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ArribaAbajoII. Viaje de Pedro Tafur por el imperio germánico en los años 1438 y 1439.
Las hermandades de Castilla en tiempo de Enrique IV

Bienvenido Oliver y Esteller


Sobre los asuntos que declaran estos epígrafes ha publicado sendos trabajos ó estudios en recientes publicaciones históricas de Alemania el Dr. Conrado Haebler, el cual ha tenido la atención de remitirlos, juntamente con otros opúsculos á nuestro Director. Habiendo examinádolos el que suscribe por encargo del mismo Sr. Director, para dar de ellos conocimiento á la Academia, vengo á cumplir en la Junta de esta noche tan honrosa comisión, en lo que toca á los dos referidos estudios, dejando para otras sesiones verificar lo propio en cuanto á los demás.

De la lectura que de todos he hecho, he podido inferir que el Dr. Haebler no solo es buen amigo de España, sino profundo conocedor de la lengua castellana, diligente investigador de nuestras antigüedades históricas y entusiasta propagador en Alemania de los principales sucesos de nuestra historia y de nuestras más importantes instituciones jurídicas, que conoce muy bien y que aprecia con elevada imparcialidad. Cualidades son estas que por fortuna no suelen ser raras entre los conterráneos del doctor   —380→   Haebler, los cuales son, á mi parecer, de todos los extranjeros, los que más atención prestan á las manifestaciones de nuestra vida intelectual y que con más afecto, consideración y desinterés se ocupan de estudiar nuestras no abundantes obras científicas y literarias, mal que pese á la pretendida fraternidad entre los pueblos llamados de raza latina, que algunos la quieren en las palabras, negándola en los hechos. Ejemplos de lo que acabo de decir pudiera citar muchos, que no necesito recordar á la Academia ahora. Pero esto, lejos de quitar importancia á los trabajos del Dr. Haebler, debe servir tan solo de estímulo á los que nos dedicamos con más ó menos fruto al cultivo de cualquier ramo del saber, para corresponder de modo digno á las simpatías que tan señaladamente ha demostrado el sabio alemán por nuestra querida patria.

Á este fin van encaminados el presente informe y los siguientes, en los cuales expondré á la consideración de la Academia el contenido é importancia ó utilidad de cada uno de los opúsculos remitidos por el doctor Haebler y la manera de manifestarle el aprecio que de los mismos hace nuestra Corporación.


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El primero de los opúsculos que me propongo examinar es el que lleva por epígrafe Peter Tafurs Reisen in Deutschen Reiche in den Jahren 1438 1439 (Viaje de Pedro Tafur por el imperio alemán durante los años 1438 y 1439) publicado en la Revista de Historia general (Zeitschrift fur Allgem. Geschichte, etc., 1887 Heft VII) y consta de 28 páginas. Como enseña el mismo título del opúsculo, su autor se ha propuesto dar á conocer en Alemania las interesantes noticias que, sobre la geografía y las costumbres de las principales ciudades del antiguo imperio germánico durante la primera mitad del siglo XV, consignó nuestro compatriota Pedro Tafur, como de ciencia propia, en las Memorias que escribió al regresar á su patria del viaje que acababa de hacer por casi todo el mundo entonces civilizado y que por primera vez se han impreso hace pocos años en esta corte, bajo el título de Andanzas é viajes de Pero Tafur por diversas partes del mundo avidos,   —381→   con eruditísimas notas é ilustraciones de nuestro compañero electo D. Marcos Jiménez de la Espada.

Es este libro una de las joyas de la literatura castellana del siglo XV de amenísima é instructiva lectura, y además el monumento más valioso en este género literario que de toda la Edad Media ha llegado hasta nosotros, según reconoce el mismo doctor Haebler. Pero las Memorias del viajero español tienen otro mérito á los ojos de este sabio, es á saber: que las noticias que Tafur recogió y dejó escritas sobre la historia, la geografía y la cultura de la parte del territorio alemán que recorrió en su viaje, conservan hoy todo su valor á pesar de las investigaciones hechas posteriormente en las fuentes de procedencia germánica. Movido de estas razones y deseando prestar el Dr. Haebler un servicio á la historia de su patria, se decidió á publicar en lengua alemana la relación del viaje de Tafur desde su salida de Milán (al regresar del extremo Oriente) en dirección de Alemania, hasta que atravesó los Alpes para volver á Italia; lo cual ha llevado á efecto, dando casi todo el antiguo texto castellano traducido con escrupulosa fidelidad al idioma alemán. Contiene, por consiguiente, la descripción de lo que el viajero español vió y observó á su paso por Lucerna, San Gotardo, Basilea, Strasburgo, Maguncia, Coblenza, Colonia, Nimwegen, Bois-le-Duc, Lila, Malinas, Bruselas, Brujas, Gante, Amberes, Lovaina, Francfort, Schaffhausen, Constanza, Ulm, Nuremberg, Praga, Bruselas y Viena de Austria. Al publicar esta relación, el traductor alemán acepta generalmente la exactitud de las noticias recogidas por Tafur, salvo algunos casos en que le rectifica. De estos los más importantes son dos. Es el primero sobre la persona del arzobispo de Colonia, que, según Tafur, era hijo de un duque, y según el Dr. Haebler era Didiers de Mors, hijo de un conde. El segundo se refiere á las personas del duque Esteban de Baviera y de su sobrino y pupilo Ludovico, quienes, según el Dr. Haebler, son respectivamente Esteban duque del Palatinado-Simmern y Luis IV el Bondadoso, conde del Palatinado. Con esta última rectificación hecha al texto de Tafur, quedan igualmente rectificadas las noticias consignadas por el Sr. Jiménez de la Espada en la biografía del duque Esteban de Baviera, inserta en el precioso catálogo   —382→   biográfico con que ha ilustrado la única edición del libro de Tafur.

En todo lo demás el traductor alemán respeta la narración del viajero español, la cual por este mero hecho adquiere un nuevo mérito, que la hace más digna de estimación y aprecio. La literatura patria ha de agradecer al Dr. Haebler además el estudio tan detenido que ha hecho del libro de Pedro Tafur, para darnos una versión alemana tan exacta de una gran parte de su texto.

Los que recuerden la forma del idioma castellano usada en el siglo XV, especialmente la peculiar de aquel escritor y conozcan al mismo tiempo la estructura de la moderna lengua alemana, comprenderán la suma de conocimientos y de tiempo que supone un trabajo tan acabado. Basta decir que algunos pasajes que resultan algo confusos en el texto castellano, aparecen con mayor claridad en la versión alemana. A cuyo feliz resultado han contribuído indudablemente los importantes estudios que con antelación había hecho el Sr. Jiménez de la Espada, y que publicó como apéndice del libro de Tafur en 1874.

Por último, los apasionados de las Memorias del viajero español, hemos de agradecer al Dr. Haebler, que con la publicación del trabajo que he analizado haya divulgado en Alemania el conocimiento de una de nuestras mejores obras del siglo XV, y lo haya hecho además bajo un aspecto tan simpático y halagüeño para su autor y para la nación castellana, cuya antigua hidalguía y generosidad ensalza y encomia sinceramente.




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El segundo de los opúsculos del Dr. Haebler que me propongo examinar, es el que lleva por epígrafe: «Die Castilischen Hermandades zur Zeit Heinrich's IV (1454-1474)» ó de las Hermandades castellanas en tiempo de Enrique IV. Consta de 12 páginas en 4.º menor de letra muy compacta, y se publicó primeramente en la Historische Zeitschrift, N. F. Band XX (Revista Histórica, t. XX).

Aunque de poca extensión, comprende varios importantes datos acerca de aquellas grandes instituciones nacionales, y sobre   —383→   todo completamente nuevos, por estar sacados de documentos hasta ahora inéditos.

En este opúsculo, el Dr. Haebler se ha propuesto continuar el estudio que de las Hermandades de Castilla había empezado en otro trabajo hace poco tiempo publicado bajo el título de Über die älteren Hermandades in Kastilien (sobre las antiguas Hermandades de Castilla), y del cual no me consta que haya remitido ejemplar alguno á la Academia.

Mas al hacer el estudio de las Hermandades en tiempo de Enrique IV, no ha querido guiarse por las indicaciones y datos que consignó el sabio autor de la Teoría de las Cortes de León y Castilla, D. Francisco Martínez Marina, á causa de estimarlas deficientes y tocadas de parcialidad, y ha preferido, con mejor acuerdo, buscar en nuestros archivos las noticias más auténticas y completas que arrojan los documentos conservados en los mismos. Afortunadamente, el Dr. Haebler ha encontrado, según él mismo confiesa, excelentes cooperadores en los jefes de la Biblioteca de nuestra Academia y de la Biblioteca Nacional, de quienes ha obtenido dos documentos tan importantes, que merced á su contenido, ha logrado dar á conocer con muchos detalles la historia de las juntas celebradas por las Hermandades generales durante el reinado del último Enrique de Castilla.

Como el Dr. Haebler no puntualiza la clase de los documentos que se le han facilitado, ni su fecha, ni el lugar que ocupan en las respectivas Bibliotecas, he creído de mi deber -si había de corresponder en la medida de mis fuerzas el encargo que recibí del Sr. Director de nuestra Academia- practicar las investigaciones necesarias para llenar aquel vacío. Desde luego dieron resultado satisfactorio las gestiones que hice con dicho fin en la Biblioteca Nacional, gracias á la amabilidad de su ilustre jefe el Sr. Tamayo y Baus. Por él pude saber que el documento cuya copia facilitó al Dr. Haebler no era otro que la Carta y sobrecarta de D. Enrique IV confirmando los capítulos de la Hermandad nueva general del Reino hechos en Villacastín á 8 de Julio de 1473 y aprobados por el Rey en Segovia en 12 del mismo mes; el cual documento, sacado del original que existe en el Archivo de la Santa Hermandad de Toledo, aparece en el códice   —384→   manuscrito Dd. 49, fol. 58, que formó parte de la colección del P. Burriel y se halla custodiado en la Biblioteca Nacional.

No alcanzaron tan inmediato y favorable resultado las gestiones hechas en la Biblioteca de nuestra Academia, pues se ha reducido á comprobar la existencia de dos documentos relativos á dichas Hermandades, además de una copia del antes citado, y son, á saber: 1.º La sentencia arbitraria (arbitral) pronunciada en Medina del Campo á 16 de Enero de 1465 por los cinco Diputados ó Jueces nombrados por el Sr. Rey D. Enrique de Castilla de una parte y de otra por los prelados y Grandes que se habían alzado contra S. M., de resultas de las vistas del Campo de Cigales (Colección de Siles, t. IV sin foliar); y 2.º Las leyes y ordenanzas fechas en la Villa de Castro Nuño en la Junta general que allí se fizo por los Alcaldes é Deputados de la Santa Hermandad de los Reynos de Castilla y de León que tienen fuero juntos en 2 de Octubre de 1467, sacadas dichas leyes del original que existe en el Archivo del Ayuntamiento de Espinosa. Y examinados por mí estos documentos, no cabe la menor duda que del último al menos ha tenido conocimiento el Dr. Haebler, á juzgar por los datos que consigna en su opúsculo. Tal vez se le hayan facilitado otros, si es que de papeles inéditos ha tomado las noticias relativas á las Hermandades de Tordesillas, Valladolid y Avilés. Por mi parte, he desistido de continuar en nuevas investigaciones, dejando esta tarea á los que se propongan en lo sucesivo escribir la historia de una de las más notables y poco estudiadas instituciones político-administrativas de nuestra nación que ha funcionado en casos anómalos y extraordinarios, durante varios siglos, con el nombre de Hermandades ó Comunidades en la Corona de Castilla, y con el de Uniones, coligaciones ó confederaciones en la de Aragón -en este último reino hasta el siglo XVII inclusive- las cuales, bajo otras formas, podrá algún observador atento creer ver reproducidas en nuestro mismo siglo con ocasión de ciertos sucesos memorables.

Prescindiendo, pues, de mayores investigaciones y renunciando también á presentar con motivo de este informe un estudio completo de las Hermandades en tiempo de Enrique IV, en vista de los documentos citados y de las crónicas referentes á   —385→   aquella época, y muy particularmente la de Alonso de Palencia, asunto que exige mayores alientos, me limitaré á poner en conocimiento de la Academia los puntos principales que comprende el opúsculo del Dr. Haebler.

Comienza por fijar los antecedentes de la Hermandad de 1465 reunida en Medina del Campo, tomados, al parecer, de los datos consignados en la sentencia arbitral dictada á consecuencia del compromiso celebrado entre Cigales y Cabezón en Noviembre de 1464, del cual había publicado Martínez Marina un curioso documento506; refiere después los acuerdos de las juntas reunidas sucesivamente en Medina en el mismo año, y en Tordesillas y Valladolid en el siguiente: hace mérito de la Hermandad asturiana reunida en Avilés para sostener la causa del infante D. Alfonso, á quien proclamaron rey los enemigos de D. Enrique IV; enumera, de conformidad con el documento sacado del ayuntamiento de Espinar, los capítulos adoptados en las juntas celebradas en el año 1467 en Fuensalida, y Castronuño; alude á la de Cantalapiedra, y concluye advirtiendo la escasa influencia que la Hermandad de 1465 tuvo en los años siguientes, 1468 y 1469, y su completa disolución á consecuencia de la actitud de las Cortes de Ocaña de 1469.

A seguida se ocupa el Dr. Haebler del nuevo carácter que ostenta la Hermandad formada en 1473, la cual se diferenció fundamentalmente -según él- de los anteriores en que no se creó para ser instrumento de un partido, sino para ponerse al lado del rey sin vacilaciones ni reservas, declarando de modo bien explícito que su primer y más alto deber era la obediencia y fidelidad al rey y la promesa solemne de no mantener relación alguna con sus enemigos. La creación de esta última Hermandad demuestra, en concepto del escritor alemán, que semejante institución venía á satisfacer la necesidad ineludible que siente toda sociedad de poner coto á la anarquía ó al desorden, originados casi siempre por la debilidad ó el abandono de los que tienen á su cargo el gobierno y administración de las colectividades, desde   —386→   la familia hasta los grandes imperios. A mi juicio, la verdadera causa, el principal origen, la vis agens de las Hermandades generales de Castilla y de las Uniones de Aragón, ha de buscarse en la tendencia innata en toda sociedad, huérfana de orden ó víctima de la arbitrariedad sistemática, á defenderse de estas dos enfermedades que acaban con la vida de todo cuerpo social.

Juzgados desde un punto de vista superior y desapasionado, los movimientos que produjeron aquellas grandes concentraciones de clases y de individuos, se encuentra en ellos cierta semejanza con los que produce en el cuerpo humano la vis medicatrix de la naturaleza; movimientos que no dejan de tener sus peligros, como los tienen todas las cosas humanas, y que no se hallan exentos de abusos como todos los actos de los hombres sin excepción alguna.

Estas consideraciones caen de lleno sobre el tristísimo estado de la nación castellana al formarse la hermandad de 1473, y que la Academia recuerda perfectamente. Desatendido en absoluto el gobierno y la administración del Estado por un monarca tan inepto como Enrique IV, ¿qué habían de hacer los súbditos sino atender por sí mismos á la conservación y defensa de sus personas y bienes, puestos en peligro por la anarquía en que estaba sumido el reino? Y que este fué y no otro el fin de aquella hermandad lo corroboran los capítulos decretados por la misma en la junta de Villacastín, de las cuales da una noticia bastante detallada el Dr. Haebler. Algunos de aquellos capítulos afectan en verdad á las prerrogativas de la Corona. Tal es principalmente el que declara caso de hermandad, el hacer cualquier prisión, ejecución ó prenda tanto por deuda propia como ajena ó «como seyendo Juez executor» por causa de los maravedís que algunos tienen situados ó saluados por previllegios, ó les son librados por libramentos en cualquier rentas, así en virtud de cualquier carta del Rey nuestro señor como en otra manera», y en su virtud impone á los autores de estos hechos «la pena de saeta» ó sea la de muerte. Aunque el texto del capítulo no menciona las palabras juros y maravedís de heredad como parece indicar el Dr. Haebler es evidente que los abusos que los congregados en Villacastín querían reprimir, hacían relación á los cometidos á la sombra de esta clase de instituciones   —387→   jurídicas mezcla de derecho público y privado, que tanto se generalizaron en Castilla durante el reinado de Enrique IV. Solo exceptuaron del rigor de sus iras las execuciones y prendas «que sean acordadas por el Consejo de dicho señor Rey et librados por ellos ó por mandado de la justicia ordinaria en cuya jurisdicción fuere fecho» con lo cual limitaron ciertamente la prerogativa regia, muy propensa en aquel Principe á la prodigalidad, poniendo su ejercicio bajo la garantía, no de los mismos pueblos, como tal vez haya entendido el Dr. Haebler, sino del Consejo Real ó de los Tribunales. Pero era tanta la preponderancia que ejercía la Hermandad reunida en 1473 y tan extremada la debilidad del poder real que todos los capítulos acordados por la misma obtuvieron la sanción del Monarca.

Termina el Dr. Haebler su importante estudio manifestando que, á su juicio, las hermandades formadas durante el reinado de Enrique IV, tuvieron un carácter esencialmente administrativo, judicial ó de policía, y que solo á la debilidad de este príncipe se debió que invadiesen la esfera política; invasión que fué atajada oportunamente por los Reyes Católicos al encerrar á la Hermandad constituída en 1476 en sus límites propios y naturales.

Atendidos los propósitos que han movido al Dr. Haebler para llevar á cabo estas investigaciones sobre las Hermandades de Castilla en aquel período, el que suscribe entiende que son dignos de aprecio y merecen la gratitud de la Academia porque con ellos ha contribuído á ilustrar la historia de aquellas instituciones jurídicas nacionales, que no serán bien conocidas mientras permanezcan inéditos en nuestros archivos y bibliotecas innumerables documentos tan preciosos como los que ha logrado por favor especial el sabio alemán, ó Crónicas tan estimables como la de Enrique IV por Alonso de Palencia.

Madrid 22 de Febrero 1889.

Bienvenido Oliver y Esteller