se ligue y una estrechamente en una armonía perfecta; cuando esto sucede, cuando los hombres se unen en un pensamiento común con unidad de miras, y tienden con toda la fuerza de su voluntad, de su libertad y de su inteligencia, a realizar un fin, es tal el poder, es tal la potencia de todas esas fuerzas, de todas esas facultades, de todos esos elementos de acción y de vida, que nada puede detenerlos, nada contrarrestarlos.

Por eso las sociedades, el mundo moderno, que tienen como elemento capital de su existencia la asociación, han podido realizar esos prodigios que hoy nos admiran, a pesar de que la continuidad con que se presentan a nuestros ojos disminuye mucho los efectos de su valía.

El mundo antiguo tenía un elemento de acción que produjo en él resultados análogos a los que en el mundo moderno ha producido la asociación, y ese elemento era la esclavitud; merced a ella se pudieron convertir en admirable filigrana las inmensas montañas que en la India sirvieron de pagodas; merced a ella, levantarse las pirámides del religioso Egipto o lanzarse a las nubes el coloseum o la mole adriana, como hoy se ha cruzado con los nervios de hierro del ferro-carril el mundo y con el hilo mágico del telégrafo; pero entre las obras debidas a esa colectividad sin personalidad, sin objeto, sin vida terrena, que se llama esclavitud, y la colectividad personal, particular y generalmente activa, con un fin racional, que, se llama asociación, hay la misma diferencia que entre la esclavitud y la igualdad y la libertad.

7. En efecto, el mundo antiguo, el mundo de la esclavitud, vivió vida material, las obras colosales que hoy nos admiran y que surgieron de las manos de esas masas inmensas de esclavos que se movían con mecánica uniformidad a impulso del látigo del señor, son todas eminentemente materiales y nada dicen a la razón ni a la inteligencia, las obras de la libertad, del derecho, de la razón, las obras por la asociación llevadas a cabo en la edad moderna, aun las más materiales, parece que alientan con un soplo del espíritu divino que gobierna y dirige el mundo y a la humanidad; verdad es que hoy no emplea el trabajo en bordar una montaña de maravillosos calados cuya grandeza admira, pero que no han producido un átomo de bien al mundo; pero en cambio al perforar una montaña con los barrenos del túnel se realiza un lazo de unidad entre dos pueblos que apenas se conocían, la fusión de civilizaciones, tal vez antagónicas hasta entonces; en una palabra, cada esfuerzo proporciona un triunfo al espíritu, a la razón.

8. El derecho de asociación ha adquirido tal y tanta importancia en los tiempos presentes, y lo que es más, la tendrá tan grande en lo porvenir, que comienza a tender sus brazos para ceñir con ellos la vida general de la humanidad; en efecto, apenas la ciencia se ha fijado en la aplicación terrena del principio de sociabilidad, ha comprendido que para que pueda hallar su realización fructífera y completa, se hace necesario que sus condiciones de ser, el derecho de asociación, amplíe de día en día, de momento en momento, su esfera de acción, de modo que abrace, a ser posible, todos los movimientos, todas las manifestaciones del ser, para que la sociabilidad exista como principio universal y absoluto: por eso de algún tiempo a esta parte las tentativas para arribar a una asociación general se han sucedido sin tregua ni descanso, aunque hasta ahora con poco éxito práctico.

9. Las primeras tentativas de una asociación general que preparase la universal humanitaria, puede decirse que, como la iniciación de todos los grandes pensamientos, de todas las grandes ideas, se debe al cristianismo, fuente preclara y divina de todo bien, de todo progreso, de toda perfección; el convento y la vida monástica son, sin duda alguna, las manifestaciones primeras de una asociación general; pero si bien es esto cierto, también lo es que siendo el convento una asociación general, en cuanto a que todos podían formar parte de ella, no lo era en cuanto a los fines que debe realizar, toda vez que éstos en la asociación religiosa que nos ocupa eran sola y exclusivamente morales y religiosos, y le faltaba uno de los elementos indispensables a toda asociación general, la familia, que no sólo se ha de presentar como base de toda asociación de esta especie, sino como continuadora de la personalidad moral que representa, los lazos de unión que se establecen en una sociedad general entre los miembros que la componen, cuando éstos vienen a su seno sin relaciones anteriores, y preconstituidas carecen de fuerza y de vigor para sostener la vida común, y sólo lo consiguen por el poder de una idea prepotente, como sucedió en un principio con los conventos, o por un interés personal cuando aquélla se debilitó.

Una asociación general, para que pueda producir todos sus frutos en el tiempo y en el espacio, es indispensable que halle lazos de íntima unión, no sólo entre los individuos que la forman y componen en el momento de su constitución, sino en los que posteriormente puedan venir a ella para continuarla; y éste, como veremos luego, es no sólo el grande escollo en que se han estrellado todas las tentativas de asociación general, sino al par el que aún no se ha sabido salvar, y por lo que ninguna de estas tentativas ha producido los frutos que se esperaban.

Y a pesar de todo, es innegable que la vida monástica, siquiera esté muchas veces en oposición con la vida real de la humanidad, careciendo de la gran base de la familia y del matrimonio, mejor dicho, sancionando el celibato y la separación con todo lazo familiar, ha realizado grandes bienes, ya porque además de la contemplación mística, que era su principal objeto, se dedicaban a cultivar las ciencias y las artes en pro de la humanidad entera, ya porque la economía, el orden, el trabajo reglamentado, la buena administración, y sobre todo, la seguridad en los asociados de hallar cubiertas todas sus necesidades, son, sin duda alguna, grandes elementos de bien.

10. Con los enunciados inconvenientes, y con otros muchos especiales, el militarismo ha creado una asociación general, la del cuartel; pero si en la de la vida monástica la libertad desaparecía por el ascetismo y la obediencia pasiva, aunque racional, en la comunidad militar desaparece por la obediencia pasiva impuesta por la fuerza; además, el convento fue algún día centro de la ciencia, del arte, de la civilización, de la actividad racional, del progreso, la asociación militar jamás ha producido nada de esto.

11. Sin embargo, las tentativas de asociación general no se han abandonado, y aparecen en primer término las de los hermanos Moravos, establecidas en Holanda y en América, que, como todas las que les han sucedido, tienden a realizar el derecho de asociación de una manera directa e integral; así es que, mientras tienen por objeto una producción industrial más o menos potente y perfecta, toman como principio generador la familia y tienden a abrazar casi todos los fines del hombre y casi todos los actos sociales de la vida.

Claro es que para conseguir el objeto que esas asociaciones se proponen, se hace necesario que modifiquen y organicen de una manera especial todos los actos de la vida social que entran bajo su dominio, y por lo tanto, que a las veces se pongan en lucha con la manera externa de ser de los hombres y de los pueblos, y en oposición con el presente y con los muchos intereses creados que le sostienen. Sin negar nosotros que en esos sistemas de asociación, que nos proponemos analizar rápidamente, puedan encerrarse graves errores y utopías irrealizables, no podemos menos de conceder que se encierran también ideas grandes y generosas, que sólo Dios sabe si algún día podrán ser las que abran a la humanidad las puertas de la tercera edad.

Sea de ello lo que quiera, nosotros vamos a ocuparnos ligerísimamente de esos sistemas, examinándolos con cuanta imparcialidad podamos, y fijando lo que, a nuestro modo de ver, tengan de erróneo.

En las asociaciones de los hermanos Moravos, en que se ha organizado el trabajo en grande escala, producido respetables rendimientos, y repartido éstas con igualdad, se ha conseguido disminuir los dolores físicos y morales de los asociados; pero como éste no es el fin único del derecho de asociación, y como aun las mismas de los Moravos no se unen entre sí, sino que son completamente independientes; como además la mujer ocupa un lugar secundario y muy subalterno, y como la mayor parte de los goces sociales, producto de la moral y de la inteligencia, se desconocen en la asociación que nos ocupa, resulta que la vida en ella es monótona y el carácter general de los hábitos sociales tiene el carácter de la más tremenda atonía moral; la individualidad y la verdadera personalidad humana en estos cuerpos se sacrifica por completo a la existencia del principio colectivo.

12. No han sido más opimos los frutos producidos por las misiones del Paraguay, tratadas de tan diverso modo y casi siempre con sobra de pasión por los autores; modelos de administración, no lo son por cierto de asociación general, puesto que la división de los productos entre el capital y el trabajo, problema capital de las asociaciones que nos ocupan, dista mucho de estar resuelto en justicia por las misiones del Paraguay.

13. JORGE FOX, fundador de la secta de los cuáqueros, más bien que una asociación general en el sentido que nosotros la comprendemos, fundó una asociación religiosa, cuyas bases son la caridad, la templanza y el trabajo, pero individualmente ejercido; la historia de Fox y de sus predicaciones tienen algo de especial y peregrino, su secta se creó sólo por la palabra y por el ejemplo vivo de su fundador.

Hasta aquí, ni la organización monástica, ni la militar, ni la de los hermanos Moravos, ni las misiones, ni los cuáqueros han sido más que tentativas incompletas de una asociación general que abrace todos los fines de la vida; la humanidad, sin embargo, ha luchado y lucha por encontrar las verdaderas leyes del trabajo y por desarrollar armónica y convenientemente todos los elementos capitales de su vida, a fin de destruir, cuanto esto es posible, el estado de desigualdad que nos ocupó en la lección precedente, y que decíamos nosotros era en parte hijo de las exageraciones del industrialismo y del pauperismo, que Malthus justifica al decir que el acrecentamiento de la población era en progresión geométrica, y el de las subsistencias en aritmética. Prescindiendo por un momento de que, según el sistema de Malthus, llegaría un momento, no lejano por desgracia, en que viniese al mundo una masa de hombres destinados desde la cuna a morir de hambre, lo cual acusaría en el Creador la mayor de las injusticias, sería el sarcasmo más inicuo y sangriento que la razón pudiera comprender, ello es lo cierto que, al par que Malthus hacía su triste y aterradora aparición, otros hombres, más generosos, más entusiastas y más ricos en fe y en esperanza, comprendieron que la plaga social, que tanto había asustado al autor de la teoría de la población, podría disminuirse, tal vez extinguirse por completo, merced a una organización social más perfecta.

14. ROBERTO OWEN creyó que todos los males de que Malthus se dolía tenían su origen en la concurrencia de los productores, en el abuso de las especulaciones comerciales y en el interés y egoísmo de todos.

El remedio heroico, pues, para Roberto Owen, consiste en procurar una gran producción haciendo cesar la lucha de los trabajadores, y aumentando el consumo mediante la disminución de los precios, puesto que si el mal viene de la competencia anárquica entre todos los que toman parte en el trabajo, el remedio debe ser la cooperación armónica de todos y en provecho de todos.

Partiendo de este supuesto, Owen cree que es necesario organizar de nuevo la sociedad sobre bases nuevas también, y que éstas sólo pueden hallarse estudiando fisiológicamente la naturaleza del hombre para de ella deducirlas; empero antes de hacerlo, trae a la práctica su pensamiento, y primero en New-Lanark, en Escocia, y después en New-Armony, en los Estados-Unidos, funda los establecimientos a que dio el nombre de asociaciones cooperativas, cuyo principal defecto consiste en que ni envuelven todas las esferas de actividad humana, ni a su organización preside un pensamiento verdaderamente científico. Como lo que principalmente llamó la atención de Owen fue la organización del trabajo y el reparto por igual de las utilidades, sin consideración alguna a las condiciones personales del individuo, como prescinde de todo sentimiento religioso y como destruye la familia destruyendo el matrimonio, que es sustituido por una unión libre y pasajera, su sistema se destruye precisamente porque le faltan todos los elementos y móviles de la actividad, de la energía y del progreso humanos.

Owen, sin embargo, es digno de estima por su constancia y por los trabajos ciertamente de importancia, así práctica como teórica, que llevó a cabo.

15. En pos de Owen, Mr. de SAINT-SIMON, su contemporáneo, trata también, y en más extensa escala, de ensayar un nuevo sistema de asociación que lo abrace todo, y en efecto, en el sistema Sansimoniano, religión, familia, propiedad, arte, ciencia, industria, todo, todo toma parte activa e importante; pero el sistema, al pasar a manos de los discípulos de Saint-Simon, se modificó de tal modo, se vició hasta tal punto, que al par que entre ellos produjo una lucha constante, hizo de todo punto imposible su planteamiento como sistema general.

Saint-Simon había comprendido que es imposible innovar partiendo de un momento dado y sin tener en cuenta los precedentes humanitarios; así es que hizo nacer su sistema, bajo el punto de vista religioso, del catolicismo, si bien modificado, según aparece de su libro el Nuevo Cristianismo, y bajo el aspecto administrativo y gubernamental, de la feudalidad.

A pesar de que la escuela que nos ocupa nada práctico ha producido, y que merced a las exageraciones de sus adeptos ha pasado por el mundo sin dejar señales ostensibles de su paso, bien merece estudiarse con detenimiento182.

16. La teoría más importante acerca del derecho de asociación, es, sin disputa, la de Mr. CARLOS FOURIER, de quien el célebre economista ya citado183 se ocupa con encomio, tanto por el atrevimiento de sus concepciones, cuanto por la constancia de sus trabajos y energía de carácter; estas condiciones especiales hicieron que Fourier se fijase en la marcha social de la humanidad, al par que en la naturaleza del hombre y en la idea de un Ser Supremo, que debe considerarse como centro inagotable de bondad y de justicia, y que resaltasen a su vista, no solamente la desigualdad social que por donde quiera se toca, sino, al mismo tiempo, los vicios, la inmoralidad, la falta de armonía de los individuos entre sí y de éstos con la sociedad. No se explicaba cómo, dadas esas premisas, el hombre sufría los dolores y las amarguras sin cuento que le aquejan, sino teniendo en cuenta que la sociedad estaba mal organizada, y que las pasiones, mal comprendidas y peor dirigidas, eran la causa ocasional de ese inmenso malestar que hace al hombre mil veces más desgraciado que las bestias, que le agobia con toda clase de sufrimientos y que termina por hacerle morir de hambre y de sed, siendo el señor de todo lo creado.

Para evitar estos males, para cambiar esencialmente la manera de ser del hombre en su vida externa, Fourier no sólo quiere modificar la vida social, sino que busca en las pasiones, que precisamente hoy son elementos de desequilibrio, de desarmonía y de lucha, los elementos de acción ordenada, de armonía y de organización.

Las obras del autor que nos ocupa, especialmente la titulada Teoría de los cuatro movimientos, son muy dignas de estudio, por más que su sistema parezca irrealizable.

Siendo una de las cosas que se revelaron a Fourier con más fuerza las desigualdades sociales, claro es que uno de los primeros términos de su sistema debió ser la igualdad y la industria, y éstas son las bases de su asociación; pero para no destruir la igualdad, el poder se compone de la voluntad de todos expresada por el voto, y como en toda asociación industrial entran como elementos componentes el capital, el talento y el trabajo, cada uno de ellos ha de tener su representación en el cuerpo social, y cada uno su parte en las ganancias.

La asociación vivirá y se desenvolverá en un grande establecimiento que se llama Falansterio, que tiene algo del convento y algo de la vida militar que se hace en común.

Tanto el sistema de San Simón como el de Fourier, de que nos ocuparemos luego al tratar del derecho de apropiación, han tenido aplicación práctica; pero no han producido los resultados que sus autores se proponían, ya porque tratándose de la práctica del derecho de asociación en su aplicación a todos los actos de la vida, se han fijado con especialidad en la parte material, abandonando por completo la moral e intelectual, ya porque cuando de la vida del espíritu han querido ocuparse lo han hecho contrariando la manera de ser del hombre e introduciendo en la religión, en la familia y en la propiedad modificaciones que pugnan con la naturaleza esencial del hombre y que le destruirían; prescindir por completo de todo lazo religioso es romper la relación espiritual más alta, la más elevada aspiración del hombre, sin cuya existencia no puede haber freno ni respeto más que por el temor de las leyes positivas. Destruir la familia, sustituir el lazo santo y eterno del matrimonio, que como unión perpetua es uno de los signos distintivos y característicos del hombre, con el libre amor, manifestación puramente animal del instinto de conservación de la especie, tanto vale como arrancar al hombre, para hacerlo sociable, el principio y la base de toda asociación, esto es, el espíritu que de la unión hace surgir la sociabilidad como principio y la asociación como derecho; finalmente, destruir la propiedad y querer crear propietarios, no puede conducir a ningún resultado positivo y práctico.

Sin embargo, como hemos indicado y confiesa el mismo Mr. Blanqui, cuya autoridad no puede ser en manera alguna sospechosa, las tentativas de asociación y los sistemas que para extender y perfeccionar ese derecho se han seguido, han producido cuando menos el benéfico efecto de llamar la atención de los hombres de verdadera ciencia, tanto sobre el estado presente de la sociedad en general cuanto sobre los medios de remediar los males que sobre ella pesan y despertando el deseo de remediarlos, haciéndoles comprender que sólo por virtud del ejercicio del derecho de asociación puede esto conseguirse, si bien es necesario estudiar profundamente las bases en que la asociación deba asentarse, las nuevas y variadas formas que deba revestir, y sobre todo, tener muy en cuenta que toda modificación, todo cambio siquiera sea formal, que se haga en los derechos absolutos del hombre y en su aplicación práctica ha de guardar la más estrecha relación y analogía con la naturaleza esencial del hombre en todas sus manifestaciones integrales, y que si al querer formar una asociación para realizar el fin general del hombre prescindimos de alguna de esas manifestaciones, de alguno de esos elementos, o se les tuerce y conduce con un falso criterio, la asociación proyectada, en vez de ser un elemento de realización del bien, será, por el contrario, productora de la desarmonía, y por lo tanto del mal.

El derecho de asociación continúa, y continuará siendo aún por mucho tiempo, el campo donde se librarán batalla los intereses más encontrados, al mismo tiempo que fuente y elemento de progreso y de bien para la humanidad, porque responde a uno de los principios esenciales de la naturaleza humana, al principio de sociabilidad, y porque, además, la reunión de personalidades individuales para formar una personalidad colectiva, aglomerando y uniendo fuerzas, elementos, facultades, acrece de una manera tal el poderío del hombre, que le permite realizar las empresas más colosales y atrevidas.

17. Una de las formas más dignas de estudio que el derecho de asociación reviste es la de asociación industrial cooperativa, cuyas bases fueron sentadas por Owen, que ha adquirido inmensos desarrollos y producido notables beneficios para la sociedad en general, pero muy especialmente para los coasociados.

18. Las sociedades cooperativas, en las cuales todos ponen trabajo, capital, inteligencia, y para las cuales se requiere como elemento principal y necesario una moralidad exquisita y a toda prueba, tanto de parte de cada uno de los asociados cuanto de la de la gerencia o administración, han dado, sobre todo en Alemania e Inglaterra, los mejores resultados184.

Creyóse al principio que estas asociaciones sólo eran aplicables a la industria fabril, pero muy pronto se comprendió que podían extenderse a la agrícola, y aun abrazarlas ambas, teniéndose siempre en cuenta que mientras mayor número de esferas de actividad abrace una sociedad cooperativa, mayores serán sus ventajas y rendimientos. Claro es que estas asociaciones lo mismo pueden constituirse para el arriendo de grandes propiedades que para la explotación en común de una propiedad; en estas asociaciones, los lazos entre los asociados deben ser más íntimos, más continuos, y podrán ellas no solamente remediar muchos de los inconvenientes que se tocan por razón de la división y subdivisión de la propiedad, que a las veces hace imposible el cultivo en grande, y en ocasiones, y por esta misma causa, la pequeña propiedad desaparece absorbida por la grande, toda vez que el pequeño propietario no puede competir con aquél ni en excelencia ni en baratura del producto, sino que traerá mejoras de alta consideración para las sociedades políticas en general.

En efecto, teniendo en cuenta que por punto general la industria agrícola, como base y cimiento de todas las demás industrias, es la más extensa e indispensable, y al propio tiempo la que mayor número de brazos emplea, todo lo que tienda a perfeccionarla, aumentarla y mejorar la situación de los que a ella se dedican, significará un aumento notable e importante en la riqueza del país, un medio de extender la cultura y el bienestar a multitud de familias, y sobre todo, un elemento poderoso para evitar las numerosas emigraciones que se suceden hoy con aterradora y tristísima frecuencia en todos los pueblos de Europa.

Estas asociaciones han existido hace ya algún tiempo, y aun hay autores que creen que traen su origen de las daciones de tierras hechas por los señores feudales, que no pudiendo cultivarlas por sí mismos, se las daban a sus vasallos mediante un canon, y cuando esta dación recaía sobre varios, se llamó Copains185.

No nos parece que la sociedad cooperativa agrícola puede confundirse con éstas, porque mientras en las cooperativas todo queda a la libertad e iniciativa de los asociados, en las de creación feudal era el señor el que imponía condiciones.

Fuera parte de la sociedad cooperativa, el derecho de asociación puede revestir las formas más variadas y peregrinas, pues, como hemos dicho, se aplica a todas las manifestaciones de la vida; así, pues, tanto en la esfera espiritual como en la material y económica, puede revelarse, ya para cultivar y extender la ciencia, el arte, la moral, la religión, el derecho, cuanto para ensanchar la vida física y prestarle medios de desarrollo, ya, en fin, para realizar fines puramente económicos, como la creación de bancos de préstamo y descuento, la edificación, la compra y venta de primeras materias, y otras que sería imposible enumerar.

De estas diversas especies de asociación y de sus condiciones especiales, nos ocuparemos cuando tratemos de la organización de las sociedades por el derecho positivo.

19. Para terminar esta lección, y con ella lo concerniente al derecho de asociación, sólo nos resta ocuparnos de una cuestión muy debatida y que se enlaza con la que presentamos en la anterior lección bajo el lema de derecho al trabajo.

Dada la alta importancia que hemos señalado al derecho de asociación, los grandes beneficios que puede producir a las sociedades en general, sería muy conveniente que los gobiernos prestasen su apoyo de todo género para que las asociaciones se multipliquen y puedan, al mismo tiempo, tener condiciones de vitalidad, si no propias, otorgadas por el Estado; en una palabra, puesto que estas asociaciones, en último resultado, son medios poderosos de que haya trabajo, al cual tienen derecho todos los hombres, que el Estado, si no directa, indirectamente, sancione ese derecho; esto sostienen algunos, mientras que otros, por el contrario, quieren que el Estado no intervenga en lo más mínimo en esta gravísima cuestión, que debe quedar en absoluto abandonada a la iniciativa particular.

Nosotros, dado el carácter que hemos asignado al Estado en lecciones anteriores, considerándolo como la razón general o colectiva que gobierna a las sociedades, no podemos concederle una acción puramente negativa en la cuestión que nos ocupa; creemos, por el contrario, que su acción, como toda acción racional, debe ser activa y enérgica, pero sólo para dar condiciones de actividad, de desarrollo y de perfeccionamiento a los hombres para proteger el derecho y hacer que pueda realizarse; así, pues, el Estado deberá, no sólo dictar reglas que faciliten y auxilien la creación de estas sociedades, sino para remover con voluntad fuerte y constante cuantos obstáculos puedan oponerse a la libre acción del hombre; pero de esto a que el Estado, invirtiendo capitales en proteger esas asociaciones, se haga, hasta cierto punto, empresario, hay una distancia que jamás el Estado puede salvar. Esto se quiso hacer, mejor dicho, eso se hizo en Francia en época no lejana, y como todo lo que sale del orden natural de las cosas, produjo tristes resultados; pues las asociaciones, con ese carácter oficial, privadas del celo que el interés personal inspira, en vez de progresar, se convirtieron en focos de inmoralidad administrativa, y desaparecieron, por fin, trayendo un nuevo desequilibrio a la industria particular, y fueron origen de nuevos males. No, el Estado no es, no puede ser productor en el sentido económico de la palabra; el Estado no puede hacer otra cosa que regular, dirigir, modelar el movimiento evolutivo de la colectividad, como la razón individual regula el movimiento general del ser humano; prestarle medios y condiciones, pero no sustituir su personalidad a la personalidad individual, no erigirse en impulsador directo de esa misma personalidad.

Por esto, mientras las sociedades fundadas por la iniciativa y con los capitales particulares han progresado y sido modelos de administración y de moralidad, casi todas las que deben su existencia a la iniciativa del Estado y a capitales por éste aportados, han desaparecido en breve sin dejar más que un rastro triste y desconsolador186.

Y ello es lo cierto que todas las cuestiones que tiendan a extender el derecho de asociación y a que se resuelva convenientemente, son de altísima importancia, no sólo bajo el punto de vista económico de la humanidad, sino bajo el punto de vista moral y de derecho; por eso, al hablar en la lección precedente de los dos elementos graves de desigualdad que aún nos quedan como triste recuerdo de la antigua esclavitud, dijimos que el derecho de asociación, natural y sabiamente combinado con el ejercicio de los demás derechos absolutos, era el que había de resolver el gran problema; y con efecto, la nivelación por medio de la creación única que nosotros comprendemos, la igualación del hombre, no deprimiendo al que está elevado, sino elevando al que está bajo, sólo por la asociación podrá conseguirse, pero por la asociación que abrace, no sólo los fines materiales y económicos del hombre, sino los morales, los intelectuales, los racionales, porque es necesario tener siempre muy en cuenta que ni los fines materiales y económicos son los únicos, ni aun los más importantes, y no basta; por lo tanto, con sólo una suma de bienestar material, si no viene acompañado de la cultura del espíritu.

Muy difícil se hace hoy, y en el estado de la ciencia del derecho y de las teorías de la economía política, decir cómo la asociación se constituirá para poder realizar en parte, por lo menos, algo de lo que de ella puede y debe esperarse en favor de la humanidad; lo único que sí podrá asegurarse es que ni las teorías de Owen, ni las de Saint-Simon y Fourier, obtendrán el triunfo; es posible que todas ellas contribuyan para la grande obra en mayor o en menor escala; pero la forma de la asociación, la verdadera fórmula, no se ha dado todavía; podemos marcar, como uno de sus términos, el que el obrero tenga una participación en las ganancias, pero falta resolver cómo ésta ha de conseguirse sin que la producción se desequilibre en el mercado, y es que, en cuestiones de tan alta importancia y en que se ligan tantos y tan distintos intereses, las soluciones parciales no bastan, y se hacen necesarias soluciones generales, universales mejor dicho.

Por lo pronto, estas cuestiones se han traído a la arena de la discusión en mal hora por cierto, porque ha tomado parte en ellas la política, no para resolverlas, pues para eso la política es, ha sido y será impotente, sino para exacerbarlas y darles un carácter tal y tan grave, que no puede menos de llevar la intranquilidad al ánimo de todos los hombres pensadores.

La acción legítima de la política en estas cuestiones ha terminado; no podía ir más allá de proclamar y definir derechos, y hoy no se trata de proclamar y definir; trátase de realizarlos.




ArribaAbajoLección XVI

Distintos sistemas que explican el origen de la propiedad


SUMARIO.

1. Diversos sistemas que tratan de explicar el origen del derecho de apropiación.-2. 1.º Sistema de la ocupación.-3. 2.º Sistema del trabajo.-4. 3.º Sistema de la ley jurídica.-5. 4.º De la convención.-6. Examen de los sistemas alemanes.-7. Sistema de Kant.-8. Fichte.

1. En las lecciones precedentes, y después de haber señalado, entre otros, como un principio de conocimiento el de propiedad, y analizádolo filosóficamente, vimos que necesitaba condiciones externas de realización, y estas condiciones eran las que constituían el derecho absoluto e individual de apropiación, generalmente conocido con el nombre de derecho de propiedad.

Nosotros cambiamos el nombre, tanto para que resalte más la diferencia que existe, entre el principio y el derecho, cuanto para demostrar que el derecho se manifiesta siempre por un acto externo, y además se impone a cosas que tienen una existencia material y tangible.

De todos los derechos absolutos reconocidos por la ciencia, ninguno ha sido objeto de mayor controversia, de más dudas, que el derecho de propiedad o de apropiación; desde luego se ha divagado al fijar su origen, y cada cual le ha señalado uno distinto; pero donde la divagación ha sido mayor, donde la controversia, como veremos, ha revestido mayor importancia, ha sido cuando se ha tratado de legitimar el derecho que nos ocupa; y sobre todo cuando la controversia, que casi puede decirse que desde Pitágoras y Platón está iniciada, toma mayores proporciones, es precisamente en nuestros días, llegándose no sólo a negar el derecho de apropiación y aun el principio de propiedad, sino a destruir hasta los hechos consumados que al abrigo de un derecho reconocido pasaron, y esto se hace a nombre del progreso, a nombre de la civilización y del bien y de la justicia.

Debe esto su origen a dos causas principales, una racional e históricamente demostrada, que consiste en que cuando los pueblos, nivelándose en los derechos políticos, se convencen de que no han dado un paso real, positivo y del momento que los acerque al bien anhelado, prescinden de la política y de los derechos, y tienden a la nivelación social, que es un gran progreso si la realiza la razón, una nueva perturbación si se realiza por la fuerza; la segunda causa, que Mr. Ahrens nos señala, consiste en que, lejos de buscarse el derecho de apropiación su origen y manera de ser en los principios de personalidad y propiedad, han querido hallarlo en el movimiento puramente histórico de la institución, confundiendo el título u origen natural con el modo de ser, y dando así lugar a que el principio de propiedad, y el derecho de apropiación sobre todo, hayan podido ser más enérgicamente combatidos por los que se han declarado adversarios de él187.

Ocupémonos, pues, de examinar rápidamente los sistemas principales que acerca del origen del derecho de apropiación se han ideado.

2. 1.º SISTEMA DE OCUPACIÓN. Puede decirse que el sistema más antiguo para explicar el origen de la propiedad es el de la ocupación; en ella le fundaron los pueblos antiguos, y ella le sirvió de base en los Códigos de Justiniano188, que le llama modo originario de adquirir.

Fúndase en un estado preternatural y primitivo, en el cual el hombre vive sin relación con los demás hombres, y en que al propio tiempo todas las cosas son nullius, esto es, no pertenecen a nadie; en tal estado, el hombre siente la necesidad, y para satisfacerla se apodera de lo que halla a mano a propósito para ello, bien sean los frutos espontáneos de la tierra, la caza o la pesca; satisfecha la necesidad, el hombre no vuelve a ocupar las cosas hasta que una necesidad nueva le impele a hacerlo; vive, pues, como el resto de los animales; pero muy pronto la necesidad repetida le hace comprender que ha de repetir la ocupación que le permitió satisfacer aquélla y trata de perpetuarla haciendo de la ocupación pasajera una constante: mientras el hombre continúa aislado goza de los objetos ocupados sin contradicción; pero en el momento en que se acercan unos a otros, como pueden tener varios interés en ocupar una misma cosa, se convienen en respetarse mutuamente los bienes u objetos ocupados por cada uno: esta ocupación permanente, y por mutuo acuerdo consentida, es el origen de la propiedad.

Basta fijarse un punto en este sistema para comprender que no nos indica el origen verdadero del principio de propiedad; todo lo más que hace es mostrarnos el origen histórico que en casos dados puede tener la propiedad: su refutación, por lo tanto, es fácil y sencilla.

En primer lugar, como ya hemos probado en otras lecciones, ese estado preternatural no ha existido jamás; el hombre ha vivido siempre vida de relación, siempre en sociedad con sus semejantes; además, y aun concediéndolo por un momento y legitimando momentáneamente también el hecho de la ocupación, tendríamos por una parte que ésta depende de causas fortuitas, como son las necesidades que deciden al hombre, lo que haría que el origen de la propiedad no fuese la ocupación, sino el acaso o la necesidad del momento; por otra parte, la ocupación es un hecho que podría ser más o menos voluntario, más o menos libre, pero siempre un hecho, y éstos no pueden nunca dar origen ni a derechos ni menos a principios necesarios de existencia, pues unos y otros en su origen son anteriores e independientes de la voluntad humana.

Pero es más aún; el hecho mismo de la ocupación está legitimado por otro puramente material y sensible, que es la necesidad sentida, y como entre los hombres hay igualdad de necesidades, y al misino tiempo igualdad de derecho a satisfacerlas, tendríamos que en el instante en que apareciesen en colisión dos hombres aquejados de una misma necesidad, teniendo igual derecho a satisfacerla, esto es, a apoderarse del objeto que ha de dar esa satisfacción, y no habiendo una razón superior, un poder que decidiera la colisión, tendría que hacerse por la lucha y por la fuerza: el origen, pues, de la propiedad sería la fuerza, y ya sabemos lo que la fuerza puede crear.

En fin, como la ocupación sería en relación con las necesidades del hombre individuo, tendríamos que el único límite estaría en la voluntad individual y sin consideración a los demás, lo cual sería una causa permanente de perturbación y de desarmonía, pues sabemos que toda condición de ser del hombre que lo permite agitarse en una esfera de acción, aunque voluntaria, debe estar sometida a la razón para que el desarrollo de uno jamás perjudique ni destruya el de otros seres sus iguales.

3. 2.º SISTEMA DEL TRABAJO. La antigüedad desdeñaba el trabajo hasta el punto de considerarlo como signo característico de la servidumbre; el hombre libre, el hombre persona, sólo debía ocuparse de la vida de la ciudad a que pertenecía, era un ser dominador bajo cuyo poder había otros hombres que trabajaban para él; por el contrario, el mundo moderno, que no comprende al hombre sino como un ser esencial y constantemente activo, ha santificado el trabajo, enalteciéndole y considerándole como una de las más poderosas y fecundas fuentes de producción y de riqueza, así material como espiritual; si los estrechos límites de este trabajo nos lo permitieran, reproduciríamos los magníficos párrafos que nuestro célebre economista Flórez Estrada, entre otros, dedica al trabajo, probando que él es la causa de los grandes adelantos que en todos los órdenes se han verificado en el mundo moderno189.

La grande importancia que sin duda alguna ha ejercido el trabajo en la civilización y la que le han dado sobre todo las escuelas economistas, han hecho que se fijen en él para considerarlo como origen de la propiedad.

El hombre, han dicho, modificando, cambiando las cosas por la aplicación de su actividad material e inteligente, de su trabajo, llegando por él hasta el extremo de crear cosas nuevas, impone de tal manera su personalidad a esas cosas, que casi parece corno que las hace parte integrante de su propio ser, y no consigue esto por sólo un acto material como es el de la ocupación, sino por un acto esencialmente espiritual e inteligente, voluntario y constante. Es justo y racional que cuando mediante nuestra actividad e inteligencia hemos producido una nueva creación, ésta nos pertenezca. La propiedad, por lo tanto, no puede tener origen más lógico y racional que el trabajo.

La teoría que acabamos de presentar, cuya paternidad puede decirse corresponde a Adam Smith y a los economistas190, ha servido de base a las leyes sobre propiedad de muchos códigos modernos191; es, sin duda alguna, muy superior a la de la ocupación, pero no nos ensena tampoco el verdadero origen de la propiedad.

Para convencerse de ello, bastarán algunas leves indicaciones: el trabajo por sí solo nada crea en la verdadera acepción de la palabra, puesto que teniendo que ejercerse sobre cosas que existen ya, todo lo más que puede producir son creaciones secundarias, y al obrar para producirlas sobre cosas que existen, presupone, ya el hecho de la apropiación sobre ellas; además, la cosa objeto del trabajo puede pertenecer a persona distinta de la que ha empleado en ella su actividad; y ¿con qué derecho, por haber modificado y cambiado la primera materia, podemos privar de ella a su dueño? Por otra parte, aceptada la teoría, tendríamos que aceptar su precisa consecuencia, a saber: que lo que no debe su existencia al trabajo no podría constituir propiedad, siendo así que ésta se ejerce legítimamente sobre muchas cosas que ni han sido creadas ni modificadas por la actividad humana.

4. 3.º SISTEMA DE LA LEY. Dos célebres escritores de derecho, Bentham y Montesquieu, ocupándose de la propiedad y no creyendo que el sistema de la ocupación ni el del trabajo son suficientes para demostrar su origen filosófico y racional, trataron de buscarlo en la Ley positiva: en el primero, que no reconoce la existencia del derecho natural, que apoyándose en la utilidad lo hace dimanar todo de la ley, es lógico que busque también en ella el origen y ligitimación de la propiedad; más extraño es, por cierto, en el segundo, que reconoce al derecho un origen superior, y que concibe el derecho como un principio anterior a la ley positiva, por más que al desarrollar sus ideas en este punto, dándole sobrada importancia a los accidentes materiales, según veremos luego, materialice algo la idea capital, haciéndola de cierta manera depender del clima, del territorio, de las razas, etcétera192.

Claro es que, según la teoría que examinamos, la propiedad no es ni puede ser de derecho natural; es, por el contrario, una institución de puro derecho positivo, variable y modificable por éste en el fondo y en la forma, a tenor de mil variadas concausas y accidentes193.

Fácilmente se comprende que este sistema parte también, como el de la ocupación, de una especie de estado natural independiente de todo lazo, de todo poder que no sea la voluntad del hombre movida a impulso de las tendencias y de las necesidades: en efecto, el hombre, aquejado por éstas, viendo el medio de satisfacerlas en el uso y aprovechamiento de las cosas exteriores que la naturaleza produce, pero que a nadie pertenecen, se apodera de ellas, las usa como y por el tiempo que tiene por conveniente y satisface la necesidad que le agobia; mientras el hombre esté solo, estos actos de apropiación más o menos durable, con uno o con otro objeto, serán fáciles y hacederos; pero en el momento en que el hombre se acerca al hombre, y por lo tanto, en el momento en que una necesidad se coloca frente a otra necesidad, un acto voluntario frente y en colisión con otro acto voluntario igual, la lucha de hombre a hombre surge y la satisfacción de una necesidad de dos seres por el uso o apropiación de una cosa, será siempre objeto de encarnizado combate.

Mas, como casi siempre, en pos de la aproximación casual de dos hombres viene la vida de relación, muy pronto los hombres se unen formando sociedad, creando un poder rector y encargándole la misión de que armonice los movimientos varios de encontradas y distintas voluntades por medio de las leyes civiles y positivas, que restrinjan hasta cierto punto el uso ilimitado de la voluntad individual, haciendo perder o disminuyendo, por lo menos, parte de los goces del individuo en beneficio de su semejante y como medio para que aquél, a su vez, conserve una parte que se reserva.

Así, pues, el origen de la propiedad, como derecho que debe ser respetado por los demás, está en la ley positiva que marca a cada hombre su esfera de acción particular y propia, le prohíbe inmiscuirse en la de su semejante y le permite gozar tranquilo las cosas que le son indispensables para satisfacer sus necesidades; la causa ocasional está en la utilidad que reporta.

Este sistema se refuta sin gran trabajo, considerando: primero, que si el origen de la propiedad fuera la ley positiva, esto es, la voluntad del poder, aquélla sería tan variable como lo es la voluntad y la ley; pero no sólo podría variar en su forma y manifestación histórica, sino en su fondo y manera esencial de ser, cuando por más que las formas y modos externos de la propiedad varíen, su esencia permanece inmutable siempre; segundo, porque aceptada la teoría como la única legitimación de la propiedad, estarían en la ley todos los cambios que la propiedad ha sufrido y pueda sufrir, serían justos si la ley positiva los prescribía, y todo poder tendría derecho a inmiscuirse en la propiedad privada, modificarla y cambiarla a su antojo, sin que pudiéramos jamás decir que una organización dada de la propiedad era justa e injusta siempre que emanase de la ley, lo cual no se ha ocurrido ni a los autores del sistema que examinamos; finalmente, ellos incurren en una gravísima contradicción, pues habiendo negado que el origen de la sociedad y del derecho puede hallarse en un estado preternatural y anti-social, tratan de buscar en ese mismo estado el de la propiedad, que es un derecho.

5. 4.º SISTEMA DE LA CONVENCIÓN. Ya en la parte histórica, al tratar de las teorías que habían fijado el origen del derecho natural, nos ocupamos ampliamente de ésta, cuyo autor J. J. Rousseau le dio grande importancia en el pasado siglo, y ya allí lo combatimos; aplicado al derecho en general, claro es que había de aplicarse a una de las formas especiales del derecho, al de propiedad; pero es tan conocida esta teoría, que no creemos necesario ni exponerla ni combatirla por segunda vez194.

6. Hasta ahora hemos visto que las teorías inventadas para explorar el origen de la propiedad parten siempre de actos externos y materiales del hombre, la ocupación, el trabajo, la ley, la convención; y hemos dicho y repetimos que jamás los actos materiales, por importantes que sean, por mucho que se multipliquen, podrán dar origen a un derecho, y mucho menos a un principio absoluto y abstracto de derecho: las modernas escuelas alemanas, partiendo de Kant, han querido buscar a la propiedad un origen espiritual, y a proporción que han adelantado en este camino, se han acercado más y más a la verdad.

Examinemos, pues, rápidamente los sistemas alemanes más importantes, que son muy dignos de atención y de estudio, por más que no satisfagan por completo.

7. 1.º SISTEMA DE KANT. Este filósofo comprende desde luego que los sistemas conocidos hasta su tiempo para explicar el origen de la propiedad, flaqueaban, como ya hemos dicho, por su base, toda vez que tratándose de explicar el origen y fundamento de una noción puramente espiritual, se apoyaban y partían de hechos puramente materiales, porque aquélla es una noción absoluta e inherente a la especie humana, mientras los hechos en que la querían fundar eran relativos, y en fin, porque aunque éstos se multipliquen y acumulen al infinito, jamás, producirán una noción espiritual y absoluta.

Sentada la falsedad de las teorías precedentes, Kant cree, y con razón, que los orígenes de la propiedad, siendo ésta inherente, especial y necesaria a la especie humana, hay que buscarlos en la naturaleza del hombre, y siendo aquélla una noción espiritual, hay que proceder por un estudio espiritual; así, pues, en la conciencia y en la razón es donde han de radicar los orígenes y esencia de la propiedad.

Sabido es que Kant, al asentar su teoría general de derecho en bases puramente espirituales, como hemos dicho en precedentes lecciones, liga estrechamente el derecho con un deber correlativo; así es que no basta con que un hecho nos dé el poder, la dominación, sobre una cosa determinada, es necesario que al lado de ese derecho, mejor dicho, de ese acto de mi voluntad, surja otro acto de la voluntad ajena, el deber de respetar el hecho realizado por mí, lo cual no puede tener lugar sino por actos puramente voluntarios y racionales, toda vez que significan derechos y deberes personales que nacen de una convención o acuerdo racional y mutuo de voluntades, pero que nacen de un principio superior a la voluntad, toda vez que han de imponerse a ella; por lo tanto, este consentimiento mutuo podrá regular la propiedad, pero no ser su origen. Colocado en esta situación puramente negativa para llegar a la afirmación, Kant acepta el trabajo como elemento preparatorio de la propiedad, y la convención como garantía.

Así, pues, el trabajo, especificando las cosas que de él han sido objeto, crea una especie de propiedad, a que él denomina propiedad provisoria, que ya es un derecho, puesto que es un efecto de la actividad inteligente del hombre, al que le falta como sanción y complemento el respeto por parte de los demás hombres; pero en el momento en que el especificador, por su voluntad y por su inteligencia activa, pesa racionalmente sobre las cosas, la propiedad provisoria pasa a ser en el lenguaje de escuela posesión intelectual, o lo que es lo mismo, acto de la razón, que nos impele a pesar sobre ciertas cosas y a marcarlas con nuestra personalidad, y que hace nacer por parte de los demás, deberes de respeto y de abstención: desde este momento la propiedad provisoria se convierte en definitiva.

Tenemos, pues, un doble acto: primero, el de una apropiación material sobre la cosa que ha de satisfacer una necesidad; segundo, acto inteligente por virtud del que el hombre comprende que puede disponer libremente de las cosas que son medios para la realización de su destino, puesto que está obligado a realizarlo y que puede exigir de los demás que no se conviertan en rémora de esa realización; por lo tanto, mientras falte el acto inteligente, mientras la apropiación y el trabajo no sean más que un acto material, la propiedad será provisoria, no existe como derecho, ni pueden, por lo tanto, existir deberes de abstención de parte de nuestros semejantes.

La propiedad, pues, ha de contener tres elementos capitales: primero, acto inteligente del hombre por virtud del que existe una personalidad preponderante, la del propietario que tiene un fin que realizar, que debe disponer de medios para ello, y que hallando esos medios en las cosas que le rodean, los somete libre, voluntaria y racionalmente a su personalidad; segundo, aquiescencia y respeto por parte de los demás hombres que consideran la posesión intelectual como un derecho que no debe contrariarse, y tercero, que las cosas tengan existencia propia y puedan servir para satisfacer una necesidad.

Dedúcese de esta teoría, siquiera sea incompleta, un gran principio, a saber, que sólo pueden ser objeto de propiedad las cosas inferiores al hombre, pues siendo un acto de la voluntad inteligente por virtud del cual sometemos a nuestro poder y dominio, imponemos nuestra personalidad a una existencia que puede ser para nosotros medio de desenvolvimiento y de consecución de nuestro destino; ni nuestra voluntad puede imponerse sobre seres superiores, ni sobre seres iguales, ni nuestra personalidad puede afectar a seres que tienen personalidad propia: en una palabra, jamás el hombre puede ser objeto de la propiedad de otro hombre.

El sistema de Kant, por más que exceda en perfección a los anteriores, dista mucho de ser completo y de resolver el gran problema; cierto es que hace intervenir en la teoría la voluntad, y la razón como elementos que elevan el acto material de la posesión a derecho de apropiación, pero en cambio no busca el origen y cimiento de este derecho en la naturaleza humana y en la manera de ser esencial del hombre, sino en el hecho de apoderarse, de posesionarse de la cosa, sin considerar que los hechos, actos puramente materiales, aunque se multipliquen al infinito, no podrán jamás producir un derecho, y menos un derecho absoluto, que es una noción del espíritu.

La teoría de Kant sería cierta si los términos se invirtiesen para legitimar el acto de la posesión, que lo sería en tanto en cuanto teniendo el hombre el derecho de apropiación, lo practicaba posesionándose de las cosas.

8. FICHTE, continuador de la escuela y de las teorías de Kant, las desenvuelve y perfecciona combinando mejor los elementos aceptados por su maestro, pero dando siempre demasiada importancia a las funciones del Estado195.

Establece como base de su sistema que la propiedad surge de los principios universales de derecho, y que arranca muy particularmente de la personalidad humana; pero en seguida, apartándose de nuevo de la base sentada, vuelve a la convención como al medio práctico para garantir, asegurar y distribuir la propiedad.

Y no podía ser de otro modo, toda vez que Fichte concibe el derecho como un medio de limitación recíproca de la libertad individual de cada uno en beneficio de los demás, asignando y asegurando las esferas particulares de acción en que el derecho se realiza, y como la propiedad, o lo que es igual, el dominio especial que cada uno ejerce sobre las cosas que le rodean sin perjudicar el de los demás, pertenece a todos como derecho, para convertirse en ley es necesaria que todos se convengan en ceder una parte para conservar el resto; este acto de sumisión recíproca es la convención, que puede considerarse como la sanción legal del derecho.

Tenemos ya, según Fichte, marcada la esfera especial de acción del hombre con relación a la propiedad, toda vez que la convención ha deslindado la acción de la libertad individual para que no haya choque al ejercer el acto externo más importante de la personalidad, que es el de poseer los medios suficientes para existir: pero Fichte no se contenta con el hecho posesorio, sino que hace intervenir un nuevo acto, no sólo para fijar la propiedad, sino para asegurarla y garantirla, y éste es el trabajo, o lo que es lo mismo, que la convención garantice y asegure a cada uno los medios de trabajar y hacer así suyas las cosas que por medio del trabajo han recibido el sello de la personalidad humana. Dedúcese de lo expuesto que todo hombre tiene, no sólo derecho al trabajo, sino a que éste sea suficiente para cubrir sus necesidades, pues de lo contrario, la convención sería desigual y no podría ser durable.

Como todos los miembros de una sociedad han debido tomar parte en la convención, es claro que todos tienen el derecho de intervenir en que el trabajo que ha de garantir la propiedad sea, no sólo bastante a cubrir las necesidades de cada uno, sino acorde con sus condiciones y con sus fuerzas; pero como esta intervención individual sería imposible, la asume en sí el Estado, que es el encargado de la tutela suprema de la sociedad.

La convención que, según los filósofos alemanes, garantiza la propiedad y generaliza su ejercicio, da lugar a tres consecuencias precisas del sistema.

1.º Todo individuo de la asociación está obligado, no solamente a trabajar, sino a indicar a los demás representados por el poder social en qué y cómo van a ejercitar su actividad.

2.º El poder social debe hacer una especie de concesión previa para que cada uno se ocupe del trabajo que le corresponde y en la esfera propia de su acción, mediante lo cual ocupa un puesto en determinada clase social.

3.º La convención primitiva no sólo crea un poder social encargado de velar por su cumplimiento, sino al mismo tiempo asegura a ese poder los medios materiales de existencia por medio del impuesto.

Como consecuencia de esta doctrina, se deduce que la propiedad es un derecho personal, pero no fundamental, toda vez que sólo se ocupa de las cosas materiales objeto de la apropiación, que, como el hombre, además de la conservación de su existencia, tiene el deber inexcusable de realizar fines morales e intelectuales, lo cual no puede verificarse sin momentos de descanso en el trabajo material; la propiedad y el trabajo, que la acompaña, deben proporcionar al hombre esos momentos de descanso, que aquél habrá de aplicar al cumplimiento de los fines morales e intelectuales de su existencia; por eso Fichte exige un día de descanso, el domingo. Como la libertad es el derecho más importante del hombre, puesto que sin ella no puede obrar como un ser moral, el poder debe garantirla, y no haciéndolo, en vez de ser un poder de derecho, sería tiránico e inaceptable.

Dadas todas estas premisas, el primer deber del poder social será armonizar el trabajo con el descanso material que ha de permitir al hombre desenvolverse moral e intelectualmente; la relación entre el trabajo y el descanso constituirán la riqueza pública, y mientras menor sea la suma de trabajo material y mayor la de perfeccionamiento moral e inteligente, más rico será un pueblo. Por lo tanto, la gran ciencia del Estado consiste en proporcionar a cada uno mayor suma de trabajo productivo en menos tiempo.

Como fácilmente se comprende, el sistema que hemos descrito no puede aceptarse como bastante para darnos a conocer el principio de propiedad, ni siquiera el derecho de apropiación; pues aunque se eleva a la personalidad humana para buscar el principio y hacerlo derivar de ella; como prescinde de la naturaleza esencial del hombre, tiene en seguida que descender a la convención para legitimar el derecho y garantizarlo; y no bastándole, porque la índole de la convención es la variabilidad en el fondo y en la forma, se ve obligado a hacer entrar como elemento componente de su teoría el trabajo, y desde este momento puede decirse que la convención, más que sobre el derecho de apropiarse, versa sobre el de trabajar las cosas apropiadas, resultando de aquí una confusión notable entre las nociones de propiedad y de trabajo, que son esencialmente distintas, y debe cuidarse mucho de que no se confundan. En efecto, si la propiedad no lo es verdaderamente sin el trabajo, el que no trabaja no puede ser propietario, ni puede caber propiedad sobre las cosas que no pueden ser objeto de trabajo, lo cual no es cierto, porque si bien el trabajo podrá en circunstancias dadas, creando nuevos objetos, hacerlos propios del que los creó, no puede producir, por ser un hecho, ni el derecho de apropiación ni el principio de propiedad.

Más aún, el carácter particular que Fichte da al trabajo y a la convención que le garantiza, invistiendo al poder social de las facultades peregrinas con que él le caracteriza, trae, como necesarias consecuencias, por una parte el derecho al trabajo de todos y cada uno de los asociados; por otra, cierta reglamentación y clasificación de éste, que no sólo es contrario a la libertad de acción del hombre, preconizada más adelante por el mismo autor, sino que le somete a una existencia mecánica y medida, que evita la competencia, y llegaría a producir el marasmo y la muerte. Finalmente, el poder se impondría de tal modo al individuo, que podría, en casos dados, convertir la clase en casta, vinculando en ella cada género de trabajo.

Ya lo hemos indicado; la razón de que no hayan los sistemas que hemos examinado conocido la verdad, consiste en que no sólo han prescindido de la naturaleza esencial del hombre al tratar del origen de la propiedad, sino que han tratado de ella sola y exclusivamente bajo su aspecto material como apropiación de los objetos tangibles y externos, cuando la noción que es objeto de nuestro estudio así abraza estos objetos como los espirituales.

Las graves dificultades con que se ha luchado para fundar el principio de propiedad y el derecho de apropiación que de él emana; el haber, por punto general, confundido el origen científico con el histórico, han sido causa de que, en nuestros días especialmente, se haya negado el derecho de apropiación y el principio de propiedad, queriendo demostrar su injusticia y achacarle todos los males que pesan sobre el mundo moderno.

Estos sistemas, de alguno de los que nos hemos ocupado al tratar del derecho de asociación, han recibido los nombres de socialistas y comunistas, y todos convergen en un punto, en negar el principio de propiedad y el derecho de apropiación, si bien unos lo hacen directamente y otros de una manera indirecta, variando la manera de ser social de los pueblos y aspirando a variar la de la humanidad; vamos a estudiarlos en la siguiente lección.




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Distintos sistemas que explican el origen de la propiedad


SUMARIO.

1. Examen de los sistemas que han negado el origen racional de la propiedad.-2. Escuela SANSIMONIANA.-3. Sistema de FOURIER.-4. Refutación.-5. ROBERTO OWEN.-Su sistema y refutación.-6. Realización de estos sistemas.-7. PROUDHON.-Su sistema.-Explicación.-8. Refutación del sistema de PROUDHON.-9. Refutación general del socialismo y del comunismo.-1.º Por los hechos.-2.º Por la razón.-10. Ojeada sobre España.-11. Modificaciones de la propiedad por el derecho.

1. Como hemos indicado, no habiéndose fijado una base de derecho sólida e inconcusa para asentar el principio de propiedad ni el derecho de apropiación; no habiéndose legitimado su origen bajo el punto de vista de la ciencia, la noción filosófica y absoluta de la propiedad se eclipsa o se confunde con su noción externa, su origen científico con su origen histórico, sus efectos en el tiempo y en el espacio se aquilatan prácticamente, y no por un criterio racional, se comparan con los demás principios y derechos absolutos atribuidos al hombre, se ve que a las veces es una rémora para que se realicen otros, el germen y causa ocasional de luchas y de desquilibrios, y no sólo se les niega su alto origen, sino que se les mira como elementos productores de todos los males que afligen al mundo.

Ya desde muy antiguo la propiedad como principio de conocimiento, y la apropiación racional como derecho individual, habían tenido sus impugnadores, y las ideas comunistas y socialistas, respecto a propiedad, contado con numerosos prosélitos. La Edad Media, ese inmenso crisol en que la razón fundió con su divino fuego todo lo que la antigüedad nos legara, mezclándole los gérmenes de las nuevas ideas y de la nueva civilización, planteó con más energía y claridad el problema, y tal vez los primeros albores de la idea comunista fueron los conventos, como en la antigua edad y entre los judíos fue el año del jubileo; pero el pensamiento no se había desarrollado, y la propiedad en general no había sufrido modificaciones sensibles. Verdad que en la vida monástica, de puramente individual, se convierte en corporativa o colectiva, pero no pierde ninguno de sus caracteres esenciales y formales; puede decirse que lo único que cambia es la personalidad del propietario, sustituyéndose la individual y tangible por la colectiva y de pura creación jurídica.

No es esto por cierto lo que aspiran a hacer los innovadores modernos; su intención es atacar a la propiedad en su esencia y manera de ser integral, destruirla, sustituyéndola por la dominación común, no atribuyendo las cosas a nadie, pero haciendo su aprovechamiento de todos, y ligando, como es natural, este movimiento profundo con nuevas formas de asociación y con nuevas relaciones jurídicas y naturales entre los hombres.

Estos sistemas, que van a ser objeto inmediato de nuestro estudio, sólo consideran la propiedad como el acto material de pesar sobre las cosas, de posesionarse de ellas, de apropiárselas; pero no van más allá, no comprenden ni se ocupan de la apropiación racional que obra hasta sobre el espíritu; por eso su punto de partida es la manifestación industrial y territorial de la propiedad, y mientras que la atacan rudamente y tratan de destruirla, quieren dar grande y soberana importancia a todas las demás apariciones.

Aunque la mayor parte de los autores que al señalar los orígenes del derecho han creído hallarlos en la fuerza, en la utilidad o en una convención, han negado a la propiedad un fundamento natural y de derecho para buscarlo en la convención, la fuerza o la utilidad, y por lo tanto, hacían de esa noción una cosa variable y transitoria, no se habían atrevido a negarla clara y rotundamente, como lo han hecho los socialistas y comunistas modernos.

2. Al frente de las escuelas socialistas puede colocarse a MR. HENRI SAINT-SIMON196, de cuyo sistema nos hemos ocupado en otra lección. Saint-Simon, decíamos, herido por las desigualdades constantes que dominaban el mundo, quiere destruirlas por medio de una nivelación general en todas las esferas y manifestaciones de la vida; ya vimos cómo para conseguirlo daba una nueva forma a la sociedad. Claro es que debía partir de la igualdad personal, esto es, de la igualdad de nacimiento, para fijarse en seguida en la desigualdad de capital representado por cada uno; pero como a las veces éste no está de acuerdo ni en relación con los actos del poseedor, la máxima fundamental de la escuela consiste en tratar a cada uno según su capital y según sus obras; por consecuencia, la propiedad deberá su origen al capital y al trabajo; el que tenga mayor capital, el que más trabaje y mayor capacidad emplee, ése acrecerá más su propiedad: hasta aquí los principios de la escuela son justos y aceptables; pero como no es esto lo que sucede en el mundo, ya porque puede el capital ser muy exiguo en unos con relación a su capacidad y a su trabajo, mientras que en otros sucede lo contrario, resultando que suele obtener mayores rendimientos el que dispone de mayor capital, aunque su capacidad y trabajo sean nulos, la escuela, que al parecer comienza por aceptar la propiedad y buscar su origen, la destruye en seguida, declarando nullius la tierra, los capitales, los instrumentos y artefactos de la labranza y de la industria y considerándoles como propiedad exclusiva del municipio, base de la asociación sansimoniana. Destruida así la propiedad individual para convertirla en colectiva, aplicados a ella la inteligencia y el trabajo de todos y cada uno de los asociados, la propiedad debe dar sus rendimientos, que deberán ser partibles entre todos, como previamente debieron partirse, mejor dicho, asignarse a cada uno los capitales a que ha de aplicar su capacidad y su trabajo; tanto en esta designación previa cuanto en la de los productos debe existir algún poder árbitro y encargado de ejecutar, y éste es el jefe de la asociación.

Basta fijarse un punto en el sistema para comprender que, aparentando respetar la propiedad, no sólo la destruye por su base, sino que concluye asimismo con todas las consecuencias que de aquel principio se desprenden; en efecto, destruida la propiedad individual pasando a poder del cuerpo social, que es el dispensador de ella, claro es que se destruye uno de los elementos constitutivos de todo principio de conocimiento, de todo derecho absoluto, que es la perpetuidad, porque aunque ésta exista en la corporación, no existe en el individuo que de ella forma parte, toda vez que el jefe la dará y quitará según su voluntad; privado el hombre del derecho de propiedad, claro es que no tiene poder alguno sobre las cosas que antes eran su objeto; así, pues, a su muerte, si es que hasta entonces ha gozado de ellas, revertirán al acerbo común, y el derecho de sucesión no existirá en la sociedad sansimoniana, y la familia habrá sido también herida de muerte.

Ya, al ocuparnos del derecho de asociación, dijimos que este sistema no había producido resultados, ni en toda la pureza con que lo planteó su autor, ni menos con las exageraciones de sus discípulos; pues bien, ahora, examinándolo bajo el punto de vista de la propiedad, podremos decir, no sólo que es impracticable, sino que producirá los más desastrosos resultados.

En efecto, aun prescindiendo de toda científica teoría, ello es lo cierto que existe en el hombre, desde que puede demostrar sus afectos, un sentimiento profundo e igual que le lleva a apoderarse de las cosas que le rodean, a imponerles su voluntad apenas ésta se manifiesta, y este sentimiento natural, necesario, constante en el hombre, se destruye por completo en el sistema, en nombre precisamente de la propiedad; pero es más, se conculcan todos los derechos absolutos del hombre; el de libertad, porque careciendo el hombre de medios externos de actividad y movimiento, bajo el punto de vista individual, porque los capitales de toda forma pertenecen al municipio, cuyo jefe es el soberano dispensador de ellos, es claro que carece por completo de la libertad para elegir profesión y clase de trabajo, y que no sólo en esto, sino hasta en la apreciación de sus cualidades individuales tiene que depender en absoluto del jefe: la igualdad no puede existir en el seno de esa sociedad, porque hay un señor árbitro de dirigir a los demás, única personalidad activa de esa máquina en que todos los demás son ruedas que se mueven a su impulso; toda noción moral, toda idea de dignidad desaparecen, pues, ante el poder absorbente del jefe; ni derechos ni deberes, en la acepción científica y absoluta de la palabra, son posibles donde un individuo lo personaliza todo y sólo su voluntad es ley.

El Sansimonismo, pues, traerá en pos de sí el materialismo y el anonadamiento completo del hombre, y no podrá salvarse de este gravísimo escollo, aunque, lo que no es posible, el jefe fuera absolutamente perfecto, si no lo eran los demás, mejor dicho, aunque todos lo fueran, porque las circunstancias varían y estas variaciones han de ser causa de nuevos desequilibrios, de graves desarmonías, una crisis mercantil o industrial, el acrecentamiento de una especie de productos, la disminución notable de otros, serán causas de nuevas clasificaciones, de nuevos repartos, que producirán descontentos y tal vez luchas en el seno de la asociación.

La destrucción, pues, del principio de propiedad, aunque cohonestada con la propiedad colectiva, será la causa destructora de la sociedad sansimoniana, como el desconocimiento, la perversión o la destrucción de cualquiera de los principios o derechos absolutos, traerá la muerte para el pueblo o sociedad donde se conculquen.

3. Más completo, más perfecto, pero no menos erróneo que el sistema que acabamos de examinar, es el que propagó MR. FOURIER en su célebre doctrina falansteriana197. También debe, como el anterior, su origen a un sentimiento noble y generoso; irritado por los sufrimientos de la humanidad, creyendo que la causa de todos ellos reside, por una parte en la mala organización social, por otra en la acción de las pasiones, unas veces restringidas por la fuerza, otras mal dirigidas, trata de combatir los males que estas causas producen, y no concibe otro medio que arrancar al hombre de la sociedad en que vive y llevarlo a otra, que por sus nuevas formas y condiciones pueda producir un cambio completo y absoluto en su manera de ser. Que el pensamiento era grande y generoso, cosa es innegable, como lo es también que Fourier lo desenvolvió con talento y profundidad, y que en sus obras ha dejado, en medio de muchos errores, no pocas verdades de importancia suma.

Es indudable que, siendo una de las causas de desarmonía y de sufrimiento humanitario la restricción o falsa dirección que en el mundo se da a las pasiones, el elemento principal para llegar a un estado más perfecto, será dejar amplia libertad al movimiento pasional, cuidando sólo de que su dirección sea acertada; por eso es, no solamente necesario sacar al hombre del medio viciado en que vive, de la sociedad, sino que lo es también que rompa todos los lazos por la sociedad creados, y que son, como ella, viciosos; el primero, el más fuerte y el que más nos conduce al egoísmo, es la familia, y por eso, lo que el Sansimonismo no se atrevió a hacer de una manera clara y terminante, por más que surgiera como una consecuencia de la doctrina, Fourier lo realiza con decidida intención; en efecto, una de las pasiones más enérgicas del hombre es el amor, pero la sociedad lo ha restringido de una manera tan dura, que ha ligado al hombre por medio de ella y con lazo indestructible, no sólo a la mujer amada, sino a los demás seres producto de esa unión; dedúcese de aquí, por una parte, que el hombre tiene por completo coartada su libertad y la pasión del amor, puesto que no le es dado romper el lazo un día formado sino por la muerte; de aquí el adulterio, los asesinatos, los odios, los rencores que jamás se acaban: por otra parte, y prescindiendo de estos males, la existencia de la familia crea para con ella deberes sociales que hacen que el hombre se apodere y apropie de las cosas, no sólo en la cantidad suficiente a cubrir sus necesidades, lo cual sería lógico y legítimo, sino extendiéndolo a las necesidades de los seres con quien está ligado; de aquí la ambición y el egoísmo que dan lugar a tantos crímenes. Para evitar estos males, la familia desaparece del Falansterio, la pasión del amor se puede y debe manifestar en él con toda energía, con toda libertad, sin reglas ni trabas de ninguna especie; el matrimonio es sustituido por el libre amor, con lo cual los males antes enunciados desaparecen por completo; pero como podría suceder que costumbres inveteradas o pasiones mal dirigidas, a pesar de la plena libertad del Falansterio, nos inclinasen hacia el fruto de un amor determinado, aquél es arrancado a los que lo engendraron en el momento de nacer, y es llevado al seno de la asociación como un nuevo miembro sin lazos ni antecedentes, de cuyos alimentos y educación todos en general están encargados, a ninguno en especial corresponde.

Este anonadamiento de las pasiones exclusivas permitirá armonizarlas y crear por este medio un amor general, que será aplicable a todas las manifestaciones de la vida.

Dada esta organización social y desapareciendo por completo el individuo en la asociación, es claro que la propiedad individual desaparece también para hacerse corporativa, y que el trabajo, el talento y la capacidad serán los grandes elementos de vida material del Falansterio y de los coasociados, puesto que ni el capital existirá ni tendrá importancia bajo el punto de vista individual. Eliminada toda idea de jerarquía y de capital, siendo los elementos productores de toda acción el talento, la capacidad y el trabajo, y debiéndose tratar a cada uno según el desarrollo de estas tres cualidades, claro está que ellas deben jugar un papel muy importante en la asociación; pero como en ella todo debe ser armonía nacida del libre uso de las pasiones, y como por más que se quiera prescindir del capital y de la propiedad, sin el uno y sin la otra el trabajo se ejecutaría en el vacío y la sociedad no podría vivir, Fourier considera el trabajo, no como una ley a la que todos están sujetos, sino como un elemento productor de riqueza, y deduce de aquí dos consecuencias que se pueden considerar como principios del sistema.

1.ª Que el capital debe equilibrarse con el trabajo, por lo cual, el que ha aportado un capital a la asociación, está dispensado de trabajar, y en cambio, los que o no han aportado capital o le han aportado en corta cantidad, trabajarán hasta nivelar los productos.

2.ª Que nadie está obligado a un trabajo determinado ni a un orden de trabajos preconstituido, sino que cada uno es libre de trabajar como y cuando le acomode, pues a todos los considera aptos para toda clase de trabajo.

Para facilitar el orden del trabajo y su división como medios de producir mayores rendimientos, divide la asociación en series, éstas en grupos, y éstos en falanges. Con este sistema, Fourier cree que la asociación producirá inmensos intereses, y éstos los divide entre los asociados, según su talento, méritos y trabajo, correspondiendo la división a la sociedad entera que lo hace a pluralidad de votos, y nótese de paso que al tiempo que no concede representación al capital, que parece desdeñar en todo el sistema, trata, sin embargo, de equilibrar su importancia con la del trabajo, lo cual es una contradicción palmaria de la teoría.

Como Fourier no reconoce otro móvil ni otro elemento de actividad que las pasiones, natural y necesariamente éstas son las que han de organizar todo el sistema y crear todos sus elementos de vida; por eso las agrupa y forma de ellas tres fuerzas creadoras con los nombres de pasión del mariposaje (papillonne), pasión cabalística y pasión de composición.

1.º Llama pasión de mariposaje a aquella por virtud de la que el hombre satisface y realiza todas las pasiones dentro de la asociación y de una manera acordada y armónica en todo y por todos.

2.º La pasión cabalística es la que crea dentro del Falansterio la emulación, sin la cual la inercia, el marasmo y la más glacial indiferencia serían el patrimonio de los asociados, que nada esperan y que nada pueden desear; esta pasión los impele y decide al trabajo, comunicando actividad a todos los grupos.

3.º Pasión de composición o mecánica, resultante de la reunión de todos los placeres, y que, por lo tanto, crea el buen gusto y sostiene el arte de lo bello, que tampoco tiene objeto en la asociación que nos ocupa.

No es ardua empresa, por cierto, combatir el sistema de Fourier, ni casi nos detendríamos en ello si la manera brillante con que lo presenta su autor no hubiera seducido a muchos espíritus ganosos de ver a la humanidad dar un paso de progreso en la senda de su perfeccionamiento y felicidad, y si en España mismo no hubiese habido partidarios entusiastas del Fourierismo.

4. Para refutarlo, basta fijarse un punto en los elementos constitutivos del sistema, que, como hemos visto, son sola y exclusivamente las pasiones abandonadas a su mayor grado de libertad; cierto es que las pasiones no sólo existen en el hombre, sino que son móviles a las veces poderosos de acción; pero no es menos cierto que ellas, así como las tendencias y los instintos, son elementos materiales, y por lo tanto, ciegos y hasta cierto punto fatales; el sistema, pues, parte de una base puramente material, y tiene que ser materialista por consecuencia, y ya hemos dicho que jamás la materia puede ser elemento rector y director de seres espirituales; pero además, el ejercicio de esas pasiones en el seno del Falansterio, tal cual Fourier le determina, será, no sólo causa constante de desarmonía, sino que traerá necesariamente el más absurdo indiferentismo; en efecto, ¿qué serán allí todas las pasiones abandonadas a sí mismas? Indudablemente la satisfacción de los apetitos ciegos del momento, que no dejan el menor rastro para lo por venir; el libre amor, que sustituye a la familia, signo característico de la especie hominal, y que la personifica, la distingue esencialmente del resto de los seres, eliminada, le dejará igual a los demás animales, pero además llegará a producir un hastío y una indiferencia que traerá en pos de sí la repulsión entre los sexos; la educación en común, la alimentación en común con una igualdad absoluta y calculada, producirá también el aislamiento, en vez de producir el amor general a que Fourier aspira, y la asociación, privada de todo elemento espiritual y de perpetuidad, se descompondrá por sí sola.

Por lo que respecta a la cuestión capital que nos hace ocuparnos ahora de esta escuela, la de propiedad, tendremos que en una asociación, cuyo primer deber es sostener a todos los asociados, en la que el trabajo es voluntario y sus productos no interesan en lo más mínimo a sus miembros, pocos querrán trabajar, y de día en día se irá la asociación empobreciendo, porque esa pasión cabalística, esa emulación creada por ella, si esto llegara a suceder, desaparecería muy pronto por falta de objeto, toda vez que, como el hombre nada hace por solo hacer, sino por una razón, por una causa que le impulse, y al volver los ojos al Falansterio ve que no hay causa alguna que le mueva a trabajar, pues sus necesidades están cubiertas, no tiene familia que de su trabajo necesite, los repartos que se hagan le son completamente inútiles, porque no han de agregar un solo ápice a los goces de que disfruta, y en último término volverán como capital al fondo social, se mantendrá inactivo; y como además tiene absoluta libertad de trabajo, si se decide a trabajar lo hará en una esfera totalmente improductiva para sí, que de nada necesita, y para el Falansterio que nada le pide, y la indiferencia traerá la calma de la muerte.

Pero es más; aún hay en la teoría un punto que, si es indiferente y casi podemos decir natural en el estado social presente, es de una alta inmoralidad en el sistema que refutamos, y es la nivelación del capital con el trabajo. Prescindamos de la contradicción, que ya hemos indicado, de permitir el ocio eterno al que ha aportado un capital, allí donde sólo valen el talento, el mérito y el trabajo, y fijémonos sólo en que aquí, como en la sociedad, el capitalista será de mejor condición que el que carezca de capital, aunque éste sea muy superior a aquél en talento y en mérito, pues el primero podrá no trabajar, mientras que el segundo deberá hacerlo; ciertamente que si en el Falansterio los productos pudiesen valer algo, si hubiese algún interés en las ganancias, la diferencia entre el capitalista y el que podríamos llamar industrial, sería eterno origen de lucha y de rencores, y véase, por último, cómo Fourier, que estableció su sistema para evitar las desigualdades que trae consigo la riqueza, da a ésta la supremacía.

A pesar de todo lo dicho, nosotros no dejamos de pensar como un sabio economista francés198; sería conveniente que el sistema se plantease una vez más, no porque creamos que pueda producir resultados, sino porque, como, hablando del Falansterio, decía un eminente español199, el Falansterio podría convertirse en un nuevo pueblo, y siempre el país ganaba algo.

5. ROBERTO OWEN, rico fabricante inglés e iniciador de las sociedades cooperativas, como ya hemos dicho, organizó de tal modo el trabajo en sus establecimientos fabriles, dando participación a sus obreros, que no sólo obtuvo inmensas ganancias, sino que contribuyó en gran manera a la felicidad de sus operarios, y creyó desde luego, no sólo que este milagro era debido a la nueva forma dada por él a la sociedad, sino al trato igual que en el seno de ella había adoptado para todos; entusiasmado con el éxito obtenido en su fábrica de New-Lanark, en Escocia, partió para la América del Norte, y fundó la colonia de New-Armony; pero en su sistema fue más lejos que los anteriores, y llevó la igualdad a la exageración; así, pues, no sólo prescindió por completo de toda idea religiosa, sino que consideró todos los actos como fatales, y proscribió toda noción de mérito y demérito, de recompensa y de castigo; claro es que la propiedad no se conocía: la colonia se desorganizó muy pronto, y Owen se volvió a Inglaterra, donde trató de popularizar el sistema por medio de la prensa, y aun hizo nuevas tentativas sin éxito para plantearlo.

6. Los sistemas socialistas que hemos analizado, no sólo pueden tratarse bajo el punto de vista teórico, sino que casi todos ellos se han realizado prácticamente. MM. Bazard y D'Enfantin, discípulos y seguidores de Saint-Simon, reunieron cuatro mil obreros y un capital de seiscientos mil francos y establecieron el sistema; pero muy pronto la asociación se deshizo, tanto por la indisciplina de los que la componían y la falta de respeto y obediencia a sus jefes, cuanto porque entre éstos surgió una cuestión gravísima, que les hizo separarse, respecto a la misión que la mujer estaba llamada a desempeñar en la sociedad y al carácter peculiar que debía ostentar, y es que ni es fácil ni hacedero romper las instituciones que, nacidas de la manera especial de ser del hombre, tienen la razón de su existencia en esa misma naturaleza y en una voluntad y razón superiores a la humanidad. La familia, base y cimiento de toda asociación posible y uno de los signos distintivos y característicos del hombre con su carácter de perpetuidad, con sus lazos, que sólo la muerte afloja sin romperlos por completo, es una de esas instituciones que, destruida, o siquiera olvidada, arranca al hombre su especial distinción, le iguala con el resto de los animales, y, por lo tanto, hace imposible todo lo que de ellos le separa; de la misma manera que, desapareciendo la familia, pierde el hombre la noción de sociabilidad, y sólo concibe la unión efímera, pasajera y momentánea del animal, destruida la propiedad individual, pero hallando los medios de vivir en el momento, todo lazo, todo estímulo desaparece, y el hombre se convierte en un ser estacionario.

Los mismos inconvenientes que acabamos de indicar, produciendo idénticos efectos, destruyeron el Falansterio creado en 1841 por Mr. Arturo Joung, que compró al efecto la abadía de Citeaux, y que, aunque descartó del régimen del establecimiento muchas de las doctrinas inmorales del sistema de Fourier, no pudo privarle por completo de sus elementos inarmónicos y destructores, a los que se añadió la aglomeración de gentes de letras, miembros improductivos en el Falansterio, pero que consumían sus rentas.

Las misiones del Paraguay, a pesar del profundo talento de los jesuitas que las dirigen, a pesar de que en ellas está vivo el sentimiento religioso, que siempre une, y de que se trata de un pueblo dócil y casi primitivo, no han producido tampoco los grandes resultados que se esperaban200.

La única institución en que la propiedad corporativa o común ha podido subsistir y que ha producido notables frutos, ha sido el convento cristiano; pero esta notabilísima excepción tiene su causa en la ruptura profunda y completa que el monje realiza con todos los lazos y existencias externas, en que le sostenía una fe religiosa inmensa, y un sentimiento de caridad no menos grande; en que la materia, con todas sus manifestaciones, estaba por completo sometida al espíritu, único elemento dominador y poderoso allí; por eso citamos la vida monástica como una excepción que no puede extenderse ni generalizarse; por eso, desde el momento en que la fe religiosa se ha debilitado, enfriado el sentimiento de ardiente caridad; desde el momento en que la naturaleza humana, aun en la soledad del claustro, ha querido buscar su nivel, el convento cristiano ha desaparecido; alta, noble y grande fue su misión en lo pasado, pero la realizó, y ya hoy nada tiene que hacer; por eso no es posible su existencia.

7. El verdadero y más fuerte adalid que contra el principio de propiedad y el derecho de apropiación se ha levantado, ha sido MR. PROUDHON, que en sus dos Memorias tituladas: ¿Qué es la propiedad?, y en las notables publicaciones políticas y económicas que ha producido su pluma, no sólo ha combatido el principio con todas sus fuerzas y con una lógica inflexible y sorprendente, sino que ha negado la existencia del principio de propiedad en absoluto.

Comienza dando de la propiedad una peregrina definición: la propiedad, dice, es el robo, y de esta definición deduce que el propietario no sólo comete un crimen de origen arrancando a los demás hombres lo que no le pertenece ni debe pertenecerle, sino que por sostener el fruto de ese crimen primitivo, sigue delinquiendo, toda vez que rechaza por la fuerza toda tentativa contraria al libre uso de lo que imagina su derecho, atentando al derecho y aun a la vida del desgraciado proletario, a quien una falsa civilización ha sumido en la miseria y quiere emanciparse de ella.

La propiedad, y especialmente se fija en la territorial, es para Mr. Proudhon un robo, porque la tierra no es de nadie ni a nadie puede pertenecer; por lo tanto, exclusivamente es de todos, todos tienen derecho a sus productos, porque todos tienen derecho a vivir, y la tierra es un medio de existencia. Para eso la creó Dios, por eso hizo a todos los hombres iguales en naturaleza, en fuerzas, en facultades y en el destino que están llamados a realizar en la creación; por lo tanto, quitar a la tierra su cualidad de nullius y común, no sólo será, según la enérgica frase empleada, un robo, sino un atentado contra la voluntad de Dios.

Sancionar, como las sociedades modernas lo han hecho, un derecho absoluto de igualdad, siquiera sea esencial, cuando al lado de hombres privilegiados que gozan de todas las ventajas materiales, morales e intelectuales existen otros que ni aun conocen su existencia, porque en absoluto les faltan los medios de vivir, o son éstos tan exiguos que no le permiten el menor desarrollo moral e intelectual, es el más amargo y duro de los sarcasmos que han podido concebirse.

Esta situación, añade, puede comprenderse si el hombre viviese en el estado de naturaleza, dominado por la fuerza y no por la razón en el aislamiento en la lucha; pero el estado natural dista mucho de ser el bello ideal del hombre que es sociable, y si en aquél, dominado por la fuerza, ha de dominar necesariamente la desigualdad, en éste, dominando la razón y el derecho, ha de ser la igualdad el signo característico y esencial, puesto que sin ella no se puede concebir la sociedad que, como reunión de individuos esencialmente iguales, al reunirse quieren ser tratados con igualdad, esto es, sin consideración a su capacidad y a sus servicios, sino a su personalidad.

La propiedad es la explotación del hombre por el hombre, toda vez que el rico se impone al proletario de tal modo, con fuerza tal, que crea una especie de esclavitud, la esclavitud del hambre, la servidumbre de la miseria. La propiedad, pues, debe desaparecer de toda sociedad bien constituida que quiera realizar los fines generales del hombre y contribuir a que realice los parciales e individuales.

El sistema de Proudhon, que a grandes rasgos hemos examinado, planteado por él con energía y habilidad, sostenido con una fuerza de lógica irresistible, y presentada la teoría bajo una fórmula aterradora, conmovió al mundo y fue causa de larga controversia, como lo ha sido, según veremos luego, de gravísimos males sociales; y a pesar de todo el brillante y científico aparato con que el jefe de los comunistas franceses ha revestido su teoría, y a pesar del ataque brusco y directo que contra la propiedad como principio y como derecho asesta; bien examinada, se reduce a una nueva organización, a una nueva forma que Proudhon quiere dar a la propiedad, confundiendo tal vez, como han hecho otros muchos autores, el principio con su desenvolvimiento histórico, el origen científico y filosófico de la propiedad con el material y de derecho positivo.

De todos modos, hemos creído muy necesario detenernos un punto en analizar y refutar los sistemas socialistas y comunistas, y aun nos detendremos algo más, porque la cuestión de propiedad está hoy, como vulgarmente se dice, sobre el tapete, porque la exageración de ciertos sentimientos generosos por una parte, la pasión política por otra, y la miseria y los sufrimientos de una parte no escasa de la humanidad, han hecho que este problema, gravísimo y trascendental de suyo, revista hoy las formas más terribles y aterradoras, porque tal vez se quiera, en día no lejano, resolverle, no por la razón, por la ciencia y por el derecho, sino por la fuerza, y ese día será el precursor de desastres sin cuento.

España había hasta ahora vivido sin que el problema social planteado por Proudhon tuviese grande importancia, porque en su seno no habían entrado ni el pauperismo ni el industrialismo con su terrible cortejo de males; pero de poco tiempo a esta parte, el problema se ha presentado con toda la energía, con toda la pasión de nuestro carácter meridional y ardiente, y las hermosas y fértiles llanuras de Andalucía, y otras comarcas no menos ricas y bellas, están ya sintiendo, y muy duramente por cierto, los efectos de haberse planteado el gran problema.

Por eso, al terminar la refutación de los sistemas socialistas y comunistas, dedicaremos algunos párrafos a ocuparnos de la hoy sin ventura tierra de España, donde tal vez el problema que hoy aterra, y con razón sobrada, al mundo civilizado, va a resolverse ventajosamente, pues elementos sobrados existen para ello.

8. Volviendo a nuestro punto de partida, vamos a tratar de combatir el sistema proudhoniano sin casi salir de él mismo. Hemos dicho que en medio de la forma notable y de grande efecto con que reviste la teoría y de los rudos golpes que dirige contra la propiedad, puede muy bien reducirse el sistema a sólo un cambio en la forma y manera de ser externa de aquélla. En efecto, la proposición capital del sistema «La propiedad es el robo», o acusa en su autor una contradicción grandísima, o el reconocimiento del principio; porque si éste se desconoce, si la propiedad, como noción espiritual, como principio de conocimiento, ni existe ni debe existir; si el derecho de apropiación, condición absoluta y esencial para que aquel principio se realice, es en su esencia una iniquidad, ¿cómo la propiedad es un robo?, esto es, ¿cómo la propiedad es el acto de apoderarse de lo ajeno contra la voluntad de su dueño? El robo implica dominio, posesión, propiedad sobre la cosa robada; si la propiedad no existe, el robo es imposible. Si la propiedad actual, a la que sin duda Proudhon se refiere, es un robo, claro es que implica el despojo fraudulento a otro propietario, y poco importa que el propietario despojado sea un individuo o una colectividad, porque tanto en el uno como en el otro caso, el principio de propiedad y el derecho de apropiación existen; toda la cuestión será si las cosas en cuestión corresponderán al propietario actual, ladrón, según el autor que nos ocupa, o a otro hombre que aún no las ha poseído; reconocidos el principio y el derecho, la cuestión pierde mucho de su gravedad e importancia, y en vez de cuestión de principios, queda reducida a cuestión de forma y de legitimidad externa.

Si estas indicaciones no bastan a demostrar la exactitud de nuestros asertos, aún hallamos en el sistema nuevas pruebas; «la tierra es nullius», dice, a nadie pertenece, todos tienen el derecho de vivir de ella»; pues bien; supongamos por un momento que, siguiendo las inspiraciones del sistema, llega ese momento de redención humanitaria, y que Proudhon se encuentra con toda la tierra a su disposición, ¿qué hará de ella? ¿La dejará erial y desierta? ¿La distribuirá en pequeños lotes y temporalmente? ¿La hará cultivar en común? Que no hará lo primero, es claro, porque tanto valdría como condenar a la humanidad a morir de hambre. Si la distribuye, sea la que sea la cuantía de los lotes, sea el que sea el tiempo por que los conceda, es innegable que lo hace para que alguien se aproveche de ellos, y prescindiendo de que esto es ya una apropiación, aunque pasajera, los productos que necesariamente han de consumirse en todo o en parte, y que, por lo tanto, no han de volver al fondo común, ¿no constituyen una verdadera apropiación? El cultivo en común es imposible, porque sería sancionar la mayor de las desigualdades.

Si se ataca la propiedad, como se hace en el sistema, precisamente porque hay muchos que están privados de ella, no se destruye el derecho, más bien se pide que se amplíe y extienda; por otra parte, la tierra puesta en cultivo, sea cual fuere la forma en que esto se haga, produciría, como hemos dicho, y estos productos, aun entrando en el acervo común, habían de ser objeto de propiedad; pero aun negando esto, el hombre ¿no podría cazar al animal que vaga por la tierra o por los aires para satisfacer su hambre? y el apoderarse de él y consumirlo, ¿no será un verdadero acto de apropiación, una verdadera manifestación del derecho?

De que todos los hombres nazcan esencialmente iguales; de que, según el sistema, se quieran destruir hasta las desigualdades formales, no concediendo nada al talento, al mérito ni al trabajo, ¿se deduce que la propiedad no deba existir? Tal vez, si la igualdad se busca por medio de la destrucción, de ninguna manera si es como debe ser; si la igualdad se busca creando, que es, como hemos dicho, la única manera de igualar digna del hombre y acorde con su naturaleza inteligente y creadora. Es, sin duda, peregrino el argumento: porque hay una masa de hombres que no son propietarios, que viven en la estrechez, destruyamos la propiedad; porque hay cien ricos y doscientos pobres, hagamos trescientos pobres, arrancando a los ricos lo que poseen; el argumento, teniendo en cuenta la naturaleza esencial del hombre, que es crear, progresar y elevarse de lo menos a lo más sería: puesto que hay doscientos pobres y cien ricos, hagamos trescientos ricos.

«La propiedad existiría en el estado de naturaleza»; luego la propiedad es natural al hombre; ¿y puede irse jamás contra la naturaleza? ¿y por ese camino se podrá crear nada sólido y duradero? Verdad es que Proudhon dice que el estado natural no es el bello ideal de la humanidad, que se perfecciona en la sociedad; pero eso no quita que aquel estado sea manifestación de la naturaleza humana en una aparición primitiva, y si en ella apenas las tierras se cultivan o el cultivo es muy imperfecto, y en estados más avanzados de civilización y en que la previsión humana es más extensa como más racional, el cultivo y el producto se elevan, ¿será aspirar al bien y realizar el progreso destruir la propiedad y volver al punto de partida, esto es, a los tiempos de menos producción?

«La propiedad trae la explotación del hombre por el hombre»; realmente no se puede sostener esta proposición en absoluto, porque el trabajo del obrero con relación al propietario es objeto de un contrato, y donde el contrato existe, no puede existir explotación del hombre por el hombre, como existía en la antigüedad; ¿podría sostener Proudhon que cuando el enfermo llama a un médico y se aprovecha de su ciencia, y éste pide luego sus honorarios, hay explotación de una parte ni de otra? No, ciertamente; pues esto precisamente pasa en todas las esferas de la actividad en que hay uno que trabaja y otro que retribuye; podría decirse, sin embargo, que el estado miserable en que se halla el operario hace que, entre perecer de hambre y vivir sufriendo la ley del que le paga, opte forzosamente por esto último, sin reparar en las duras condiciones a que se le somete; pero esto no se corregirá por cierto destruyendo la propiedad, sino extendiéndola y variando o mejorando las condiciones del salario, lo cual vendrá en su día, natural y dulcemente, como resultado de los progresos del derecho y de las ciencias sociales.

9. Hemos terminado la exposición y refutación de los principales sistemas socialistas y comunistas, y debemos añadir, como objeción general a todos ellos, que ocupándose principal, casi exclusivamente del bien material del hombre, de su vida física, y olvidando casi por completo el desarrollo del espíritu en sus dos manifestaciones moral e inteligente, le materializan, rompen por necesidad todos los lazos y relaciones que nacen del espíritu, y por eso ni la propiedad, ni el matrimonio, ni la familia, ni la religión, ni el derecho, caben en ellos. La razón, demostrando que el hombre no puede existir sin apropiarse todo aquello que es medio de sustentar su vida en todas sus esferas de acción, demuestra, como ya hemos probado, que los sistemas socialistas y comunistas, planteados, destruirían al hombre y a la humanidad, o cuando menos sostendrían la materia a costa del espíritu; pero como el hombre no es sólo materia, sino espíritu; como éste ha de sobreponerse siempre a aquélla y dirigirla; como todos los desarrollos humanos llevan el sello del espiritualismo, y por consiguiente, de la perpetuidad, esos sistemas, traducidos a la práctica, lejos de producir resultados beneficiosos, han tocado muy pronto a la más completa desorganización y se han desvanecido como el humo, dejando sólo como residuo en el seno de la sociedad la sed de goces materiales y el odio y los rencores del pobre contra el rico, que se han revelado y revelarán aún por medio de excisiones terribles y luchas sangrientas.

10. España, hasta la segunda mitad del presente siglo, aunque había contado en su seno escritores del mérito de Flórez Estrada201, que habían combatido la propiedad, y otros que, cómo Jovellanos202, habían querido modificarla, no había sufrido la influencia de las ideas que hemos combatido; debíase esto, por una parte, a las formas especiales y peregrinas que la propiedad afectaba en nuestra patria; por otra, a que su población no era tan exuberante que se sintiese la miseria, y, en fin, a que un sentimiento de caridad, o cuando menos una costumbre inveterada, establecía relaciones especialísimas y de protección entre el propietario y el obrero; pero sobre estas circunstancias y otras muchas no menos atendibles que al parecer hacían imposible el entronizamiento de ciertas ideas, existían, por desgracia, otras que les han abierto el camino. Si es cosa innegable la inmensa riqueza y fertilidad de nuestro suelo, que abraza toda la clase de producciones agrícolas desde las de la helada Rusia hasta las del trópico; si lo es igualmente que en aguas, en minerales, en clima, nada tenemos que desear, y que la desamortización civil y eclesiástica, lanzando a la circulación una masa enorme de riqueza territorial, pudo extender la propiedad de una manera pasmosa, también es cierto que una administración poco precavida y poco inteligente, abandonando la propiedad y al propietario, prescindiendo por completo del conocimiento de aquélla en su esencia y accidentes, y del derecho de éste en sus varias manifestaciones, no sólo ignora y deja ignorar al pueblo los grandes elementos de riqueza con que cuenta España, no sólo por esa misma ignorancia ha privado a la propiedad del movimiento que le era tan necesario para la vida y el acrecentamiento, sino que ha secado todas las fuentes de engrandecimiento y prosperidad que el país encierra, al par que ha dejado al propietario abandonado por completo en sus derechos, que desconoce, y, por lo tanto, a merced de los litigios y eternas dudas de que la propiedad viene siendo objeto.

En este estado la nación, al mediar el siglo XIX comenzaron a conocerse, propagarse y acariciarse las ideas socialistas y comunistas, que en poco tiempo han tomado un incremento tal, que se están tocando con rara energía y repetición los tristes resultados: el mal, pues, ha tomado ya en España muy serias proporciones, y no es fácil ni hacedera cosa atajarlo en su marcha ni por la predicación ni por la fuerza, y sin embargo, como decíamos en párrafos anteriores, tal vez es en nuestra patria donde el problema puede tener una resolución científica y eficaz. En primer lugar, aquí el pauperismo y el industrialismo apenas son conocidos; por lo tanto, el peligro no es tan del momento como en otros países, y puede aguardarse una solución; en segundo, no hay tampoco una población exuberante para el trabajo; y en tercero, la masa enorme de riqueza que España encierra hoy está virgen, esperando una explotación inteligente que triplique su valor.

El problema social, pues, podrá resolverse aquí sin conmociones ni tristes y dolorosos sacudimientos; para ello sería necesario comenzar por conocer y describir de una manera científica, cierta y segura nuestra propiedad, de modo tal, que todo el mundo pudiese comprender su valor actual y el que por medio del trabajo asiduo e inteligente podría adquirir; hecho esto, sería preciso concretar de tal modo los derechos del propietario, asegurarlos de tal manera, que desapareciese hasta la sombra de duda, y con ella el ruinoso litigio; este doble trabajo produciría también una doble consecuencia: 1.ª, conocida, valorada y asegurada la propiedad, podría movilizarse de una manera prodigiosa y aumentar del mismo modo su valor, proporcionando al trabajo ancho campo de explotación y pingües rendimientos; 2.ª, fijaría una masa inmensa todavía de bienes del Estado, que, convenientemente dados a la industria y a la actividad individual, podrían aumentar prodigiosamente el número de propietarios, alejar la miseria, y hacer de los que hoy son enemigos de la propiedad sus más celosos defensores203: el problema, pues, se había resuelto para nosotros, no evitando que hubiera pobres y ricos y llegando a una igualdad absoluta, lo cual es imposible; no arrancando al rico su propiedad para darla al pobre, lo cual, sobre no ser otra cosa que cambiar los términos, no puede sostenerse por inmoral y contrario a la razón y al derecho; no, en fin, destruyendo el principio de propiedad, lo cual es imposible, porque tanto valdría como ir contra la naturaleza humana; en una palabra, no destruyendo para llegar a la nivelación de la nada, sino creando para conseguir la nivelación del progreso, la nivelación racional y propia de las aspiraciones del hombre.

Extendida así la propiedad, creada la emulación en el trabajo por el interés personal bien entendido, la economía y el ahorro se harían posibles, la honradez, la laboriosidad y la inteligencia tendrían su premio, y el desarrollo intelectual y moral se extenderían rápidamente en bien de los individuos y en bien de la sociedad. Téngase en cuenta que hemos tratado la cuestión en principio, y que, por lo tanto, no nos ocupamos de las formas; y buscarlas es la misión del Estado, representante, como hemos dicho, de la razón que gobierna el mundo y las sociedades.

Creemos sin embargo, que estas ideas no deben pasar desapercibidas, y que es interés de todos fijarse en ellas y trabajar en su realización, los ricos, porque ese es el único medio de alejar y hacer imposible todo ataque contra su propiedad, los pobres porque podrán convertirse en propietarios, y el ejemplo y la solución que con facilidad suma puede darse en España, tal vez sirviera de norma y diera luz para resolver la cuestión general.

11. Las leyes positivas, el derecho, deben modificar la propiedad, extendiéndola, dándole bases fijas, facilitando su movimiento y aumento, abriendo anchas vías de circulación y de engrandecimiento y proporcionando por esos medios un mayor grado de cultura moral e intelectual.




ArribaAbajoLección XVIII

Del derecho en sus relaciones con las leyes del desenvolvimiento físico


SUMARIO.

1. Doble faz del derecho.-2. El derecho como noción abstracta.-3. Como noción concreta.-4. Opiniones acerca de la influencia del desenvolvimiento físico en el derecho.-5. Leyes de esta especie que más afectan a las manifestaciones externas del derecho.-6. Clima.-7. Edad.-8. Género de vida.-Diferentes estados del hombre.-9. 1.º Cazador.-10. 2.º Pastor.-11. 3.º Agricultor.-12. 4.º Comercial.-13. Un estado más adelantado no excluye a otro que lo es menos.-14. Razas.-15. Forma y extensión del país.-16. Religión.-17. Cultura intelectual.

1. Al estudiar al hombre bajo el punto de vista antropológico, y según la ciencia y la experiencia nos le presentaban, vimos que en él, en su naturaleza, se adunaban, en admirable armonía, los dos grandes elementos de la creación, la materia y el espíritu, pero en unión tan peregrina, que estando llamado el espíritu, como existencia superior, a dirigir y dominar la materia, ni podía anonadarla ni destruirla, ni siquiera prescindir de ella y de su acción en la vida terrena, y que, como existencia, tan santa e inherente al hombre era la materia como el espíritu; de la teoría entonces sentada dedujimos que el desenvolvimiento del hombre en todas las esferas de la vida, la realización de su destino había de verificarse por el espíritu como elemento cognoscente y racional, y al propio tiempo por la materia como elemento externo creador de relaciones. Concretándonos en la noción del derecho, y elevándonos al conocimiento de sus principios de conocimiento, vimos que éstos eran puramente espirituales en su esencia y aplicación individual, como condiciones para la realización del destino del hombre, que es espiritual, puesto que consiste en el bien, pero que exteriorizando el hombre los actos internos de su espíritu, ligándose en varia relación con sus semejantes, el derecho, que esencialmente era una noción espiritual, se convertía en noción externa que se realizaba por el espíritu, pero sirviéndose de la materia como medio. Por eso la noción del derecho se presenta a nuestro estudio bajo una doble faz, ya como puramente espiritual, abstracta y absoluta, ya como tomando forma externa, concreta y relativa, según que el hombre se desenvuelve en sí y por sí espiritualmente, o en sí y por sí, pero con relación a sus semejantes.

2. Bajo el primer aspecto, el derecho, considerado como noción primaria y absoluta, no es afectado por nada ni por nadie; las generaciones aparecen y pasan, nacen y mueren las civilizaciones, y el derecho permanece inmutable, como es inmutable la voluntad que le dictara; bajo este aspecto, en esta faz noble y grande hemos nosotros estudiado el derecho, sentado los principios eternos e inconcusos en que se asienta, y señalado los derechos absolutos o condiciones en virtud de las cuales el hombre, por razón de su naturaleza, puede agitarse en la esfera de aquellos principios.

3. Hecho esto, debemos ahora descender a la vida externa, a la vida de relación que se crea por mediación de la materia, y en la que ésta, con todos sus accidentes, tiene una misión importantísima; y así como el hombre, por virtud de esta transición de ser absoluto, pasa a ser de relación, del mismo modo el derecho de absoluto se convierte en concreto y relativo; así como el hombre allí no era afectado por las existencias exteriores ni éstas modificaban su ser, como aquí sucede, así el derecho era ajeno a toda modificación e influencia externa, y aquí se modifica por ellas.

Por eso podemos dividir el derecho en absoluto, que es el que ha ocupado nuestra atención, y concreto, que va ahora a ser objeto de nuestro estudio.

Lo dicho basta para comprender que el derecho concreto, no sólo reviste forma externa y ha de ser exteriormente aplicado, sino que estará sujeto a la influencia de las leyes del desenvolvimiento físico del ser, en tanto en cuanto su aplicación será, hasta cierto punto, tangible y material.

4. Cuestión muy debatida ha sido la de fijar la influencia que las leyes del desenvolvimiento físico han ejercido en el derecho concreto, y al traerse al palenque han tomado, como siempre, parte en la lucha la materia y el espíritu; las escuelas materialistas, dando suma importancia a aquellas leyes, las espiritualistas queriendo negárselas en absoluto; ahora, como siempre, que las dos escuelas se colocan frente a frente en todo su exclusivismo y prescindiendo del hombre tal cual es y de su naturaleza esencial, ni la una ni la otra llevan la razón; no la materialista, porque esas leyes del desenvolvimiento físico no son el todo, ni como veremos luego, bastan a modificar y cambiar por su base lo que como el derecho concreto, aunque ostente una forma externa y material, es en su esencia espiritual y absoluto; no la espiritualista, porque al vestirse el derecho forma externa, ha de sufrir el choque y las influencias de las cosas externas también que le rodean.

No apartándose de las ideas capitales que la ciencia nos ha revelado, considerando al hombre tal cual es, como reunión del espíritu y de la materia, pero obteniendo aquél la supremacía sin destruir a ésta, y debiendo seguir la misma regla cuanto con el hombre se relaciona, el derecho, aunque al exteriorizarse sienta la influencia de circunstancias externas y físicas, ni perderá ni amenguará su esencia espiritual, ni esa influencia será tan poderosa y decisiva como quieren los materialistas.

5. Concedamos, pues, a las leyes del desenvolvimiento físico del hombre cierta influencia en la marcha y realización del derecho, pero no sobre el derecho absoluto, sino sobre el concreto, y aun sobre éste no decisiva, constante e igual, sino variable, desigual y transitoria; y sentados estos preliminares, pasemos a señalar cuáles son las leyes del desenvolvimiento físico que más afectan a la naturaleza material del hombre, y que, por lo tanto, afectarán también más profunda y directamente a la manifestación externa del derecho; las principales son la edad, el clima, el género de vida, las razas y la forma y extensión del país; hanse indicado también la religión y la cultura intelectual, pero ambas pertenecen al mundo del espíritu; no son, no pueden ser consideradas jamás como leyes del movimiento físico, sino del moral e inteligente; a las veces ellas, como el derecho, sufrirán la influencia de las leyes físicas, y muy a menudo influirán en el derecho, pero sucederá lo primero siempre que se exterioricen, y lo segundo, no bajo el punto de vista material, sino bajo el espiritual, moral e inteligente.

6. El sabio autor del Espíritu de las leyes, Mr. de Montesquieu, cuyo nombre será siempre pronunciado con respeto por cuantos a la ciencia del derecho se dediquen, en la obra citada, que inmortalizó su nombre, atribuyó suma importancia en la marcha progresiva del derecho a las leyes del desenvolvimiento físico, y la que más fijó su atención fue la del clima. Siguiendo en su obra la marcha evolutiva del derecho al través del tiempo y del espacio, fijándose muy especialmente en la aparición política y de forma de gobierno, creyó que en el clima podía hallar la causa ocasional de ciertas y determinadas formas de gobierno, y por lo tanto, del derecho en casi todas sus fases y manifestaciones, aun en la faz absoluta y abstracta.

El clima, pues, según Montesquieu, afectará la forma política del derecho, caracterizando al poder social y dándole una forma determinada, y que puede prejuzgarse sin gran dificultad, según el calor o el frío, la humedad o sequedad de un país; a la forma social y civil, ya haciendo la vida social más o menos rica, variada y feliz, ya dando a la vida civil más o menos importancia y modelando de muy diversa manera instituciones como el matrimonio, la familia y las relaciones privadas de hombre a hombre, ya tocando hasta a los derechos absolutos, puesto que de él nacerá la mayor o menor extensión e importancia que puedan tener los de libertad, igualdad, propiedad y asociación.

La explicación de Mr. de Montesquieu es ingeniosa; el clima, dice, ejerce, sin duda alguna, poderosa influencia sobre el sistema nervioso de todos los animales, y el hombre está sujeto a ella; el calor y la humedad enervan y disminuyen las fuerzas y la acción del ser; en cambio el frío y la sequedad fortalecen el sistema nervioso, dan fuerza y energía, y el ser es activo e independiente, por lo tanto; teniendo, pues, en cuenta el efecto producido por esta diversidad de climas, sienta como consecuencia que el sentimiento de personalidad en los que viven en climas cálidos es casi nulo, que la libertad y la independencia, si existen como sentimiento, ni se traducen ni se comprenden en la vida práctica, toda vez que las tres cualidades expresadas necesitan energía, actividad y fuerzas en el hombre, y son precisamente estas condiciones las que anula casi por completo el estado de decadencia nerviosa característico de los climas ardientes; por tanto, en los países que caen bajo de ellos, la forma de gobierno será el despotismo; porque para hombres que viven en la inercia y la inactividad más completa, que por no moverse dejan languidecer su personalidad, por no desarrollarse prescinden de su libertad, el que tenga un átomo más de energía se sobrepondrá a los demás, que verán impasibles su dominación, y la sufrirán tan sólo por no tener el trabajo de oponerse a ella. Lo mismo que en el orden político sucederá en el orden civil; el padre de familia se constituirá, no en jefe racional, sino en señor de ella; impondrá su voluntad a todos los miembros, que la sufrirán sin lanzar siquiera la menor protesta; como consecuencia del despotismo dominándolo todo, tendremos que la mujer será la esclava del hombre, y éste, que sólo la toma como instrumento de placer, no se contentará con una sola; la poligamia será otra de las instituciones propias de los pueblos que nos ocupan.

En cambio, la fuerza, la energía, la actividad a veces vertiginosa de los hombres que habitan en países secos y fríos, dándoles el sentimiento de su poder individual, de su fuerza física, les hace comprender que pueden bastarse a sí mismos, y por lo tanto, el sentimiento de independencia y el de personalidad se revelan con grande energía, su actividad les lleva a desarrollarse y moverse constantemente, y sienten que son libres y se desenvolverán en toda la plenitud, mejor dicho, en toda la exageración de su libertad; en estos pueblos, por lo tanto, será imposible todo despotismo político, porque ninguno querrá ni podrá sufrir la imposición de la voluntad de otro; las relaciones de familia revestirán las mismas cualidades de libertad, independencia e igualdad, y de aquí que el despotismo familiar, la preponderancia absoluta, la personalidad única y absorbente del padre de familia no sea tampoco conocida; y como el sentimiento enérgico de personalidad e independencia se revelan, así en la mujer como en el hombre, las relaciones entre ambos tendrán cierto carácter de igualdad, y la poligamia no será en estos países conocida.

A las manifestaciones extremas de los países dominados por un clima extremadamente frío o ardiente y abrasador, responden con una manifestación media los países templados, en los que todo será acordado y armónico; en efecto, en ellos la actividad existirá, sin ostentar el carácter vertiginoso que en los climas fríos; la independencia, nacida de la energía que un sistema nervioso bien desarrollado sostiene, ni será la independencia ruda e indomable de los hijos del norte, ni la indolente y casi embrional de los de los trópicos; el hombre comprenderá su personalidad, pero no egoística y puramente individual o de hombre solamente, sino como parte integrante de una personalidad general y armónica; el gobierno será también armónico, porque el poder social no podrá imponerse, pero será respetado y obedecido; finalmente, la familia, unida por el lazo de la armonía, se regirá por derechos y deberes recíprocos de todos sus miembros; la mujer será, no la esclava, sino la compañera del hombre, y la monogamia será la ley que rija las relaciones entre ambos.

La teoría expuesta por Mr. de Montesquieu no es aceptable, según hemos indicado; verdad que el clima tiene cierta influencia, no tan fácil de medir y aquilatar, como el autor pretende, sobre el sistema nervioso; verdad que las manifestaciones de éste pueden tener también alguna en la vida externa del ser, pero no tan segura y preponderante como la que ejercen sobre el animal, porque el hombre no es sólo materia, porque sobre su manifestación física sensible está el espíritu, está la razón, que, como hemos visto con repetición, se sobreponen a la materia y la dirigen y regulan sus movimientos, sin destruirla ni aniquilarla.

La influencia del clima puede ser decisiva en la vida animal, pero dista muchísimo de serlo en la hominal; y tanto es esto así, cuanto que el Creador ha colocado en cada clima especies de animales propias; pero el hombre es de todos los climas, y en todos ellos, por toda la faz de la tierra es el mismo, con las mismas cualidades, con las mismas fuerzas, con las mismas facultades, con el mismo destino, con las mismas condiciones para realizarlo; en una palabra, el hombre y siempre el hombre.

Por eso cuando la diferencia de climas da cierto sesgo, cierto carácter particular a las manifestaciones externas y materiales del hombre, la razón, el espíritu, la inteligencia, vienen a modificarlas, a cambiarlas, para que no se destruyan la igualdad y la unidad esenciales de la especie. Si de otra manera fuese, observaríamos en la vida del ser humano la misma unidad constante, cuantitativa y esencial, que sin relación al tiempo ni al espacio caracterizan a los otros seres, el hombre del polo sería hoy el mismo que en los primeros siglos del mundo, como lo es el oso blanco de sus heladas comarcas. Y que esto no es así, la historia y la experiencia lo demuestran: el clima de Grecia, de Roma o de las Galias no ha variado, y sin embargo, ¡qué diferencia tan inmensa entre la Grecia y los hombres del tiempo de Alcibíades o Pericles, la Roma de Catón y Cincinato, la Galia de los Brenn204 y la Roma de Trajano y de nuestros días y la Grecia y la Galia actuales! Si, pues, no habiendo cambiado los climas han cambiado profundamente los usos, las costumbres, el derecho, la religión de los pueblos, es claro que el hombre, con su razón y con su inteligencia, se sobrepone y domina a los demás, como domina y se sobrepone a todo lo que es material, en vez de ser dominado y sometido por ello.

Finalmente, a ser cierto el sistema del sabio autor del Espíritu de las leyes, el despotismo debería dominar en las comarcas americanas como dominó en la India, y sin embargo, ellas viven por la libertad y por la democracia.

El derecho, pues, como reunión de condiciones emanadas de la naturaleza humana, en virtud de las cuales el hombre se desenvuelve voluntaria y libremente y cumple su destino, no variará por los accidentes externos, por más que éstos tengan alguna influencia en su manifestación puramente externa y concreta, mientras la naturaleza y el destino humanos sean unos.

7. Indudablemente la edad influye en la vida externa del hombre y en sus manifestaciones formales, pero ni cambia la naturaleza del hombre, ni modifica su manera de ser ni su destino; por lo tanto, no puede modificar ni cambiar el derecho. El hombre, como ser espiritual, aunque se desenvuelve en el tiempo y en el espacio, lo hace sin consideración al tiempo ni al espacio; y como la materia, aunque es instrumento de relación, está sometida y dirigida por el espíritu, es claro que no puede dar la ley a éste.

8. El género de vida podrá ser causa de un mayor o menor grado de desarrollo y perfeccionamiento en el hombre, pero no de modificaciones en el derecho absoluto y primario, ni menos en los principios en que la ciencia del derecho se asienta, por más que, como el clima, pueda influir algo en la aparición y forma externa del derecho concreto y positivo, puesto que significa diferentes grados en la civilización humanitaria.

Los autores suelen dividir la vida, con relación a la civilización humanitaria, en cuatro estados, que son: cazador, pastor, agricultor y comerciante, y que significan los pasos sucesivos del hombre desde su aparición embrional, en la senda del perfeccionamiento y del progreso.

Para fijar la manera de ser de cada uno de estos estados de la vida humanitaria, su influencia en la civilización y la importancia que en ellos ha tenido el derecho, así como la que han podido ejercer en la faz concreta de éste, recordemos cuanto hemos dicho acerca de la naturaleza esencial del hombre. Apenas sale el hombre de su edad física o embrional y se coloca sobre la tierra como un ser distinto, decíamos que lo primero que le afectaba eran los instintos, las tendencias y las necesidades, elementos puramente físicos, pero de necesario y momentáneo cumplimiento; de todas las necesidades, de todos los instintos los que primero y con más fuerza se revelan, son el hambre y el frío; el hombre necesita comer y vestirse, y buscar una guarida, ésta la encuentra en el árbol o en la caverna de una roca, el alimento y el vestido se le brindan los animales con su carne y con sus pieles, el hombre los persigue, lucha con ellos y se los apropia.

9. 1.º Nace entonces el primer estado, el estado cazador; fácil es de comprender que en este estado el hombre se aleja y huye del hombre; necesita tierra, necesita espacio para perseguir la caza; el que como él la persigue y se la apropia, disminuyendo así los medios de vivir, es su enemigo, es una fiera más a quién debe perseguir y exterminar; en este estado, el derecho no existe, no tiene siquiera medios de hacer su manifestación ostensible, porque la vida de relación no existe; lejos de buscarla, el hombre huye de ella; pero aun en este estado imperfectísimo, el hombre, como repetidamente hemos dicho, se distingue de los demás animales; pues mientras que éstos, satisfecha la necesidad, abandonan el resto de la presa, sin comprender que la necesidad puede repetirse, el hombre conserva los restos del festín, que han de proporcionarle un ocio, un descanso en la actividad física de su vida; ese ocio le permite observar que entre los animales que persigue y destruye para satisfacer sus necesidades, hay algunos que se pueden domesticar, esto es, someterse a la voluntad del hombre, que pueden agruparse y multiplicarse, asegurando y multiplicando así los medios de satisfacer sus necesidades.

10. 2.º La inteligencia y la reflexión, pues, hacen que el hombre pueda pasar del estado cazador al de pastor, y extender más, y más asegurar los medios de satisfacer sus necesidades; el paso de progreso que el hombre realiza es inmenso, ya no será el enemigo del hombre, ya no verá en su semejante el enemigo encarnizado que viene a arrancarle la presa, sino al compañero con quien, uniéndose, puede hacer más rica y poderosa la vida; la asociación nace, los lazos de la familia se fortalecen y perpetúan, busca en los individuos que la componen auxiliares para sus trabajos, y comparte con ellos gustoso los productos, por lo mismo que los acrecientan, y no tiene el temor de que le falten medios de vida; surge en su mente más enérgica y poderosa la idea de apropiación, puesto que, hasta cierto punto, el rebaño es parte integrante de su ser y de su familia; el derecho hace ya su aparición ruda y material, apenas definida, verdad, pero al fin se manifiesta. El hombre, el padre de familia, como jefe de ésta, que es la asociación más fuerte y enérgica entonces, asume todos los poderes, es el sacerdote, el legislador, el juez y el señor; ante su voluntad prepotente desaparecen todas las voluntades, su personalidad las envuelve todas; él es, por lo tanto, la manifestación viva y enérgica del derecho. La tribu se gobernará por la voluntad de los jefes de familia reunidos, y el consejo de los ancianos será el árbitro dispensador del derecho.

Aún el pueblo pastor, el pueblo nómada, no ha fijado su planta sobre la tierra, aún vaga de uno a otro lado en busca de nuevos pastos cuando los que escogió se han agotado; pero la familia existe y con ella la sociedad.

Los ocios y el descanso materiales que, como hemos dicho, se traducen siempre en progresos de todas las esferas de la vida, acrecen en el pueblo pastor, que bajo el techo de la movible tienda, asegurada su existencia material o caminando lentamente en pos del rebaño, ya puestos los ojos en el firmamento, observa y compara el movimiento de los astros para medir el tiempo, ya la marcha vegetativa de la tierra en las estaciones y en los productos espontáneos que le brinda, y el deseo de fijar la tienda y de explotar la tierra y de cubrir necesidades nuevas y asegurar más y más la satisfacción de las primitivas, le hace imponer su voluntad a la tierra y meterla en cultivo y acopiar sus productos, como una garantía más de seguridad en lo porvenir; el hombre cambia, pues, el estado de su vida, se fija en el suelo, se hace agricultor.

11. 3.º El estado agricultor nace, pues, de un progreso puramente espiritual del hombre, la razón le hace comprender que él es el ser superior de la creación, que así como los animales todos le obedecen y están a su servicio y fueron creados para él, así la tierra, donde asienta su planta, fue también creada para que él impusiera su voluntad, la hiciera producir y la convirtiese en rico manantial de bienes materiales, que le pertenecen, como rey y señor que es en la tierra de todo lo creado. Desde el momento en que el nómada se fija en la tierra, desde el instante en que comienza a cultivarla, la tienda se convierte en casa, el aduar en ciudad. Ésta es, no sólo la reunión de casas, sino el depósito general de toda riqueza y la fortaleza inexpugnable levantada contra cualquiera que, codicioso, quiera apoderarse de las riquezas arrancadas a la tierra con el trabajo y el sudor de los agricultores: por eso las ruinas que nos quedan de todas las ciudades primitivas demuestran que se edificaban en puntos elevados, que su forma era cuadrada, ceñidas de fuertes murallas, y conteniendo en su centro los graneros y depósitos de la riqueza individual y colectiva.

Pero a las veces, muy a menudo por punto general, estas precauciones no bastaban, y otras tribus, otros pueblos, menos favorecidos por el trabajo y la fortuna, o más feroces y guerreros, se lanzaban sobre la ciudad y los campos florecientes, talaban éstos, destruían aquélla, o se alzaban con las riquezas y habitantes que la ciudad contenía, apropiándose las primeras y sujetando a los segundos a una dura emigración y a una más dura servidumbre.

A pesar de todo, el estado agricultor significa, como hemos dicho, un inmenso progreso general y muy importante bajo el punto de vista del derecho; los hombres, obligados por un sentimiento de propia defensa a vivir unidos bajo los muros de la ciudad, las tierras laborables próximas, fuentes son de relaciones constantes, que no sólo extienden y fortifican los lazos sociales, sino que originan cuestiones constantes y repetidas, que si un día se dirimen por la fuerza, muy pronto caen bajo el dominio del derecho, comienza a conocerse éste, no ya como la manifestación ruda y embrional de la voluntad del jefe de la familia o del aduar, sino como aparición reflexiva, ante la que debe ceder la fuerza. Para aplicarlo se crea la magistratura, todavía la ejerce el patriarca, a quien los años y la experiencia han hecho venerable, individual y colectivamente, con el doble carácter de su respetabilidad y el sacerdocio que ostenta, pero muy pronto, creado un verdadero cuerpo sacerdotal, intérprete de la voluntad de los dioses e intermediario entre éstos y el hombre, la magistratura y el sacerdocio se confunden, y en nombre de los dioses se juzga y se sentencia, ya que los hombres, en esas edades en que la razón está tan lejos de dominar, necesitan, para doblar su altivez y su independencia, que la justicia se les imponga en nombre de la divinidad, y por los que a ella están estrechamente unidos; el juez, así en las cuestiones civiles como en las criminales, es el sacerdote, el tribunal los templos.

El quietismo material que la vida agrícola proporciona, la comodidad y continuas relaciones de la ciudad, no sólo dan tiempo y medios para que la razón se cultive, sino que acrecen las necesidades de todo género; la fama del estado floreciente y próspero de una ciudad se extiende y se dilata, la vida se hace más rica y exuberante, y al propio tiempo suele haber productos sobrantes; todas estas causas producen un doble efecto; por una parte, el que se trate de satisfacer esas necesidades nuevas con objetos que no produce la ciudad ni su territorio; por otro, que se quiera sacar partido del sobrante superfluo, y al mismo tiempo que la industria de todo género acrece, nace la caravana y con ella el cambio y el comercio.

12. 4.º La humanidad, los pueblos, entran en un nuevo estado de cultura y civilización, el estado comercial aparece, no ya para aumentar sólo la civilización y la cultura de un pueblo, sino para extenderlas por todas partes, para hacerlas cosmopolitas. La caravana, ese medio providencial de conocimiento y de unión entre los pueblos más distantes, y más varios, no sólo ha llevado de unos a otros la mercancía, y con ella la satisfacción de necesidades más o menos ficticias, sino la idea, el pensamiento, la savia intelectual de un pueblo, de una comarca, para que arraiguen y fructifiquen en otras comarcas, en otros pueblos, preparando así la unidad humanitaria. Tiro, Cartago, Alejandría, prepararon sin saberlo a la altiva Roma el terreno para implantar la unidad material del mundo romano, precursora de la espiritual a que aspira el mundo moderno.

El derecho no sólo adquiere nueva importancia y nuevos desarrollos en el seno de cada pueblo, sino que hace una nueva manifestación, y el derecho de gentes nace del estado comercial para regular cuanto en aquellos tiempos era posible las relaciones necesarias de nación a nación.

13. Al indicar las divisiones de los estados de la vida humanitaria no se crea que hemos querido hacer entre ellos una distinción profunda hasta tal punto que individualizados no se toquen ni coexistan, no; muy al contrario, los estados más perfectos y elevados, lejos de excluir a los inferiores, los abrazan y perfeccionan, tanto porque la vida a proporción que se espiritualiza tiende a ensanchar más y más sus esferas de actividad y evolución, cuanto porque es privilegio de todas las existencias superiores crear y no destruir, sino aprovechar lo que existe para enriquecerse y extenderse más y más.

Hemos visto que los estados distintos de civilización han influido en la marcha progresiva del derecho, pero fácilmente comprenderemos que esa influencia ha nacido más bien que de la manifestación exterior que el hombre ha hecho en ellos, de la mayor o menor fuerza y poderío que en cada uno han ostentado la razón y la inteligencia; por lo tanto, siempre vendremos a parar en que las mismas leyes del desenvolvimiento físico, como no pueden en la mayor parte de los casos considerarse por sí solas sino relacionadas con la razón, más influyen en el derecho, por esto que por su fuerza material y externa.

14. Razas; muy debatida y aún no resuelta la cuestión de razas, ha sido objeto de concienzudos y sapientísimos estudios; no vamos nosotros a entrar en ella, que los límites de este trabajo no nos permiten más que leves indicaciones. Sin desconocer ni negar que las razas significan diferencias a las veces importantes en la especie hominal, no podemos asentir a que esas diferencias sean bastantes a destruir el principio de unidad de la especie; verdad es que hay razas más o menos inteligentes, más o menos refractarias a la cultura, de la misma manera que en el seno de una familia hay esas mismas diferencias entre los individuos que la componen, pero así como esto no basta para decir que en la familia no haya unidad de origen ni igualdad entre sus miembros, así tampoco las razas pueden demostrarnos, como por algunos se pretende, que la unidad de origen y de naturaleza no existen en el hombre, tanto más cuanto que esas diferencias en último resultado son accidentales y formales más bien que esenciales y fundamentales.

El derecho, pues, si en su parte formal puede modificarse por las cualidades especiales de una raza, permanece siempre uno en su esencia, toda vez que ha de realizarse por seres siempre inteligentes, siempre racionales, que tienen un mismo destino que realizar, y por lo tanto, unas mismas condiciones de realización.

15. Finalmente, la forma y extensión del territorio se ha querido hacer pasar como una de las leyes del desenvolvimiento físico que en el derecho pueden influir; tal vez en el derecho político de un pueblo pueda ser así, porque así como en un territorio pequeño, llano y poco cortado, las relaciones serán más estrechas y constantes y la forma de gobierno más templada, en los territorios extensos, montañosos y cortados, las relaciones serán más débiles y difíciles, tanto entre los individuos, cuanto entre éstos y los gobiernos, y se necesitará en éstos más energía para suplir la falta de cohesión individual; pero, repetimos lo dicho, las nociones absolutas de derecho no varían en lo más mínimo.

16. Como decíamos en párrafos anteriores, los que mirando la religión sólo bajo su aspecto externo, materializándola, la han considerado como una ley de desenvolvimiento físico del hombre, cometen un grave error; la religión, si sólo en su forma externa se la considera, no puede tener influencia importante en el hombre; la tiene sin duda alguna, y no escasa, cuando se presenta como noción espiritual más o menos perfecta, más o menos verdadera, y téngase presente que aun el politeísmo, que, como hemos dicho, era la forma y aparición más material que puede concebirse de la religión, tenía algo de espiritual. En efecto, enseñándonos la religión que existe un ser superior al hombre, al cual éste debe respeto y obediencia, pero al que no ve, al que no toca, al que puede sólo elevarse con la inteligencia, con el espíritu, marcándole las relaciones en que con él puede colocarse, relaciones que serán siempre abstractas, y que aunque se exterioricen por actos del culto externo, se realizan casi siempre en el fuero interno, en la conciencia, eleva al hombre a una región más alta que la material y le señala una esfera de desenvolvimiento que no es puramente material tampoco; por eso la religión, lejos de poderse considerar como ley de desenvolvimiento físico, lo es de desenvolvimiento espiritual, moral e inteligente.

Eacute;stas son las causas de que la religión haya tenido influencia tanta en la vida del hombre y en el desenvolvimiento del derecho, pues a proporción que la noción de Dios más se ha espiritualizado, más se ha espiritualizado y elevado el hombre, y más espirituales han tenido que ser sus condiciones de desarrollo (el derecho). Cuando le ha mostrado a Dios, como lo hacía el politeísmo, bajo el aspecto humano, aunque en el mayor grado de perfección; cuando aunque los dioses eran inmortales, atributo del espíritu, y moraban el Olimpo, tenían todos los vicios, defectos e imperfecciones del hombre, el espiritualismo imperfectísimo y embrional que de la religión nacía, no bastaba a sobreponerse a la materia, y ésta dominaba al hombre y al derecho; pero cuando elevándose al conocimiento de la verdad le ha enseñado que Dios es un ser espiritual, único, infinito, incondicional; cuando en vez de mostrárselo como semejante del hombre ha hecho al hombre semejante a Dios, y por lo tanto, despertado la aspiración a lo infinito, a lo incondicional; cuando le ha hecho comprender que su destino supremo está en Dios, como en Él está su principio, el hombre ha comprendido las nociones espirituales en toda su excelsitud e importancia; ha conocido, fortalecido y definido los sentimientos de dignidad y de personalidad y comenzado a apreciar la noción de derecho en su aparición espiritual y absoluta, y por ello espiritualizado el derecho que en los antiguos tiempos casi se confundía con la fuerza.

Y véase el inmenso e importantísimo paso de progreso que dulcemente, sin esfuerzos, sin conmociones, ha realizado el cristianismo; gracias a él, gracias a su dogma santo, eminentemente espiritual y por lo mismo civilizador, predicando el respeto a los poderes y al derecho constituido, el derecho y los poderes constituidos se hundían para siempre en el polvo de las edades, naciendo un nuevo derecho y poderes igualmente nuevos.

17. Tampoco la cultura intelectual, que no es otra cosa que el triunfo de la inteligencia y de la razón, esto es, del espíritu sobre la materia, puede considerarse como ley de desenvolvimiento físico, y por esta causa precisamente ejerce influencia en el derecho, puesto que, a proporción que la vida del hombre es más inteligente, más el espíritu se enseñorea de la materia y más han de espiritualizarse las condiciones de desenvolvimiento del hombre.