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11

Como la del reinado de Ramiro I. No obstante, según ha destacado Peter Linehan, «On further thought: Lucas de Túy, Rodrigo of Toledo and the alfonsine histories», Anuario de Estudios Medievales, 27(1), 1997, pp. 415-436, él relato del Tudense condicionó en no pocos aspectos la reconstrucción del pasado de Rodrigo de Toledo.

 

12

Catalán habla de esta versión en los cap. V.2 y IX.4 de La Estoria de España, y la describe pormenorizadamente en De la silva textual, cap. II.5, 6, II, 13, 15, 17, 19, 20 y III.4.

 

13

Los manuscritos de la Versión enmendada conocen el traslado del cuerpo del rey godo desde Pampliega a la iglesia de Santa Leocadia la Nueva en Toledo, traslado que Alfonso ordenó realizar en 1274, según consta en privilegio otorgado en Pampliega el 13 de abril de ese año: «E después de la destruyçion de España, en la era de mili e CCCos e XIIe, el rrey don Alfonso fijo del rrey don Ferrando mando traer el cuerpo deste rrey Banba de la villa de Panpliega a la noble çibdat de Toledo, e fizolo enterrar muy noble mente en la iglesia de Santa Leocadia la Nueua que dizen del alcaçare y yaze enterrado» (corresponde a PCG, p. 300a, l. 47). Cf. CATALÁN, De la silva textual, cap. II.17.

 

14

La Versión enmendada dice: «e rreyno .VII. años e .VI. meses, segunt dize don Lucas de Tuy, e los dos destos siete años rreyno seyendo viuo Vitiza, pero a el son contados», eliminando totalmente la versión del Toledano, preferida en la primera redacción, según la cual Rodrigo habría reinado tres años: «e el rey Rodrigo regno tres: ell uno en cabo et los dos con Vitiza. Pero diz don Lucas de Thuy que siete annos et seys meses regno» (PCG, p. 307a, l. 28-31). El retoque forzó al autor de esta Versión a redistribuir torpemente toda la materia narrativa del reinado de Rodrigo en siete años. Cf. CATALÁN, De la silva textual, II. 17. La Versión Crítica, aunque también prefiere la duración propuesta por el Tudense, no suprimió la opinión del Toledano ni reestructuró el reinado del último de los reyes godos: «et regno tres años, el uno en su cabo et los otros dos con Vitiza. Pero diz aqui don Luchas de Tui que siete años e seys meses rregno, et esto es mas de creer, quatro con Vitiza et los tres et medio en su cabo» (ms. Ss, f. 61r.º).

 

15

Ms. T, f. 91v.º (corresponde a PCG, final del cap. 565), citado por Catalán, De la silva textual, III.4.

 

16

Ibid., ms. T, f. 92 (corresponde a PCG, inicio del cap. 564).

 

17

Para esta versión, véase FERNÁNDEZ-ORDÓÑEZ, I., Versión crítica de la Estoria de España. Estudio y edición desde Pelayo hasta Ordoño II (citado FERNÁNDEZ-ORDÓÑEZ, Versión crítica), Madrid, Fundación Ramón Menéndez Pidal y Universidad Autónoma de Madrid, Fuentes Cronísticas de la Historia de España (VI), 1993, CAMPA, Mariano de la, La Crónica de Veinte Reyes y las Versiones critica y concisa de la «Estoria de España» (tesis doctoral inédita), Universidad Autónoma de Madrid, 1995, y CATALÁN, De la silva textual.

 

18

La descripción de la situación que vive Alfonso coincide con la descrita en los documentos del otoño de 1282: la maldición solemne del infante don Sancho y el primer testamento del rey, respectivamente. Cf. con FERNÁNDEZ-ORDÓÑEZ, Versión crítica, pp. 222-224 y nota 46. CATALÁN, De la silva textual, II.18, comparte esta datación.

 

19

Cf. PCG, p. 355a, l. 8-13. Destaco en cursiva lo omitido.

 

20

Estoria de España (primera redacción): «Agora, pues que ueo que lo non queredes fazer, riepto uos por ende a uos e a lodo uuestro linage e a todos los que de uuestra parte son. [...] Rrey, pues que uos me dades IX dias de plazo que uos salga del regno, yo fazer lo he, mas digo uos que si dalli adelante uos yo fallare otrossi en yermo o en poblado, que bien fio en Dios que me daredes al conde Sandias si uos le yo quisiere tomar» (Ms. T; corresponde a PCG, p. 372a, l. 24-30 y 372a, l. 44-372b, l. 2). Versión crítica: «Et agora, pues que veo que non me queredes dar mio padre, quitome de vos et non quiero ser vuestro vasallo, et rrepto a todos aquellos que de vuestra parte son, et nunca en lugar me fallare con ellos que non los mate por ende, sy yo mas pudyere que ellos» (cap. 63, p. 485). La conducta de Bernardo se ve agravada en la Versión crítica además por ser Bernardo el que decide romper unilateralmente el vínculo vasallático.