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401

Véanse las cartas de los inquisidores de 6 de junio y 5 de julio de 1651.

 

402

Carta de 18 de agosto de 1678. De la obra de Valverde se habían hecho hasta 1754 cuatro ediciones; en Madrid se publicó otra en folio en 1871, y el año antepasado (1888) se acaba de reimprimir en Barcelona formando parte de la Biblioteca amena e instructiva.

 

403

Carta de Almoguera de 1º de mayo de 1675, y otra de Huerta Gutiérrez de 6 de junio del mismo año. Almoguera remitió su libro al célebre Nicolás Antonio para que lo diese a luz, según este mismo lo refiere en su Biblioteca hispana nova, t. I, pág. 630, El Arzobispo tuvo al fin que pasar por lo que mandaron los inquisidores, limitándose a pedir al Consejo que, una vez corregido el libro, se le permitiese reimprimirlo en Lima, lo que, al menos en sus días, no tuvo lugar, pues murió poco antes de enterarse un año de hecha su solicitud.

 

404

Carta de 27 de junio de 1651.

 

405

Carta de 3 de junio del mismo año.

 

406

La colación del libro del padre Torres es la siguiente: Excelencias de / S. Joseph, / varón divino, patriarca grande, / esposo purísimo de la Madre de Dios, / y altísimo padre adoptivo del Hijo / de Dios. / Que en método panegyrico ilustra el P... / Sacalo a luz el P. Ignacio Alemán, / natural de la ciudad de la Concepción / del Reyno de Chile... / Con licencia: En Sevilla, por los herederos de Thomás López de Haro, en Calle de Génova. / Fol. Título en negro y rojo; 22 hojas de preliminares, 1.208 páginas de texto, I hoja en blanco y 34 de índice.

 

407

Entre estas debe contarse la relativa a la prohibición que se había hecho del De Indiarum Jure de don Juan de Solórzano Pereira, que el Rey dispuso no se ejecutase en América. Véase la contestación que a la real cédula dio la Audiencia de Santiago.

«Señor: -Por cédula de Vuestra Majestad de veinte y cinco de noviembre del año pasado de cuarenta y siete, que esta Audiencia recibió a los fines del cuarenta y nueve, nos manda Vuestra Majestad que si a estas partes hubiere llegado un decreto de la Sacra Congregación de cardenales del índice de libros impresos, en que prohíbe entre estos libros, el primero y segundo tomo del doctor Juan de Solórzano Pereira, del Consejo de Vuestra Majestad en el de Indias; y particularmente el libro tercero del tomo segundo de Jure Indiarum, y el primero y segundo hasta que se corrija y se recoja por esta Audiencia el dicho decreto o sus trasuntos, y se suspenda su efecto hasta que Su Santidad, más bien informado, le reforme; en cuyo obedecimiento pondrá el cuidado necesario esta Audiencia, para que llegando a este reino el decreto referido, se recoja, y le remitiremos a Vuestra Majestad y obraremos de modo que se suspenda su ejecución, en la forma que Vuestra Majestad nos lo manda. -Guarde Nuestro Señor la católica y real persona de Vuestra Majestad como la cristiandad ha menester. -Doctor don Bernardino de Figueroa y de la Cerda. -Doctor don Nicolás Polanco de Santillana. -Licenciado Antonio Fernández de Heredia». (Archivo de Indias, 774-39).

 

408

Véase algunos de estos casos en el libro de D. M. L. Amunátegui, Precursores de la independencia de Chile, t. I, págs. 235 y siguientes. Con esta ocasión apuntaremos aquí la prohibición que impuso el Santo Oficio, a solicitud del Rey, para la Histoire philosophique de Raynal, en caso que se tradujese al castellano. En el tomo II, pág. 48 de otra obra del Señor Amunátegiti, La Crónica de 1810, se encuentran algunos antecedentes curiosos acerca de la impresión que la lectura de ese libro produjo en Europa al famoso prócer de la independencia don José Antonio de Rojas, y de las recomendaciones que éste hacía de la obra a algunos chilenos residentes en Santiago. Parecerá también curioso saber que el santiagueño don Andrés Campino denunció en Sevilla, en 1777, a José Cavero de que había llevado a Indias el libro de Raynal, denuncio que se transmitió a Lima para que se pesquisase el hecho.

 

409

Citaremos a este respecto un caso curioso ocurrido en Santiago que comprueba de sobra lo que decimos en el texto, y que consta del siguiente documento:

«Ilustre y muy reverendo señor: -Diego, Hortiz, escribano de Su Majestad, parezco ante vuesa merced y digo que habrá seis días que yo bajé a esta ciudad del campo y ejército de Su Majestad que anda en las ciudades de arriba, y ayer en la   —[646]→   noche que se contaron doce deste presente mes de febrero de setenta y nueve años, me dio Gaspar Jorge de Sigura, mercader que vino en este navío del Pirú agora, un pliego de cartas que dijo haberle dado en la ciudad de los Reyes, Juan de la Torre, vecino y mercader de la dicha ciudad, que decía eran de mi padre, y tornado el dicho pliego de carta le abrí, dentro del cual, entre cinco cartas que en él venían, venía esta memoria de lo susodicho en la muerte del Arzobispo de Toledo, y como cosa nueva y que yo no sabía lo que era, entendiendo que mi padre o hermano me la enviaban, la comencé a leer, la cual me pareció, según lo que decía, ser negocio que me convenía venirlo a manifestar ante vuesa merced, como comisario del Santo Oficio de la Santa Inquisición, para que viese si era cosa lícita leer la dicha memoria, de la cual y de las dichas cartas hago presentación ante vuesa merced para que conste y parezca cómo ni padre ni hermano no dicen en sus cartas enviarme la dicha memoria, ni cuando el dicho pliego se hizo no se metió dentro dél, porque demás de ser la memoria de diferente letra que la de mi padre ni hermano, las cartas son muy añejas y que he recibido otras que tengo en mi poder muy más frescas, por donde se ve claro haber sido papel echadizo del que trajo el dicho pliego para que pasase a estas partes.

»Por lo que pido y suplico a vuesa merced, como a persona a quien compete en nombre del Santo Oficio de la Santa Inquisición, vuesa merced vea y examine la dicha memoria y lo que sobre ella se debe más hacer, haciendo parescer ante sí al dicho Gaspar Jorge de Sigura y que jure y declare si es verdad que me trajo y me dio el dicho pliego de cartas, las cuales mande vuesa merced ver para que conste cómo en ellas no tratan cosa alguna de la dicha memoria, todo lo cual pido se me dé por testimonio   —[647]→   para mi descargo y el de mi padre y hermano, para lo cual, etc. -Diego Hortiz, su rúbrica.

»En la ciudad de Santiago del Nuevo Extremo de Chile, en quince días del mes de Henero de mill e quinientos e setenta e nueve años, antel muy magnífico y muy reverendo señor el licenciado Calderón, comisario de este Santo Oficio en este obispado por los muy ilustres e muy reverendos señores inquisidores de la ciudad de los Reyes y su arzobispado y obispado, a él sufragáneos por la Sede apostólica, y por ante Antonio Cristóbal Luis, secretario deste reino e su notario nombrado presentó el escrito de atrás en él contenido, y el dicho señor comisario hizo parescer al dicho Gaspar Jorge de Sigura del cual tomó e recibió juramento en forma debida de derecho, y siéndole preguntado por el tenor del escrito atrás contenido, dijo que lo que pasa es que Juan de la Torre, cuñado de Rodrigo de Horosco, en los Reyes, donde este testigo posó, le dio y entregó el pliego de cartas que la pregunta dice, e que no sabe más dello sino que como se las dieron las dio al dicho Diego Ortiz, e que esta es la verdad para el juramento que hizo e firmolo de su nombre y el señor comisario. -El Licenciado Calderón, rúbrica. -Gaspar Jorge de Sigura. -Ante mí. -Cristóbal Luis, su rúbrica».

 

410

Carta de Abarca, y Matienzo, de 15 de diciembre de 1786.