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41

Cédula a Gonzalo de Guzmán, contestándole a sus cuestiones. Burgos, 15 de febrero de 1528. Academia de la Historia, CODOIN, volumen I, documento 105.

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Relación de los oidores de la audiencia de Santo Domingo, Espinosa y Zuazo, sobre lo que podría proveerse para las poblaciones de aquellas islas. Santo Domingo, 30 de marzo de 1528. Archivo General de Indias, Patronato Real, legajo 172, folio 35.

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43

Archivo General de Indias, Indiferente General 415, legajo 1, folios 59-62.

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44

Un interesante estudio sobre el tema puede verse en la obra de Arciniegas, G., Germans in the Conquest of America, Nueva York, 1943.

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45

Mendoza, CODOIN, volumen XXVII, p. 404. Carta de la ciudad de Santo Domingo con fecha del 24 de octubre de 1528.

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46

«Vuestra Magestad nos mando a decir los dias pasados como abia tomado cierto asiento con unos alemanes para dar orden como traxesen los quatro mill negros que a estas partes abia fecho merced; e a la verdad nosotros la rescebieramos mayor, pues nos abia fecho la dicha merced que nos los dexara traer a nuestra voluntad, porque los obieramos a mexores precios que non los abremos de mano de la persona que los abra de traer, que querra ganar todo lo que nosotros podieramos aprovechar; e siendo Vuestra Magestad dello servido el concierto que con ellos se tomo, fuera mexor que se tomara con nosotros...», Carta de la ciudad de Santo Domingo con fecha del 9 de marzo de 1529, pidiendo socorro al Emperador para poder conservar la población. Mendoza, CODOIN, volumen XL p. 450.

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47

Carta a S. M. de Esteban de Pasamonte sobre «asuntos de la Fazienda», Santo Domingo, 3 de noviembre de 1528, ibidem, p. 423.

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48

Saco, o. c., volumen I, p. 235.

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49

Carta del tesorero Lope Hurtado quejándose de los agravios de Gonzalo de Guzmán. 20 de septiembre de 1530, Academia de la Historia, CODOIN, volumen IV (II), documento 146.

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50

«...sabed que yo he sydo ynformada que los vecinos desa dicha ysla, asy por la mortandad que ha avido este año pasado en los yndios desa ysla como por no se aver llevado negros alla, no tienen los pobladores desa ysla con quien hazer sus haziendas y sacar oro, diz questan en mucha necesydad e que demas de no se poder acrecentar no pueden sostener las haziendas y granjerias que han ganado con tanto trabajo, y que si no se remediase en breve tiempo no tendrian los dichos vecinos con que se poder sostener e les seria forçoso desamparar esa dicha ysla e tierra, de que nos seriamos deservidos y nuestras rentas descuydadas...», ibidem, documento 153.

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