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ArribaAbajoCapítulo X

Partida y muerte de Cerezuela. -Cambios en el Tribunal. -Arreglos de la casa. -Amueblado de las salas. -Situación de los presos. -Quejas contra Gutiérrez de Ulloa. -Exposición del Virrey. -Nombramiento de un visitador.


Por la época que vamos historiando, hacía cerca de tres años a que Gutiérrez de Ulloa se encontraba solo en el Tribunal. Cerezuela en 1577 solicitaba ya licencia para regresarse a España, sin haber querido aceptar el obispado de Charcas, que le ofreciera el rey, bien fuera porque encontraba el nuevo cargo superior a sus fuerzas135, o porque creyese, como lo aseguraba Alcedo, siempre dispuesto a mirar las cosas por su aspecto pecuniario, que la renta de que en el obispado debiera disfrutar, no era suficiente136. Pero, a pesar de que la licencia le llegó en abril de 1578, fue demorando su partida hasta la flota de 1582. De camino se ocupó en visitar las ciudades de Panamá137 y Nombre de Dios, yendo a invernar a Cartagena, donde se embarcó con rumbo a la Península, enfermo de unas calenturas que en el mar le quitaron la vida138.

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El secretario Arrieta, que vino al Perú, ya bastante avanzado en años, murió de hidropesía, en Lima, el 4 de mayo de 1581, y su hijo, empleado también algún tiempo después en el Tribunal, renunció el oficio por haber obtenido en el país una colocación mejor139. Reemplazó a Arrieta Jerónimo de Eugui, que llegó a Lima por agosto de 1583140.

Alonso de Aliaga, que llevaba la vara de alguacil y que murió a principios de 1578, tuvo por sucesor a Diego de Agüero, quien la renunció por haber sido proveído en un corregimiento, y como entonces nadie la solicitase, le fue encomendada a un hermano de Gutiérrez de Ulloa.

De los demás fundadores del Tribunal, Pedro de Bustamante, a poco de su casamiento, se vino a Chile en busca de una herencia de la familia de su mujer, y después de haber permanecido ausente dos años regresó a Lima en febrero de 1577, de donde volvió a venirse dejando otro en su lugar en el oficio, mientras éste no tuviera bastantes emolumentos para proporcionarle una subsistencia holgada141.

Juan de Saracho, que en un principio había sido nombrado provisionalmente, vio confirmada su plaza, la cual sirvió hasta el 15 de septiembre de 1598, fecha en que murió. Cristóbal Ruiz Tostado, que le reemplazó en la notaría de secuestros, fue desterrado a Chile a principios de 1584, por cuatro años, para que sirviese en la guerra durante la mitad de este tiempo, sin sueldo, «porque la Audiencia le tenía en los ojos» y fue causa de la muerte de un Antonio de Vadillo que bajando del techo de una casa por una escala, se quebró una pierna142; y otros delitos graves; sucediéndole Melchor Pérez de Maridueña, natural de Logroño, a quien para el caso se hizo venir desde Puerto Viejo, distancia de más de doscientas leguas143.

Ya hemos indicado que el Tribunal había funcionado en un principio en la casa que don Francisco de Toledo le asignó frente a la   —185→   Merced, que por ser propiedad fiscal no había costado nada. La mitad de ella era un corral sin edificios, y en la otra mitad había una construcción muy pequeña, cuyas paredes daban, de una parte, a la calle, y por otra, en el patio, siendo necesario cubrir dos aposentos viejos para sala de audiencia y secreto, que a pesar de eso quedaron muy incómodos, pues por su ubicación los jueces, según lo aseguraban, vivían con perpetuo cuidado de hablar paso, y aun de apartar de las ventanas la gente que se detenía en la calle. De una caballeriza se hicieron cuatro celdas para los presos, labrándose las restantes en una casita contigua que se alquiló en veinte pesos mensuales. De aquí nació que siempre que los presos tenían que ir a la audiencia, como forzosamente debían pasar por el patio, para que no fuesen vistos, se cerraba siempre la puerta de calle. De la habitación que se había reservado para un inquisidor (pues para los dos no había bastante comodidad) se cercenó una parte para la cámara del tormento, apartándola de la calle cuanto fue posible. La sala de audiencia quedó, sin embargo, tan humilde que no se quiso ponerle dosel, «por no merecerlo el edificio». Cuando había consulta, los oficiales tenían que quedarse en el zaguán, al sol y al agua, hasta que se cubrió, en 1581, con la madera que sobró del auto que tuvo lugar en ese año. Se abrieron también dos ventanas en la sala de audiencia y una en la del secreto, con sus rejas de madera «para que entrase claridad y viento, porque estaba todo muy caluroso»144.

Los Inquisidores aspiraron desde un principio a que se les diese un local más adecuado, fijándose desde los primeros días de su llegada en el que ocupaban las casas de Nicolás de Rivera, el viejo, que por este tiempo era ya muerto; y aunque habían recogido no poco dinero de las condenaciones impuestas, lo habían aplicado en su mayor parte al pago de sus salarios y otros gastos. Mas, sucedió que el obispo don fray Pedro de la Peña, que, como se sabe, había venido a Lima para hallarse en la celebración del concilio provincial y en la degradación de los frailes que habían sido penitenciados en el auto de 1578, murió dejando veinte mil pesos para que en la Inquisición se labrase una capilla donde quería que se le enterrase. En el acto comenzaron los Inquisidores a practicar las diligencias consiguientes a la recaudación de este capital; y después de varias competencias con los oidores   —186→   de Quito que pretendían preferencia para la aplicación de la suma legada, se vieron al fin en posesión de ella. Compraron entonces las casas de Rivera en once mil setecientos cincuenta pesos ensayados, y otras dos contiguas en cuatro mil seiscientos cincuenta, prometiéndose que con cuatro o cinco mil más podrían dejar el local en estado de servir convenientemente para las necesidades del Santo Oficio. La casa caía a una plaza, en lugar relativamente apartado y se hallaba cerca de la Universidad. Para dar espacio a la sala de audiencia y secreto, se habían demolido algunas paredes, «y sobre la plaza y cerca de la sala del audiencia se hará la capilla, a lo que yo pretendo, muy buena, cubierta de bóveda de ladrillo y yeso, y acomodado para que los Inquisidores puedan ir a la audiencia, la cual, con el secreto, está tratado de que se haga de la misma bóveda, y doce cárceles buenas, cada una de por sí, sin que pueda comunicarse una con otra, con aposento para el alcaide junto; que la capilla y cárceles y aposento de alcaide se hará en las dos casillas que se tomaron; y de la casa grande se ocupa la antesala y audiencia y secreto y contra-secreto, con otra sala de respeto, y los demás della que son dos cuartos buenos, altos, y lo demás bajo, servirá de aposento para un inquisidor u dos, secretario y portero, que habrá aposento para todos, separando algunas casas». Para que todo esto se hiciese con menos costo, se había mandado por maderas a Guayaquil, a Pisco por yeso y a Chile por tablas145.

Mientras tanto, se puso en almoneda pública la casa primera que se ocupó, y como era el sitio adecuado para establecimientos de comercio, después de treinta días que se pregonó, se obtuvo por ella el mismo valor que había importado la de Rivera146.

Según las cuentas del receptor Saracho, la cruz para el pendón del Tribunal, incluyendo materiales y hechura, había importado ciento treinta pesos; cuatrocientos cuarenta, el pendón; la alfombra berberisca grande de la sala de audiencia ciento veinte. Se habían comprado también dos mesas bufetes, dos sellos, uno grande y otro pequeño, «seis pares de grillos y otras cosas de hierro para las cárceles, cerrojos y candados de dos llaves para el secreto»; montando, con lo anterior, lo gastado en aderezar el estudio de Cerezuela, y demás arreglos de la casa tres mil quinientos ocho pesos. En presos pobres,   —187→   se habían invertido durante el año de 1570 y parte del 71 dieciocho pesos147.

La sala de audiencia se arregló con un estrado, sillas, mesas y bancas y guadamecíes de poco dinero148, no habiéndose colocado dosel por la razón dicha más arriba. Como en la casa no había local sino para un Inquisidor, Cerezuela que fue el primero, la ocupó hasta su partida, viéndose obligado Gutiérrez de Ulloa cuando llegó, a irse a vivir a una que alquiló a los pies, que costaba al Tribunal cuatrocientos veinticinco pesos al año149.

Cuando se marchó Cerezuela, pasó el secretario a ocupar su departamento y se abrió una puerta a la casa que habitaba Ulloa para que por ella pudiese venir a la audiencia sin salir a la calle.

Sobre la situación de los presos, tendremos ocasión de hablar más adelante, pudiendo anticipar desde luego que la alimentación de los que eran pobres importaba de cincuenta pesos para arriba cada mes150. Sucedía muy a menudo que el dinero con que entraban los reos lo gastaban en su larga permanencia en la cárcel y que así cuando eran condenados, «si no les dejasen ir a sus casas a buscar con qué pagar, no ternían remedio de salir de aquí y aun corría riesgo de perderse la condenación, si alguno muriese, que esto se suple con alguna fianza que dan»151.

Según real cédula de 8 de febrero de 1569, los dos inquisidores y el fiscal debían percibir anualmente tres mil pesos cada uno de las rentas reales, y mil el notario, suma que cobró Saracho con toda puntualidad mientras no vino nueva disposición que ordenó, en vista de «siniestra relación» de los oficiales reales, que no se les pagase sino con libranza del Virrey, que se vio así poseedor de un arma con la cual desde un principio les ocasionó algunos sinsabores. «Suplico a Vuestra Señoría, decía al Consejo con este motivo el receptor, se vea y mande dar orden cómo este Santo Oficio no venga a desautorizarse, tras el comer que no se escusa»152.

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El receptor había visto entrar en sus cajas, sin embargo, por condenaciones impuestas a reos desde la fundación del Tribunal hasta los días de que vamos dando cuenta, no menos de treinta y ocho mil pesos153.

Junto con esto, sin embargo, los inquisidores se lamentaban de su condición precaria, de la carestía de la tierra y del poco sueldo de que disfrutaban, y como compensación puede decirse que día a día desde que llegaron a América, todos los miembros del Tribunal, con excepción quizás de Cerezuela, habían tenido especial cuidado de solicitar alguna merced o pitanza que contribuyese en parte siquiera a indemnizarles de sus penurias y exceso de trabajo, según ellos decían. Ya era una canonjía que quedaba vacante o ya un beneficio, sin que faltase tampoco, cuando la ocasión se ofrecía cortedad para un obispado. Así, con motivo de la muerte del obispo Lartaun, escribía Ulloa al Consejo: «Suplico a Vuestra Señoría se acuerde de que le he servido catorce años en este oficio, y estoy pobre, y fuérzame a poner los ojos en esto el haberme cabido la suerte en las Indias»154.

En cambio, el que pretendía cobrar a Gutiérrez de Ulloa alguna suma cualquiera que creyese legítimamente debérsele, era molestado y perseguido155.

Los mismos empleados del Tribunal no escapaban mejor. Cristóbal Ruiz Tostado anunciaba al obispo de Cuenca don Gaspar de Quiroga, inquisidor general, que cada día en el trato como en su manera de proceder les infería vejaciones y agravios. «Nos tienen por gente extravagante, y perdida, exclamaba, que por echarnos Vuestra Señoría de sí dicen nos echó acá, y ellos y más el Fiscal, que entra a la parte, que nos ha ultrajado y maltratado, diciéndonos que nos vamos a cavar, que somos gente perdida y otras muchas quemazones y ruines palabras; y así se ha notado en esta ciudad muchas cosas, y una de ellas, que el inquisidor Ulloa ha sustentado a don Alonso de Aliaga, mozo criollo y nacido en esta tierra, en la vara desta Inquisición, que demás de ser casado, pobre y con muchos hijos, vive y ha vivido con más libertad   —189→   y muy diferentemente de lo que fuera razón... y con el favor no hace lo que debe. Para esto no ha habido remedio, porque, como digo, el inquisidor Ulloa hace lo que quiere... También hay familiares notoriamente confesos, como es un Luis García, que ahora es familiar, porque lo quiso él, y hácesenos agravio a todos en que no se haga la diligencia que a los demás, porque somos tenidos en poco. Por estas cosas y otras tales, también ha deseado Ulloa dar la vara a don Diego de Carvajal, extremeño, por ser de su tierra y amigo... y así no hay con ellos más parte ni favor de cuanto uno sea de su tierra, amigo, allegado o criado»156.

La generalidad del país, para quien, como los inquisidores tenían la franqueza de confesarlo, se habían hecho aborrecibles, habría deseado sin duda acusarles sus abusos y extorsiones, pero nadie se atrevía temiendo que más tarde o más temprano pudiesen caer bajo la férula inquisitorial. La experiencia justificaba con demasía esta verdad en los casos de aquellos que con poca discreción se habían permitido jactarse de que harían uso de semejante proceder. Pero tanto fueron creciendo las arbitrariedades y escándalos de Gutiérrez de Ulloa, que al fin el Consejo no pudo menos de informarse de lo que estaba ocurriendo en el Perú por algunos que con grandes gastos se trasladaron a la misma corte o por medio de comunicaciones que con todo secreto y arrostrando consecuencias, algunos harto agraviados hicieron llegar a su noticia.

En efecto, un clérigo llamado Gaspar Zapata de Mendoza (para no citar más de su testimonio), natural de Loja, que se titulaba procurador general del clero del virreinato, se presentó en Toledo al Inquisidor general para entregarle un memorial en que iban consignados ciertos agravios que pretendía hacer valer contra los miembros del Santo Oficio de las provincias de que acababa de llegar. Era él, según decía, sobrino del Obispo de Palencia e hijo de Fernando de Cárdenas, soldado que había servido al rey más de cincuenta años en México y en el Perú, con grandísimos riesgos de su vida y no menos gasto de su hacienda. Mas cuando arribó a España había ido por el correo, cosa que sin duda él ignoraba, un oficio de los inquisidores a quienes iba a acusar, en que se daba cuenta de haber sido procesado por algunas   —190→   proposiciones y porque habiendo sido fraile profeso de la Orden de San Agustín, se huyó y apostató de ella y yendo en hábito de lego se casó y veló públicamente en la isla y ciudad de Santo Domingo, siendo sentenciado a abjurar de levi y a estar recluso un año en un convento de Arequipa. Faltábanle sólo cinco meses para enterar su condena, cuando sobrevinieron contra él nuevas denuncias, y con pretexto de irse a presentar a Lima, se salió de la ciudad y se fue huyendo hasta el Tucumán, donde preso nuevamente, se volvió a escapar a poco, encaminándose al Río de la Plata y al Brasil, en cuyas costas fue apresado por unos corsarios franceses y llevado a Dieppe. «Es el hombre más perdido en sus costumbres y mala manera de vivir que hay por acá, añadían por su parte los Inquisidores, que ya tenían noticia de los propósitos de su viaje; suplicamos a Vuestra Señoría sea servido de le mandar a buscar y enviar a esta Inquisición para que se conozca de sus delitos y se le del castigo que por ellos meresciere»157.

A pesar de tales recomendaciones, eran tales, con todo, los cargos que contra los jueces que le reclamaban apuntaba Zapata, que el Inquisidor se manifestó dispuesto a verlos, y que al pie de la letra copiamos de su memorial.

«Primeramente, ha sido tan perjudicial en aquel Reino, que ha intentado deshonrar las más de las casas de la ciudad de los reyes, procurando solicitar cualquiera cualidad, y estado de mujeres, ansí de las principales y nobles, como de las que no lo son, sin haber jamás respectado,   —191→   a que sean doncellas, ni casadas, ni mal ejemplo que con esto ha dado y da, más de seguir su desordenado apetito, como en todo el dicho reino es público y notorio, pública voz, y fama.

»Ítem se aprovechó el dicho inquisidor, de una mujer doncella, hija de un fulano de Urbina, que residía en la dicha ciudad, y en gran menosprecio de su oficio, y de la mucha gravedad de él, y de su sacerdocio, y hábito clerical, hizo oficio de tercero entre una hermana de la dicha mujer, llamada Doña Blasa de Urbina, y un Rodrigo Arias, amigo suyo, hombre bajo, y confeso, y traidor, contra la real corona de su majestad, al cual tuvo escondido mucho tiempo, en su casa, porque por las dichas razones quería hacer justicia de él don Francisco de Toledo, virrey que fue de aquel dicho reino, y teniéndole ansí escondido, le entregó a la dicha doña Blasa, para que la estrupase, y deshonrase, y porque la dicha mujer se quejaba, y para que callase esto, y otras muchas cosas que sabe del dicho inquisidor, la casó con don Pedro Solier, hijo de Garci Díez de Sanct Miguel, que fue un caballero muy principal, y de los mayores servidores que su majestad ha tenido en aquel reino, engañando como para ello engañó al dicho don Pedro por habérsele muerto su padre en esta ocasión, y quedado niño de poco más de catorce años, con lo cual le agravió y le afrentó a él y a sus deudos, deshonrándolos muy notablemente.

»Ítem está el dicho inquisidor de ordinario amancebado públicamente, con grandísimo escandalo y nota, y lo estuvo muchos años, con doña Catalina Morejón, mujer casada con un Antonio de Chaves, vecino de la ciudad de Guamanga, la cual tuvo con tanta publicidad, como puede tener un casado a su mujer y se la llevaba muchas noches un allegado suyo llamado Antón Sánchez de León, a su casa, y a las del Sancto Oficio cuando el dicho inquisidor vivió en ellas, a las ancas de un macho bayo, en que el dicho inquisidor acababa de ruar, pasándola por la plaza, y por otros muchos lugares públicos, de suerte que los que lo vían se escandalizaban, y hasta los negros e indios de la dicha ciudad decían, que era la mujer del inquisidor, y estando en su casa andaba con un palo en las manos, tras el dicho inquisidor, pidiéndole celos de otras mujeres, y sabidas muchas cosas de éstas, por el conde del Villar, virrey que fue de aquel reino, con el mucho celo que tuvo del servicio de Dios Nuestro Señor, y de su majestad queriendo poner remedio en ello, la desterró de la dicha ciudad, de lo cual resultaron todos los desacatos, que el dicho inquisidor   —192→   tuvo con el dicho virrey, representado como tan inmediatamente representaba la persona de su majestad.

»Ítem el dicho inquisidor en gran perjuicio de la mucha auctoridad de su oficio dio tanta mano a la dicha doña Catalina Morejón, que ponía y quitaba familiares, y acrecentaba y moderaba la pena de los delincuentes, y ansí sucedió que habiendo predicado un Pedro de Cárdenas clérigo, cuñado de la dicha Catalina Morejón, una proposición mal sonante, predicando a los naturales de aquel reino, lo allanó con el dicho inquisidor, la dicha su cuñada, como el mismo clérigo lo dice.

»Ítem es hombre de tan mala vida, y tan vicioso el dicho inquisidor, y tiene tan poco temor de Dios y de su consciencia, que un jueves sancto de la cena, al tiempo que la procesión de los penitentes andaba por las calles, estaba él cenando con algunas mujeres deshonestas de las que tiene de su mano para sus fines.

»Ítem es tanto lo que el dicho inquisidor se da a este vicio, que toma muchos brebajes y cosas que le puedan ayudar, y provocar a ofender a Dios, y ha sido curado muchas veces secretamente, y ha tomado las unciones una o dos veces, y usa de muchos greguescos de tela, y de terciopelo, y de calzas y otras galas que para él se han hecho públicamente en la dicha ciudad, y sale muchas veces de noche hecho soldado, con plumas, y espada, y daga, y con un montante, y se anda acuchillando por las calles, y se acuchilló con Sancho de Rivera, vecino de aquella dicha ciudad, el cual le quitó un montante, y con el licenciado Ricalde y con Alonso Osorio, y las justicias de su majestad le han encontrado desta manera, escandalizando y alborotando de noche la dicha ciudad.

»Ítem, le sucedió al dicho inquisidor en la dicha ciudad, que estando en cierta casa acostado con una mujer casada, entró el marido de ella, y los halló de esta manera, y el dicho inquisidor le dijo, que mirase que era el inquisidor, y ansí se salió el pobre hombre, sin osar hablar palabra en ello.

»Ítem, dicen en este reino ciertos frailes de la Orden del Señor Santo Domingo, que han estado en aquellas partes, que ha muy poco tiempo que mató un hombre casado a su mujer, por haberla hallado con el dicho inquisidor, el cual se le escapó huyendo, y le corrieron por las calles, y que los prelados de la dicha Orden, quitaron el hábito a un fraile hermano de la dicha mujer sobre el caso.

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»Ítem, estuvo el dicho inquisidor amancebado con una sobrina de un fraile de la dicha Orden, llamado fray Domingo de Valderrama, provincial que fue en aquel dicho reino de su Orden, y el dicho fraile estuvo ansimesmo amancebado con una parienta del dicho inquisidor, que por ser mujer principal y casada, no se declara su nombre, aunque es público y notorio y siendo ansí que el dicho inquisidor es deudo del dicho fraile, como el propio fraile lo dice; demás del mal ejemplo que dio en ello, fue con parienta suya, y habiendo el dicho fraile acabado de ser provincial, pretendió ser prior del convento de la dicha ciudad de los Reyes, y el provincial que le sucedió que se llama fray Agustín Montes, le dijo que no lo podía ser, conforme al motu propio de Sixto V, atento a que era bastardo, como él propio lo había afirmado, haciendo mala a su madre, y diciendo públicamente que no era hijo de un fulano Valderrama, vecino de la ciudad de Quito, con quien su madre había sido casada, sino del capitán Gómez de Solís, y que siendo esto ansí, no podía ser electo prior del dicho convento, y sabido esto por el dicho inquisidor, se fue al dicho monasterio, y poniendo una daga desnuda a los pechos al dicho provincial, le dijo que votaba a Dios que si no hacía prior del dicho convento al dicho fraile que lo había de matar, y ansí el dicho provincial no osó hacer otra cosa, y le hizo prior contra su voluntad y la de los dichos frailes.

»Ítem, estuvo el dicho inquisidor amancebado con una mujer casada con un Juan de Losa, al cual mediante a la amistad que con la dicha su mujer tenía le hizo notario del Sancto Oficio en la provincia de los Charcas, y en esta ocasión se trujo en pregones, una secretaría de la dicha real audiencia de los Charcas, la cual se remató en un Rodrigo Hurtado, en virtud de una cédula real de su Majestad, en que mandaba que en remuneración de los servicios del dicho Rodrigo Hurtado, se le diese y rematase en él la dicha secretaría por el tanto, y el dicho Juan de Losa la pidió para sí, diciendo que se había de rematar en él y no en el dicho Rodrigo Hurtado, atento a que era ministro del Sancto Oficio, y el dicho inquisidor escribió una carta a la dicha real audiencia en favor del dicho Juan de Losa, favoreciéndole por los fines referidos, y mediante esto le quitaron al dicho Rodrigo Hurtado la dicha secretaría, y quedó muy perdido y le han hecho ir y venir desta corte a los dichos reinos del Pirú tres o cuatro   —194→   veces, y todo lo ha causado el dicho inquisidor, por el respecto susodicho.

»Ítem, está el dicho inquisidor cargado de hijos, y se crían públicamente en la dicha ciudad de los Reyes por suyos, con grande escándalo y nota.

»Ítem, se ha valido y vale el dicho inquisidor para cometer estos delictos y excesos de la autoridad de su oficio, porque de otra manera no pudiera, siendo tan sancto y habiéndose de tratar tan sanctamente, y a deshonrado muchas mujeres doncellas y casadas, valiéndose, de presente, de las doncellas con las manos, por ser de tanta edad que no puede poner en ejecución su deshonesto deseo, según algunas de las mismas mujeres lo han publicado, de otra manera.

»Ítem, ha tenido y tiene el dicho inquisidor por comisarios del Sancto Oficio, a muchos hombres deshonestos, revoltosos y delincuentes, como lo fue un Pedro de Quiroga, a quien hizo comisario de la ciudad del Cuzco, e informado de ello don Martín Enríquez, virrey que fue de aquel dicho reino, le mandó al dicho inquisidor que luego le quitase el dicho oficio, y sino que lo remediaría el dicho virrey, y el dicho inquisidor lo hizo ansí, y le envió cierta familiatura para que los que del dicho comisario estaban agraviados no pudiesen convenirle en otro Tribunal, y no fue comisario durante la vida del dicho virrey, y en muriendo que murió le hizo comisario de nuevo, y tuvo por comisario en la dicha ciudad al canónigo Paredes, hombre incapaz, jugador y de mala vida, como consta de la visita que el dicho visitador le tomó.

»Y tiene por comisario en la misma ciudad, al canónigo Pozo, que de ordinario se ocupa en juegos y distraimientos.

»Y tuvo por comisario en la villa de Potosí a un Luis de Armas, hombre tan revoltoso y deshonesto, que de ordinario esta amancebado con indias, y muchas veces las hurta de casa de sus amos y las trae consigo por los caminos, como lo hizo en Chuquisaca que hurtó una india de casa del licenciado Cepeda, presidente de la dicha real audiencia de los Charcas, y la llevó a la dicha villa de Potosí, adonde valiéndose del dicho su oficio dio un bofetón a un clérigo de misa, sin que jamás hubiese querido remediarlo el dicho inquisidor, aunque tuvo noticia dello, antes le dio el dicho oficio siendo notorio en todo el dicho reino que el dicho Luis de Armas había vivido siempre desta manera, por tener con esto grato y de su mano al dicho presidente   —195→   Cepeda, que es deudo del dicho Luis de Armas, para las pretensiones y tratos de Juan Gutiérrez de Ulloa, su hermano, y por sustentarle en el corregimiento que el dicho presidente le dio del pueblo nuevo de La Paz, siendo tan mal cristiano el dicho Luis de Armas que siendo como dicho es comisario, hizo llamar por el Sancto Oficio a cierta mujer doncella sólo a fin de aprovecharse como se aprovechó de ella, teniéndola encerrada en su casa tres días, a todo lo cual dio ocasión el dicho inquisidor Ulloa y fue consentidor de ello, por no perder la amistad del dicho presidente, por los fines dichos, posponiendo la mucha autoridad y sanctidad del Sancto Oficio y la buena ejecución de él, a los intereses del dicho su hermano, y ansí sabidas muchas cosas de éstas por el dicho conde del Villar, como su celo fue tan cristianísimo y deseó tanto siempre acertar a servir a Dios nuestro Señor y a su Majestad, procurando atajar pecados tan públicos y de tanto mal ejemplo y escándalo, le hizo traer preso a la dicha ciudad de los reyes.

»Y tiene por comisario en la dicha villa de Potosí, a un fraile augustino llamado fray Francisco de Figueroa, que está de ordinario fuera de su convento, y siendo, como es, religioso y comisario del Sancto Oficio, tiene casa pública de juego en la dicha villa158.

»Y en la ciudad de Popayán, tuvo por comisario, a un Gonzalo de Torres, cuya mala vida y costumbres, constan de los procesos que hay contra él en aquel dicho reino, y de la visita que le tomó el dicho visitador.

»Y tiene por comisario en la villa de Camana, a un Juan García, clérigo, cura del pueblo de Viraco, al cual se le averigua, que en todo el tiempo que ha que está en el dicho pueblo, no ha rezado el oficio divino, y es tan deshonesto, que ha cometido durante el dicho tiempo, que puede haber quince años, muchos incestos con muchas doncellas estrupándolas y muchos adulterios con mujeres casadas, sin tener jamás respecto a que fuesen madres, ni hijas, hermanas, tías, ni sobrinas, inviando a los maridos de las casadas y a los padres y   —196→   hermanos de las demás, fuera del dicho pueblo, y ocupándolos en sus granjerías para mejor efectuar sus fines, y aprisionando en un cepo y forzando en él a ras que de su voluntad no lo hacen, y para esto pone y quita alcaldes en el dicho pueblo y a hecho y hace otros muchos excesos dignos de ejemplar castigo, y ha resultado de aquesto, que esta el dicho comisario del Sancto Oficio cargado de hijos, y los asienta públicamente a la mesa consigo, demás de lo cual se han muerto en una viña suya por su causa más de cien indios sin confesión y sin bauptismo, y los han hallado muertos por los caminos, todo lo cual es a cargo del dicho inquisidor, porque sabiéndolo y habiéndole dado noticia de ello, no tan solamente no lo ha querido remediar, antes siendo notorias todas aquestas cosas, le hizo comisario del Sancto Oficio, estando el dicho clérigo lleno de excomuniones, suspensiones e irregularidades incurridas por derecho, y procuro el dicho oficio para valerse con él, de suerte que no le castigasen de sus delictos, y el dicho se lo dio para exentarle con esto de las demás jurisdicciones, por haber el dicho clérigo jurado falso en un dicho que dijo en el Sancto Oficio contra un enemigo del dicho inquisidor, y es público y notorio en todo aquel dicho reino, y pública voz y fama que muchos procuran ser ministros del Sancto Oficio para vivir con libertad y no ser castigado de sus delictos, como lo procuró el doctor Salinas, al cual admitió el dicho inquisidor por abogado de los presos del Sancto Oficio, no estando en buena opinión de limpieza, porque el conde del Villar no le castigase cierto delicto que había cometido en desacato del dicho Virrey y del fiscal de Vuestra Merced y dijo públicamente el dicho Virrey que venido que fuese a este reino, había de suplicar a Vuestra Merced que en pago de sus servicios le hiciese familiar del Sancto Oficio en aquel dicho reino, porque con aquesto podría vivir con toda libertad que se le antojase y cometer muchos delictos sin ser castigado por ellos.

»Ítem, el dicho inquisidor ha hecho muchos ministros del Sancto Oficio y familiares de él, a hombres prohibidos, bajos y confesos, como es público y notorio en todo aquel dicho reino, yendo en esto contra la buena dirección del dicho Sancto Oficio y las ordenanzas de él.

»Ítem, el dicho inquisidor no ha respetado jamás las justicias de Vuestra majestad y tiene tiranizado aquel dicho reino, y cada día se atraviesa con los Virreyes, oidores y demás ministros de Vuestra majestad, y especialmente   —197→   se encontró con el conde del Villar, que fue el Virrey más temeroso de Dios nuestro Señor y de su conciencia, y que con mayor rectitud y deseo de acertar gobernó aquel dicho reino, de todos cuantos Virreyes ha habido en él, como en todo el dicho reino es público y notorio, y pública voz y fama, sino es entre las personas que están apasionadas contra el dicho Virrey por haberlos castigado y enmendado de algunos delictos y excesos escandalosos, los cuales han procurado escurecer su buen nombre y su mucha expiandad todo cuanto han podido, y especialmente el dicho inquisidor Ulloa más que otro alguno por haberle desterrado el dicho Virrey, a la dicha doña Catalina Morejón, con quien tan escandalosamente estaba amancebado, habiéndole imbiado Vuestra majestad y su real consejo de la general inquisición para descargo de la real conciencia, y para que viviese honesta y recogidamente y dando buen ejemplo como sacerdote e inquisidor, y no tan solamente el dicho inquisidor se ha desacatado de la manera que dicha es con los ministros de Vuestra majestad; pero muchos de sus comisarios y oficiales han hecho lo mismo, como lo hizo un Martín Abad Usunsolo, a quien el dicho inquisidor tuvo por comisario en la ciudad de Arequipa, adonde sucedió que mató a un Francisco Zamorano, a su mujer doña Francisca Maldonado, con un bocado por causa del dicho comisario, como en la dicha ciudad es público y notorio, y siendo reprehendido de ello por Alonso Osorio, corregidor de la dicha ciudad, se descompuso el dicho comisario muy desacatadamente contra el dicho corregidor, y dijo que había de llevar a hecho todas las mujeres que la dicha ciudad y luego a sus maridos, habiendo en ella, como hay tantos caballeros de los más graves y principales de todo aquel reino, y siendo como son vasallos de Vuestra majestad de lo cual ha sido ocasión el dicho inquisidor Ulloa, ansí por haber él hecho lo mismo, como por preciarse como se precia de ello, diciendo de sí como lo dicen él y el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, su hermano, que es el dicho inquisidor, el hombre más valeroso del mundo, y que no hay quien le pueda resistir, siendo su valor haber cometido los dichos delictos y vivir tan deshonestamente, teniendo tan tiranizado aquel reino, que dijo, el conde del Villar, Virrey susodicho, que no decían bien en decir el inquisidor del Perú, porque no se había de decir sino el Perú del inquisidor.

»Ítem se dijo en la dicha ciudad de los reyes, que Vuestra Majestad mandaba que el dicho inquisidor, y el licenciado Moçon oidor que fue   —198→   en aquel dicho reino, pareciesen en esta corte, a dar cuenta de sus vidas, y habiéndolo oído ansí, un hijo de un Pedro de Cancedo el Galán, que reside en la dicha ciudad del Cuzco, lo escribió al dicho su padre, el cual mostró la carta a algunas personas, y sabido esto por el dicho inquisidor, los mandó prender y los tuvo presos cincuenta días, de cabeza y de dos pies en un cepo, y los condenó en quinientos pesos ensayados a cada uno de ellos, y en seis meses de destierro, por solo haber escripto lo que en la dicha ciudad se decía, lo cual hubiera sido gran servicio de Dios Nuestro Señor y de Vuestra Majestad y mucho bien para todos aquellos dichos reinos, y se hubieran excusado tantos agravios como el dicho inquisidor ha hecho en ellos y los malos ejemplos que ha dado.

»Ítem porque dijo el padre fray Joan de Camargo, fraile muy honrado de la orden del Señor San Francisco, y que había sido guardián en Hierusalém, que el dicho Pedro de Quiroga comisario susodicho era fraile, le mandó prender el dicho inquisidor y tratarle de suerte que murió de pena, y el dicho comisario declaró al punto de su muerte, como era verdad que era fraile, y que ansí no había podido gozar del canonicato que había tenido en la iglesia catedral de la dicha ciudad del Cuzco, y que dejaba sus bienes por vía de restitución a la dicha iglesia.

»Ítem está en aquel reino el capitán Juan de Fuentes, y a más de cincuenta años que sirve en él a su majestad en ocasiones de mucha importancia, habiéndose hallado en las más de las batallas que ha habido en servicio de Vuestra Majestad con cargo de capitán y de alférez, y ha sido muchas veces corregidor de las ciudades del dicho reino, y uno de los visitadores generales que proveyó el virrey don Francisco de Toledo, para la visita general que en él se hizo, y visitó la ciudad de Guánuco, y su distrito, y el dicho virrey en remuneración de sus servicios, le encomendó cierto repartimiento de indios, en la ciudad de los Chachapoyas adondel dicho capitán se casó, con una hija de un Juan de Nurueña, que reside en ella, y sucedió que un fulano de Pantoja vecino de la dicha ciudad, debía al dicho Juan de Nurueña, dos o tres mil pesos de ciertas cuentas que entre ellos había, y por no habérselos querido pagar ocurrió al corregidor de la dicha ciudad, a pedir su justicia, y sabido esto por el dicho Pantoja, valiéndose del oficio que tiene de receptor del Sancto Oficio y teniente de Juan de Saracho, que es receptor propietario, se fue muy desacatadamente, a   —199→   casa del dicho corregidor, y poniendo en ella mano al espada dio muchas heridas al dicho Juan de Nureña, que es viejo de más setenta y cinco años, y habiendo cometido este delicto se retrujo a una iglesia, de adonde salió, llevando a curar al dicho herido, y le dio otras tantas heridas sin ser nadie bastante a podérselo impedir, por el oficio que tiene, y el dicho corregidor por el mismo respecto, no osó hacer diligencia alguna sobre el caso, y ansí la hizo el comisario del Sancto Oficio de la dicha ciudad, y con ella el dicho capitán Juan de Fuentes, acudió a la dicha ciudad de los Reyes y la presento ante el dicho inquisidor estando en su audiencia, y el dicho inquisidor le preguntó ante quien pensaba pedir su justicia en aquel caso, y habiéndole respondido el dicho Juan de Fuentes, que ante Vuestra Majestad y su real audiencia, atento a que el dicho Pantoja no era propietario del dicho su oficio, sino teniente del dicho Juan de Saracho, y que esto lo ordenaba y mandaba Vuestra Majestad así, por sus reales cedulas, como constaba de una cedula real de que hizo demostración, le dijo el dicho inquisidor muchas palabras injuriosas, y que no había que tratar de cédulas de Vuestra Majestad porque no se había de hacer más de lo que él mandase, y le mandó notificar, con penas que para ello le puso, que no pidiese su justicia sino ante él, y visto esto por el dicho Juan de Fuentes, se fue a los oidores de la dicha ciudad y les dio cuenta del caso, y les preguntó ante quién había de pedir su justicia, y le respondieron que el negocio era de la real justicia, y de los alcaldes del crimen, y por sólo haber preguntado lo susodicho, le prendió el dicho inquisidor, y le tuvo preso más de cuatro años, y dos de ellos en la cárcel, de suerte que el dicho capitán llegó a punto de muerte, y, habiéndolo declarado ansí ante el dicho inquisidor le diese licencia para irse a curar debajo de fianzas, y el dicho inquisidor es tan vengativo que le respondió, que había de morir en la prisión, y finalmente le tuvo en ella hasta que le sentenció, en mucha cantidad de pesos de oro, y en destierro, y otras penas, como todo ello consta del proceso de la causa, y dicho visitador Juan Ruiz de Prado, no tan solamente no lo remedió, pero jamás le quiso oír, y ansí quedó el dicho capitán, tan perdido que muchos le hacían limosna, de secreto, y será ya muerto, con las dichas vejaciones, por ser como era hombre de mucha edad.

»Ítem proveyó el conde del Villar por corregidor de la ciudad de Guanuco, al capitán Rodrigo de Cantos, y como se acostumbra en aquel dicho reino, tomó residencia, a su antecesor, y a las demás justicias,   —200→   y escribanos de la dicha ciudad, y entre ellos a un escribano que era familiar del Sancto Oficio, y por esto, y por haber dicho el dicho corregidor que el dicho escribano, pues lo era del cabildo, diese residencia en este particular, con los demás residenciados, le imbió a llamar el dicho inquisidor, y le hizo parecer en la dicha ciudad de los reyes y le prendió y trató muy mal, como lo ha hecho otras muchas veces, con otros ministros de Vuestra majestad teniéndolos acobardados con esto, y con quitarles las causas, de suerte que no osan hacer justicia, aunque les pertenezca el conocimiento dellas, contra los familiares ni allegados suyos ni contra otra persona que le toque en cualquier manera que sea, por tener como tiene el dicho inquisidor usurpada la jurisdicción real, para hacerse temer, y para que nadie ose pedir justicia contra él, ni los testigos que saben todas estas cosas como en ellos se contiene por ser tan públicas y notorias a todos, de temor del dicho inquisidor, no se atreven a decirlas.

»Ítem prendió el dicho inquisidor a un clérigo llamado Juan de Chavarria, y durante la dicha prisión le hizo cargo, que había cometido cierto delicto y sin oírle ni convencerle de él, ni admitirle descargo alguno, le agravió notablemente, y le afrentó, poniéndole una mordaza en la lengua, y le sacó de esta manera en el monasterio de monjas de la encarnación de la dicha ciudad con ser el dicho clérigo sacerdote y hombre hidalgo, y bien nacido, y después se averiguó no haber sido culpado el pobre sacerdote, en lo que le imputaron, y en el consejo de la general inquisición se declaró que cuando lo fuera, no pertenecía el conocimiento de la causa al Santo Oficio, y mandó desagraviar al dicho clérigo.

»Ítem le prestó al dicho inquisidor Ulloa, muchos pesos de oro, un clérigo llamado Hernán Gutiérrez de Ulloa, y por habérselos después pedido, le prendió y trató mal, y dio orden para que el juez eclesiástico hiciese lo mismo, y le mandase por sentencia definitiva, que no se llamase Ulloa, y queriéndose valer el dicho clérigo, de algunas personas que sabían de su justicia, las presentó por testigos en la causa que trató contra el dicho inquisidor, los cuales no tan solamente no osaban declarar la verdad, antes declararon, que no conocían al dicho clérigo, porque el dicho inquisidor, no los destruyese, de lo cual se deja bien entender, que es de gran inconveniente el dejarse en su plaga y que su hermano Juan Gutiérrez de Ulloa tenga la de alguacil mayor del Santo Oficio para159 que se le averigüen las   —201→   cosas contenidas en este memorial, y se haga justicia a los vasallos de Vuestra Majestad y se descargue su real consciencia, y finalmente habiendo tenido el dicho clérigo recurso ante su Sd. le imbiaron sus deudos una bula de Sixto quinto, en que mandaba, se averiguasen los delictos, y exorbitancias del dicho inquisidor, para que no quedasen sin castigo, declarándolo por excomulgado, lo cual es negocio muy escrupuloso, por haber excomunión tan expresa en derecho, contra los inquisidores que proceden de la manera que el dicho inquisidor ha procedido, de donde se infiere que está excomulgado, suspenso e irregular, pues en muchos de los negocios que se le han ofrecido ha mostrado la pasión con que los ha tratado, y en otras demasiada afición y ansí sabido que el dicho clérigo tenía la dicha bula lo prendió y se la quitó, e impidió la ejecución de ella, en gran desacato de la Santa Sede apostólica y el dicho visitador sentenció al dicho clérigo en muchos pesos de oro, y en las costas y en privación de oficio y beneficio por un año, y en cuatro años de reclusión, por dar gusto en ello al dicho inquisidor, porque a la sazón eran grandes amigos y aquella mesma tarde que le sentenció, le llevaron cuatro o cinco familiares con mucha ignominia y haciendo burla de él, y le entregaron al dicho fray Domingo de Valderrama prior del dicho convento de Santo Domingo, con quien el dicho inquisidor tiene la amistad referida, en el capítulo nueve de este memorial, y el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, hermano del dicho inquisidor, le estaba aguardando a la puerta de las casas del Sancto Oficio como quien ya sabía la sentencia que se le había de dar, aun antes que se pronunciase, y viéndole llevar de la manera que dicha es, comenzó a mofar de él, con otros amigos suyos, diciéndole, que mirase bien en lo que paraba, ser contra su hermano, y haber pedido visita contra él, y se dice que el dicho clérigo es ya muerto con estas molestias, y el dicho Juan Gutiérrez se ha ensoberbecido de manera con estas cosas que dice que no hay en todo aquel reino más de dos hombres de valor y que el uno es él, y el otro su hermano.

»Ítem compró un caballero llamado Hernando Palomino un caballo en quinientos pesos o seiscientos, y el dicho inquisidor le imbió a decir que se lo vendiese, y porque no lo quiso hacer, mandó que dos familiares se le quitasen, contra su voluntad, para presentarlo a un criado del dicho conde del Villar, el cual no lo quiso recebir según se entendió en la dicha ciudad.

  —202→  

»Ítem se pidió prestado en aquel dicho reino para Vuestra Majestad y para la guerra contra los ingleses luteranos enemigos de nuestra santa fe católica, y el dicho conde del Villar deseando que esto tuviese buen efecto como lo deseó siempre en todo lo que era del servicio de Dios nuestro Señor y de Vuestra Majestad, imbió a llamar a los dichos inquisidores, para tratarlo con ellos, y como el dicho inquisidor Ulloa estaba tan apasionado, contra el dicho virrey por haberle quitado y desterrado la dicha mujer, no lo quiso hacer, ni ir al llamado del dicho virrey, desacatándose contra él, como lo hizo otras muchas veces, sin mirar a quien era, ni a que tan inmediatamente representaba la persona de Vuestra Majestad y el dicho visitador hizo lo mismo, posponiendo la mucha importancia del negocio, para que los llamaban, y servicio de Dios nuestro Señor, y el de Vuestra Majestad y la buena ejecución de su oficio (pues es contra la herética pravedad) y a su pasión y a la mucha enemistad, que tenían, y tienen al dicho virrey y a todas sus cosas.

»Ítem imbió, a llamar el dicho virrey, y a decir a los dichos inquisidores, que por lo que tocaba al buen ejemplo que se debía dar a todo el Reino, y al servicio de nuestro Señor y de Vuestra Majestad y a la seguridad de sus conciencias, que se hablasen porque esto no impediría, que cada uno siguiese su justicia como mejor le estuviese, y que los dichos inquisidores le fuesen a ver primero, por ser como era virrey, para que se guardase el decoro que se debía al dicho cargo y que después de esto los iría a ver el dicho virrey, y el dicho inquisidor no lo quiso jamás hacer, siendo parte con el dicho visitador para que hiciese lo mismo, porque entonces no hacía más de lo que el dicho inquisidor Ulloa quería, y en ello dieron mal ejemplo a los que lo supieron, y se desacataron con el dicho virrey, como lo hicieron siempre teniéndole excomulgado, con gran nota de todos los de la ciudad, sin poderlo hacer, como en todo el dicho reino es público, y notorio.

»Ítem, sucedió que estando un día oyendo misa, en el monasterio de la Concepción de la dicha ciudad de los reyes, el doctor Juan Díaz, canónigo de la iglesia catedral de ella, y un licenciado Menacho, clérigo presbítero, acertaron a salir los dichos inquisidores de la dicha iglesia y monasterio, y porque los dichos clérigos no dejaron la misa para acompañarlos, los trataron muy mal y con palabras muy injuriosas, y mandaron que el primer día de fiesta siguiente los llevase un familiar del Sancto Oficio a la vergüenza, delante de todo el acompañamiento que llevaban, y es tanta su soberbia que se dejan   —203→   llamar señoría en sus casas, lo cual causó grande escándalo en los que lo vieron.

»Ítem, es tanto el imperio que tienen en aquel reino los dichos inquisidores, que se entremetieron a mandar que ningún prebendado de la dicha iglesia, ni los demás sacerdotes, aunque fuesen caballeros o graduados, no trajesen sombrero sobre bonete, porque trayendo ellos no lo habían de traer los demás clérigos y se ejecutó ansí, y causó mucha nota en la ciudad.

»Ítem, el dicho inquisidor Ulloa es tan vengativo que si le ha ofendido alguno en cualquier manera que sea, y después le cae en las manos, lo destruye, con color de que lo hace por lo que toca a su oficio, como consta de los casos que están referidos y de otros muchos que se le pueden averiguar, demás de lo cual sucedió que habiendo ido un Gaspar Moreno, en cierto día de fiesta, a denunciar de un don García Osorio a casa del dicho inquisidor de cierta palabra malsonante que había dicho, le mandé el dicho Inquisidor que luego a otra día acudiese al Sancto Oficio a hacer la dicha denunciación, porque el dicho don García era sobrino de Alonso Ossorio, el cual se la debía muchos días había, y que se holgaba que hubiese caído, en sus manos, y por este mismo respecto prendió otra vez a don García y le tuvo con prisiones, y trató muy mal de palabra por sólo haberse atravesado con un sastre que hacía de vestir al dicho inquisidor.

»Ítem, mandó el virrey don García de Mendoza que ningún negro de los que hay en la dicha ciudad de los reyes pudiese andar a caballo ni traer armas, con grandes penas que para ello puso, por los muchos inconvenientes que se siguen de lo contrario, y como el dicho inquisidor está tan acostumbrado a encontrarse con los virreyes, y a no obedecer cosa que Vuestra Majestad manda, habiéndose lo susodicho pregonado públicamente por mandado del dicho virrey, se fue al pueblo de Surco, que es dos leguas de la dicha ciudad, y llevó consigo mucha cantidad de negros a caballo y los hizo jugar cañas, y que alanceasen un toro, y el dicho virrey le imbió después de esto una licencia por algunos respetos que a ello le movieron, para que se entendiese que no lo había hecho sin ella...

»Ítem, le sucedió con el dicho inquisidor Ulloa al doctor Castillo, que de presente está en esta corte, que visitando al arzobispado de la ciudad de los Reyes, como visitador que fue de él, visito el pueblo de Mala, que esta veinte leguas poco más o menos de la dicha ciudad,   —204→   a donde le dieron noticia que un Juan de Alconcher, mestizo, que reside en el dicho pueblo, vivía con gran perjuicio de los indios y usando con ellos de sus ritos y ceremonias, y que estaba amancebado con muchas indias, y se emborrachaba con los dichos indios, y sabido esto por el dicho visitador procedió contra el dicho mestizo para poner remedio en ello, el cual dio aviso de ello al dicho inquisidor, y teniendo obligación por lo que toca a su oficio el dicho inquisidor de remediarlo, él no tan solamente no lo hizo, antes escribió una carta muy descomedida al dicho visitador mandándole que no procediese más en la causa, porque el dicho mestizo era muy gran amigo suyo, el cual lo hizo ansí por no atravesarse con el dicho inquisidor, al cual le encargó la conciencia, y avisó que demás desto jamás oía misa el dicho mestizo.

»Ítem, hizo comisario del Sancto Oficio el dicho inquisidor, al dicho fray Domingo de Valderrama, en la ciudad de Guamanga, para que tratase el casamiento que se hizo del dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, su hermano, con hija de Amador de Cabrera, por la mucha entrada que el dicho fraile tenía en casa del dicho Amador de Cabrera, no estando el dicho fraile en buena opinión de limpieza ni de costumbres, antes notado de juegos y otros distraimientos, que aun con ser provincial de su orden después no enmendó, posponiendo la autoridad del Sancto Oficio al aprovechamiento del dicho su hermano, y suyo, como lo ha hecho en otras muchas cosas.

»Ítem, el dicho inquisidor ha favorecido, con gran desorden, a muchas personas de aquel reino, valiéndose para ello de la autoridad de su oficio, y en especial a un Luis García de Cervantes, allegado suyo, hombre confeso y bajo, y que a muy pocos años que usaba oficio de zapatero públicamente, y sin verdad alguna, y como tal se alzó en Potosí, según es público y notorio, con casi trescientos mil pesos ensayados, siendo bolsero, de la compañía del factoraje de azogue, que se lleva de Guancavelica, a la dicha villa de Potosí, y durante el arrendamiento que se remató en Juan Pérez de las Cuentas, Gaspar de Solís, Cristóbal de Espinosa, en que entró el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, con uno o dos dozavos de parte, ha tenido el dicho Luis García de Cervantes, negociaciones y tratos ilícitos en la dicha villa de Potosí, en materia de azogues, y en gran perjuicio de la real hacienda de Vuestra Majestad con todos o la mayor parte de los ministros della, y con la real audiencia y sus oficiales, y con el favor de todos ellos, y especialmente   —205→   con el del dicho inquisidor, no se ha podido alcanzar justicia contra él, ni el virrey de Vuestra Majestad fue poderoso para traerle a la dicha ciudad de los Reyes, porque habiéndole sacado de Potosí para este efecto, y llevádole al puerto de Arica para imbiarle, de allí se huyó adonde se dejaba ver, y amenazaba a los que le seguían, y siendo esto así como lo es, se deja bien entender el gran inconveniente que se sigue, de que el dicho inquisidor visite como se le ha mandado al presidente e oidores de la dicha real audiencia de los Charcas y oficiales de ella, y de la real hacienda de Vuestra Majestad, con quien el dicho Luis García y el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa han tenido tantos tratos y contratos siendo el dicho Luis García y los visitados tan íntimos amigos del visitador, y habiéndose valido el dicho inquisidor y el dicho su hermano, de los dichos oficiales reales y de la dicha real audiencia, y sus ministros y del dicho Luis García, en las contrataciones que ansí han tenido en la dicha villa de Potosí como es público y notorio, y el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa se salió de la dicha compañía antes que se acabase el dicho arrendamiento con su puesto, y veinte y seis mil pesos ensayados de ganancia que se le dieron, dejando perdidos todos sus compañeros, como está dicho, y todo lo ha hecho con la sombra e autoridad de su hermano el inquisidor y el dicho inquisidor con la de su oficio.

»Ítem el dicho inquisidor favoreció asimismo a Amador de Cabrera, suegro que al presente es del dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, su hermano, en cierto pleito que trato en la dicha real audiencia de los reyes, con Juan de Sotomayor, Rodrigo de Torres Navarro, Pedro de Contreras, y Alonso Pérez de Cea, mineros en las minas de azogue de la villa de Guancavelica, sobre la venta de la mina rica, que en ellas tiene el dicho Amador de Cabrera, y para este efecto dio la vara de alguacil mayor del Sancto Oficio, a un hijo del licenciado Cartagena, que fue oidor de la dicha ciudad, juez de la dicha causa, a fin de tenerle grato, y de su mano con este beneficio, en el dicho pleito, posponiendo la autoridad del Sancto Oficio al interés del dicho Amador de Cabrera, con cuya hija pensaba casar al dicho su hermano, como lo hizo antes que se acabase el dicho pleito, como de la misma manera la ha pospuesto en otras muchas cosas, y porque el dicho oidor dio a entender, en la prosecución de la causa que su voto no sería en favor del dicho Amador de Cabrera, por parecerle que no tenía justicia, le recusó el dicho inquisidor, y dijo contra él públicamente,   —206→   y con mucho escándalo, que había sacado al dicho oidor de la sinagoga, en ayer hecho alguacil mayor del Sancto Oficio al dicho su hijo por no haber estado en buena opinión de limpieza al dicho oidor, en aquel reino, y no obstante esto tuvo muchos medios con los demás jueces para que se sentenciase la dicha causa, en favor del dicho Amador de Cabrera, por lo cual hasta el día de hoy tienen queja pública, los dichos mineros, diciendo que el dicho inquisidor les quitó su hacienda, por el negocio de tanto interés, que habiéndoseles hecho venta de la dicha mina rica en trescientos y tantos mil pesos ensayados y habiéndoseles pagado ansimesmo mucha parte de ellos, al dicho Amador de Cabrera, se dio por ninguna la dicha venta, por el engaño de la mitad del justo precio, y durante la litis de esta causa, se concluyó el casamiento del dicho Juan Gutiérrez con hija del dicho Amador de Cabrera, porque no quedando en la mina, no le pudiera dar tanta dote, como le dio ni la mitad y cuando se lo pudiera dar, sin que el dicho inquisidor le hiciera volver la dicha mina, no casará el dicho Amador de Cabrera su hija, con el dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, por ser muy diferentes las cualidades...».

No eran por cierto menos autorizadas ni menos graves las acusaciones que respecto de Gutiérrez de Ulloa se enviaban al Rey. He aquí, en efecto, las que su representante en el Perú, el Conde del Villar, le apuntaba con fecha 21 de abril de 1588, que aunque en parte referentes al inquisidor Juan Ruiz de Prado, hemos creído oportuno insertar en este lugar para no interrumpir el hilo de nuestra narración:

«Señor: En algunas cartas mías, en especial en una de veinte y cinco de mayo de mil y quinientos ochenta y seis, he significado a Vuestra Majestad que el Licenciado Antonio Gutiérrez de Ulloa, inquisidor, y algunos ministros del Sancto Oficio de este reino, que en esta ciudad reside, se entremetían en cosas tocantes a la jurisdicción real usurpándola de manera que tenía necesidad de remedio, y hacían otras de su gusto y voluntad, todo con la mano y nombre del dicho Sancto Oficio, lo cual, o de mucha parte de ello, e entendido ha informado a Vuestra Majestad esta Audiencia Real y el fiscal de ella con más particularidad diversas veces; y en continuación de ello, después de haber venido el doctor Juan Ruiz de Prado de esta ciudad por visitador e inquisidor del dicho Santo Oficio, entrambos inquisidores han pretendido hacer y hecho algunas en mucho daño y perjuicio de la dicha jurisdicción real y en no menos desautoridad del cargo   —207→   en que yo aquí estoy sirviendo a Vuestra Majestad, y particularmente en lo que toco al auto de la fe que celebro en esta dicha ciudad el día de Sant Andrés del año próximo pasado, y entonces escribía Vuestra Majestad, significándolo y suplicando a Vuestra Majestad, porque el tiempo no me había dado lugar para poderlo escribir y informar de ello a Vuestra Majestad con la particularidad que convenía, y creyendo que los inquisidores como más desocupados, podría ser que lo hiciesen a su modo, Vuestra Majestad mandase se guardase un oído para cuando yo lo hiciese, que sería con la brevedad posible, y así lo hago agora, y porque para dar razón de todo lo que ha pasado cerca de lo susodicho y de las ocasiones que han querido tomar los dichos inquisidores para ello y a mí me han dado para proceder sin la reportación que he tenido, poniendo delante de mis ojos a Dios Nuestro Señor y a Vuestra Majestad y dar en todo razón de mí, me ha parecido, ser necesario tomar este negocio dende su principio: lo haré aquí y por serlo asimismo el haber de tratar de cosas tocantes a algunos de los dichos ministros y de otras personas, lo cual yo no quisiera hacer, no obstante ser de cosas muy públicas y notorias en este reino y en España, y algunas de ellas muy escandalosas y de mal ejemplo, no lo he podido excusar, por lo que he dicho y volver por mi cristiandad y honra, de que Dios y Vuestra Majestad me han hecho merced, ya que tengo más obligación que a las ajenas y de conservarlas para servir a su divina y a Vuestra Majestad; y ansí digo que habiendo entendido en España que la manera de vida y proceder del dicho inquisidor Ulloa no era cual convenía y se debía desear en persona que ocupaba el lugar que tantos años había que lo hacía, vine entendiendo en los puertos de la navegación que truje hasta el de Payta de este reino lo mismo con más particularidad, sin hacer en alguna de todas las dichas partes diligencia para ello, y llegado a esta ciudad, de la misma manera entendí y supe tanto dello y de ser tan público y de la manera que he referido, que no me pudo quedar dubda de ser cierto y verdadero, y particularmente de que Antonio de Chaves, caballero conocido de esta tierra, que residía y vivía en la ciudad de Guamanga, desavenido con su mujer, y ella en esta ciudad sin haber estado juntos ni hecho vida maridable, ocho años había o más, sino fue un poco tiempo, que habiéndolos conformado el Virrey don Francisco de Toledo, lo estuvieron en esta ciudad, y luego el Antonio de Chaves se fue a la de Guamanga, no pudiendo hacer otra cosa, de   —208→   todo lo cual se ponía la culpa al dicho inquisidor Ulloa, y había gran nota, murmuración y escándalo en esta dicha ciudad y reino, y hallando yo asimesmo en ella otras cosas que causaban lo mismo de mucho tiempo antes de personas de calidad casadas y de otros estados, y entendiendo que no podía cumplir con lo que debía al servicio de Dios y de Vuestra Majestad, ni descargar mi conciencia, no remediándolas todas, me resolví en hacerlo, y no obstante ser todo tan público, como he dicho, procure con las dichas personas a quien tocaba, se apartasen de los vicios y pecados en que estaban, enviándoselo a encargar y mandar en secreto con otras, cuales convenía para ello, y a algunas, diciéndoselo yo de la misma manera, y esto hice hasta con algunas que habían tenido y tenían tablajes públicos, como con quien era menos menester usar de este término y cumplimiento, y como no aprovechó, usé del que convino y fue necesario, y así se remedió todo con el ayuda de nuestro Señor, de que fue muy servido y Vuestra Majestad asimismo, y para hacerlo en lo que tocaba al dicho Antonio de Chaves y su mujer, me pareció enviarlo a llamar sin decirle para que efecto, y, poniéndole la culpa, que no tenía, del apartamiento de la dicha su mujer, conformarlos como mejor se pudiese y hacerle que la llevase consigo, a Guamanga, satisfecho que cualquier cosa se podría acabar con él sin dificultad, y así le escrebí que luego viniese a esta ciudad, y él me respondió que estaba viejo impedido y pobre y de manera que no lo podía hacer, por una carta cuyo traslado envió a vuestra Majestad, y entendido que era verdad todo lo que decía y pareciéndome que no quedaba otro medio para remediar este negocio, sino que su mujer se fuese para él, le envié a decir y rogar que lo hiciese, con el presentado fray Antonio de la Peña, de la orden de santo Domingo, con quien yo me confesaba, y que publicase que ella se movía a hacerlo de caridad y por el tiempo santo en que estábamos, que era cuaresma, para curar y regalar a su marido y enterrarle muriendo antes que ella, como naturalmente se podía esperar, por ser y estar él de la manera y disposición que he dicho y ella de muy diferente, y que para que en ningún tiempo se entendiese que yo se lo había enviado a decir y rogar, me obligaba en conciencia a guardar el secreto dello y el dicho fraile asimismo, el cual se lo dijo así y ella no quiso acudir a ello, y lo publico, y con todo esto yo lo disimulé y pasé por ello por muchos días, y después volviendo a instar las dichas mis obligaciones y conciencia, se lo envié a decir   —209→   y rogar de nuevo, por los mejores medios y más secretos que pude y aunque ella ofreció otros que no eran suficientes, yo me contentara con alguno para irlo remediando, aunque no se hiciese de una vez, pero ella ninguno puso en efecto, antes procuró, favorecida y guiada por el dicho inquisidor, excusarse de todas y intento un remedio para que la iglesia la apartara de su marido, que no holgara yo poco le pudiera conseguir, pero era cosa cierta y sabida, no ser posible por dificultades que había, y así la hube de mandar ir a hacer vida con su marido, y estando con él procuraron le diesen licencia para irse a España, y él se la dio y yo hice lo mismo por justas causas que a ello me movieron, y de este negocio, no obstante que yo he procedido en el de la manera que he dicho, el dicho inquisidor se hizo sentido y agraviado de mí, con que en público ni en secreto, por escripto ni de palabra, yo no le dije ni traté de él, sino sólo de que el dicho Antonio de Chaves y su mujer hiciesen vida maridable y estuviesen en buen estado, de que constara por los autos que cerca de ello pasaron, de que envió testimonio a vuestra Majestad, y si convino y fue necesario remediar este negocio, de más de lo que se deja entender y considerar se podrá bien hacer por un memorial que con el bachiller Carabantes, mi capellán y confesor, me envió acerca de ello el licenciado Alcedo, fiscal del Santo Oficio, estando a punto de muerte, confesado y comulgado, y habiendo ordenado su testamento, debajo del cual murió, de allí a dos días, cuya copia ansimismo envió a vuestra Majestad, y particularmente suplicó mande se vea, porque sólo él bastara para justificación de todo lo hecho y mucho más que se hiciera en este caso, con lo cual concurrió que el dicho inquisidor, en las cosas que le parecían y se iban ofreciendo, no dejaba de hacer lo que le parecía en continuación de su manera de proceder, referida, con la mano del Santo Oficio, en cosas que no le tocaban, de las cuales tengo escriptas a vuestra Majestad algunas y particularmente en lo que toca al arrendamiento del factoraje de los azogues, trayendo espías en la casa real de vuestra Majestad, donde entonces yo pasaba, para saber y entender todo lo que pasaba y se hacía en ello, una de las cuales hubo allí los pedazos de un papel rasgado, que era borrador de una petición que Joan de Soto Mayor, minero, me había dado cerca del dicho arrendamiento, por las cuales vio y entendió lo que cerca dello pasaba, para pretensiones que tenía respecto de ser su hermano, yerno de Amador de Cabrera, cuya es la mina descubridora   —210→   de los dichos azogues, y siempre ha tenido y procurado tener, en la dicha casa y en este aposento, donde después del temblor de tierra he pasado, las dichas espías, para saber y entender de los negocios de mi cargo, lo que pudiesen, y ansí me han tomado papeles y memoriales de las mesas y escriptorios donde los tengo y se los han llevado y él los ha tenido y mostrado a quien le ha parecido, por todas las cuales cosas yo he pasado con tanta templanza y sufrimiento como ha sido menester para excusar los grandes inconvenientes y pesadumbres que pudieran suceder de no hacerlo ansí; después de lo cual habiéndome el doctor Juan Ruiz de Prado, inquisidor y visitador de la dicha inquisición, escripto desde el camino una carta, la cual yo recibí a tiempo que estaba muy agravado de la enfermedad que tuve el año pasado y así no pude responder a ella, de que él mostró sentimiento, llegó a esta ciudad y se vino a posar a casa del dicho inquisidor Ulloa, donde le hospedó con mucho regalo, hasta que tomó y asentó su casa y sus oficiales de la visita en casa de los que a quien venían a visitar, a los cuales se hizo el mismo regalo, y luego el dicho doctor Juan Ruiz de Prado vino a visitarme estando yo en la cama de la dicha enfermedad, y haciéndole dar una silla junto a la cabecera de ella, entró llevándole la falda alzada un paje, y no la soltó hasta ponerla en la misma silla, lo cual yo disimulé, aunque sé que en otros reinos no consienten los virreyes que entren los arzobispos de aquella manera donde están ellos, y entre otras cosas que me dijo fue una que el venía a visitar la inquisición de este reino y que había de mirar mucho por el honor del dicho inquisidor Ulloa, que yo le respondí que era justo anteponiendo el de nuestro señor, y después entendí que en otras partes había dicho lo propio y que no había de dar lugar a que bellacos dijesen contra el dicho inquisidor Ulloa, con lo cual se entendió generalmente en esta ciudad y reinó que la dicha visita había de ser muy a gusto del dicho inquisidor Ulloa, y así se entiende que muchas personas han dejado de decir y pedir lo que dijeran y pidieran si tuvieran otra satisfacción (o premisas).

»En este tiempo, poco días antes que el dicho inquisidor Prado llegase a esta ciudad, se tuvo nueva en este reino de que habían salido de Inglaterra ciertos navíos y se entendía que venían a este mar del Sur, y a la misma sazón trujeron presos al sancto oficio a dos ingleses que habían prendido en la ciudad de Buenos Aires, que viniendo en un navío se perdieron en el Río de la Plata, el uno de los cuales   —211→   se llamaba Juan Drac, primo del capitán Francisco Drac, y el otro Ricarte Conania, hombre señalado y versado en la navegación, a lo que se entendía, y pareciéndome que importaba al servicio de Dios y de Vuestra Majestad tomarles sus declaraciones y entender el intento con que ellos habían salido de su tierra, y el discurso de su navegación y causa de su pérdida, y la noticia que tenían de los que allá quedaban o se podía esperar, y otras cosas, para sobre todo hacer prevenciones en el reino y dar aviso a Vuestra Majestad de lo que conviniese, envíe a pedir al dicho inquisidor Ulloa me los enviase para hacer con ellos la dicha diligencia, y él lo ofreció así, y como la dicha enfermedad me agravó en aquella sazón, y yo quería hacerla por mi persona, no fue posible hasta que llegó el dicho inquisidor Prado a esta ciudad, y llegado, luego que tuve alguna mejoría de mi salud, envié a pedir a los dos inquisidores que me enviasen los dichos ingleses, o si en el sancto oficio hubiesen hecho alguna declaración que tocase a lo referido y no al secreto de él, me advirtiesen, y cuando lo uno ni lo otro no se pudiese hacer, diesen lugar para que en la misma cárcel del dicho sancto oficio y en presencia de quien ellos ordenasen, se les tomase su declaración, pues esto importaba tanto al servicio de Dios y de Vuestra Majestad y defensa del reino, y de la santa fe católica, en él, y aunque el dicho inquisidor Ulloa ofreció de su parte lo primero, el dicho doctor Juan Ruiz de Prado no quiso venir en ello, diciendo que no les era permitido hacerlo, y que aunque con los virreyes mis antecesores se había hecho lo que yo pedía, y el dicho inquisidor Ulloa había ofrecido el venir a reformar eso y otras cosas, y que de lo que conviniese, darían aviso al consejo de la santa Inquisición, y si en el pareciese, lo darían a Vuestra Majestad, y no fue posible acabar con él otra cosa; y por esta razón se dejo de hacer la dicha diligencia, y después de muchos días, habiendo traído de la isla de la Puna dos ingleses que allí fueron presos, y tomádoles yo su declaración, y estando advertido de lo que convenía, y hechas las prevenciones necesarias, trujeron presos al dicho Santo Oficio otros ingleses de los de la dicha isla, que se habían llevado a Quito, y les tomaron sus declaraciones los dichos inquisidores, y queriendo enmendar lo pasado o por los fines que les pareció, me enviaron la dicha declaración para que la viese.

»Y algunos días antes llegó a esta ciudad nueva de que en el reino de Chile habían visto tres navíos y una lancha y se tenía por cierto   —212→   que eran ingleses, como lo fueron, y yo, entre otras prevenciones, mandé guardar la ciudad y que de noche la rondasen, y teniendo aviso de que eran ingleses y estaban en el puerto de Arica, mandé que don Gerónimo, mi hijo, con los vecinos de esta ciudad y otros que en ella estaban de otras partes, llamados para la defensa del reino, y fuesen a asistir en el puerto del Callao, y el dicho inquisidor Prado me vino a ver y dijo que él había ordenado que los ministros y familiares del Sancto Oficio rondasen y guardasen de noche la casa de él, y que cumplido con aquello, todos acudirían ansí para lo que se ofreciese, y yo le respondí que era bien que se guardase el Sancto Oficio, aunque guardando la ciudad se guardaba todo, y que si hubiese necesidad yo mandaría que lo primero se acudiese a la casa del Sancto Oficio y monasterios de monjas, y aunque una persona me dijo que por él se había mandado a sus oficiales y ministros que no acudiesen a cosa alguna de lo que yo les ordenase, no hice cuidado de ello, y lo pase en disimulación, hasta que habiendo hecho notificar a todos los dichos vecinos feudatarios que acudiesen con el dicho don Gerónimo al dicho puerto, uno de ellos que es don Martín de Guzmán, vecino de Guamanga, se pretendió excusar, diciendo que por el dicho Sancto Oficio, como a familiar que era de él, se le había mandado que acudiese a la guarda de la dicha casa y cárcel, y no a lo que se le había notificado, y entendido por mí, le mandé tomar su declaración sobre ello, para entender como o por qué se excusaba, y visto que era por esta razón, le mandé que sin embargo de su respuesta cumpliese lo que le tenía mandado, so pena de privación del feudo, y así lo cumplió, como parecerá por el testimonio que de ello envió, y viniendo el dicho inquisidor Prado a verme, aunque me pretendió dar satisfacción por una parte, por otra quiso fundar que no estaba llano que los feudatarios que fuesen ministros y oficiales del Sancto Oficio dejasen de tener obligación de acudir primero a las cosas que él les mandase que a las demás obligaciones de sus feudos, y confesó haber dicho al dicho don Martín que intentase conmigo de excusarse de ida al dicho puerto, como familiar del Sancto Oficio, y haberse dado licencia para que pudiese afirmar que en él se le había mandado que acudiese a su defensa y guarda, y no a las cosas que yo mandase, y replicándole yo lo que me pareció cerca de ello, y que mirase que era abrir una gran puerta a todos los feudatarios que fuesen ministros y oficiales del Sancto Oficio,   —213→   para que quisiesen por ella salir de la obligación que tienen de servir a Vuestra Majestad; volvió a replicar, y yo le dije lo que me pareció que convenía al servicio de Vuestra Majestad, en presencia del doctor Alonso Criado de Castilla, oidor de esta audiencia, que a todo ello estuvo presente, al cual me remito.

»Cuando llegó el dicho inquisidor Prado a esta ciudad, trajo consigo a un fray Francisco de Figueroa, de la Orden de Sanct Agustín, el cual pasaba en casa del dicho inquisidor, como libre y exento de su Orden, trayendo el hábito della y saliendo solo por las calles en una mula y con dos negros por lacayos con espadas, y visitaba las casas principales del pueblo y predicaba los sermones más señalados de él y se iba a holgar al campo y en casa del mismo inquisidor, aun no vivía con el recato que era justo y traía hábito diferente y más curioso que los demás de su Orden, de manera que en esta ciudad estaba muy notado, y teniendo yo noticia de ello, me dio cuidado de proveer lo que conviniese, pareciéndome que estuviera mejor en su convento, pues lo hay en esta ciudad, y que queriéndose particularizar tanto, fuera justo que me hubiera visto y dado cuenta de su venida, y a qué y por qué orden, como lo suelen hacer los prelados de todas, y después entendí que el día de Santiago próximo pasado, predicando el dicho fray Francisco en el monasterio de la Concepción de esta ciudad, en presencia de mucho auditorio, por vía de reprehensión dijo muchas cosas libres y enderezadas, a lo que todos entendieron, acerca del gobierno presente, de manera que todos salieron tratando de ello, pareciéndoles que había sido mucha libertad, como Vuestra Majestad lo podrá mandar ver por la relación del sermón que está al principio del testimonio que envió de lo que en esto pasó, y pareciéndome que no convenía pasar en silencio lo uno y lo otro, sino saber como el dicho fray Francisco andaba y estaba en la dicha forma, llamé al provincial de su Orden y al prior del convento de esta ciudad y les pregunté lo que en ello había, los cuales me dijeron que habían entendido que el dicho fray Francisco procedía de la manera que está referido y sabían que solamente había traído licencia de España para pasar al río de la Plata a cierta cobranza, y que el dicho inquisidor le había traído desde Cartagena a este reino, no obstante que ni él podía pasar a él, ni los prelados recibirle, porque no traía orden para ello, y que tenían noticia de que en las partes donde había estado vivía más a su gusto que a satisfacción de la Orden, y particularmente,   —214→   que le habían tenido preso en la ciudad de Segovia de ese reino, y que como estaba en casa del dicho inquisidor no se habían atrevido a pedirle la licencia y recogerle a su monasterio o volverlo a España, y que sería bien ver la que traía y que ellos traían una cedula de Vuestra Majestad dada en Tolosa a veinte de diciembre de 85, despachada a pedimento del procurador de su Orden, donde manda Vuestra Majestad que a todos los religiosos de ella que vivieren fuera de los monasterios y anduviesen sin orden ni licencia en este reino, los envíe a ese, la cual me dieron, y visto todo mandé llamar al dicho fray Francisco y en presencia de sus prelados le dije que mostrase la licencia con que había pasado a este reino, y la orden que tenía para estar fuera de la suya y andar como andaba, el cual respondió que había pasado con licencia de Vuestra Majestad y de sus prelados a este reino a negocios de su Orden, y ansí, encargué a los dichos provincial y prior que le llevasen y tuviesen en su convento como fraile profeso de él, y que viesen y examinasen las licencias que decía tener, me advirtiesen de lo que les pareciese, y habiéndolo ofrecido así y salido de mi aposento con este acuerdo, se fueron con el dicho fraile por casa del dicho inquisidor, donde él se quedó y ellos se fueron a su convento, y después el dicho fraile Francisco vino a él juntamente con el alguacil mayor del Sancto Oficio y exhibió ciertas licencias que tenía, las cuales eran para lo que está referido, y aunque sus prelados lo entendieron así, no trataron de ello, y el dicho fraile se volvió a casa del dicho inquisidor, lo cual, entendido por mí y visto que pasaron algunos días y no hacían cosa alguna en ello, les volví a encargar por escripto que lo hiciesen y sabiéndolo el dicho fray Francisco, dijo que tenía que dar cuenta de ciertos papeles del Sancto Oficio, y que dada se iría al convento, como lo hizo, y en cumplimiento de la dicha cédula de Vuestra Majestad, encargué a los dichos prelados que en un navío que estaba aprestado para Tierra firme, le enviasen para que de allí fuese a los reinos de España, de lo cual el dicho inquisidor Prado, mostró grande sentimiento, y dijo que el dicho fraile era calificador del Sancto Oficio, y él lo tenía para su consuelo y ayuda, y lo podía tener en su casa y fuera del monasterio, y así lo había de defender, y me envió a hablar sobre ello con el arcediano del Cuzco que estaba en esta ciudad, y por medio de él, y después del Licenciado Maldonado, oidor de esta Audiencia, y del Licenciado Marañón, alcalde de corte, hubo muchos dares y tomares   —215→   sobre lo susodicho, y últimamente, por excusar escándalos y recuentros, nos venimos a resolver en que el dicho fraile se fuese de esta ciudad a la de Trujillo, y que allí se embarcase para España, y así salió de esta ciudad y fue a la dicha de Trujillo, como todo ello constara a Vuestra Majestad por muy extenso de los testimonios que sobre ello envió, los cuales suplico a Vuestra Majestad los mande ver, y después he entendido que se ha estado en la dicha ciudad de Trujillo con nombre de comisario del Sancto Oficio, y que agora va la vuelta de Potosí, que él con el dicho oficio y trescientas y ochenta leguas de Trujillo (sic).

»En esta ocasión, el día de Sant Agustín habiéndome convidado los religiosos de la dicha Orden para que me hallase en su iglesia la fiesta que hacían, fui a ella y estando allí la Real Audiencia y Ciudad y otra mucha gente, dijo la misa mayor el dicho inquisidor Prado y habiéndose dicho el Evangelio y acostumbrándose en este Reino y otras partes traer el misal al Virrey, no lo trujeron sino llevaron al dicho inquisidor, haciendo con él la ceremonia que con el Virrey se había de hacer y él lo recibió sin hacer la que se acostumbra, de lo cual por la dicha Audiencia y demás gente hubo mucha nota y escándalo, aunque yo no hice demostración de sentimiento alguno con el dicho inquisidor, puesto que tuve y se tuvo por cierto que él había procedido con cuidado por la ocasión referida del dicho fray Francisco de Figueroa.

»En este tiempo algunos días antes o después, pasando un soldado de la guarda por la puerta de don Antonio de Arpide, fiscal del Sancto Oficio, iba hablando con otro y decía que un negro que traía espada había querido matar a un español y que se había de consentir a ninguno el traerla aunque fuese de los inquisidores o de Vuestra Majestad, sino era acompañando a su amo, por los daños que de ello pueden resultar y oyéndolo el dicho don Antonio le llamó y trató muy mal de palabra, diciéndole muchas injurias y después le mandó que pareciese en el Sancto Oficio y yendo el dicho soldado a ello con la petición cuya copia envió, le mandaron los inquisidores entrar en la cárcel, donde le tuvieron muchos días preso.

»Cuando vine a este Reino truje en mi casa por mi criado al dicho don Antonio de Arpide, porque así me fue pedido en España, el cual traía cédula de Vuestra Majestad para que le diese una lanza y así se la di y la comenzó a servir y gozar el sueldo de ella, y   —216→   habiendo muerto el licenciado Alcedo, fiscal del Sancto Oficio de este Reino, los inquisidores de él nombraron al dicho don Antonio por fiscal hasta que Vuestra Majestad otra cosa proveyese, y con la ocasión de este oficio acudía a las obligaciones de él faltando a las de la dicha plaza de lanza y excusándose de ellas aunque le llamaban para ello con el dicho oficio de fiscal, lo cual visto por mí y la mucha necesidad que hay de presente en este Reino de tener en el personas pagadas que sirvan en las ocasiones que se ofrecieren y que el dicho don Antonio llevara mil y quinientos pesos ensayados de salario de la plaza de fiscal, pagado de la real hacienda de Vuestra Majestad, y que no era justo llevar dos sueldos de ella y por oficio incompatibles, pues no se puede acudir a las obligaciones de ambas por una misma persona y que Vuestra Majestad en una carta escripta al Virrey don Francisco de Toledo le dice que es bien que el que fuere lanza no se ocupe en otro oficio, aunque con el sueldo de ella excuse a Vuestra Majestad el que había de pagar por el otro oficio, y por esto y ciertos desacatos que tuvo proveí un auto conforme a la instrucción que Vuestra Majestad dio al dicho don Francisco de Toledo para que pudiese el que gobierna quitar con justa causa la lanza al que la tuviese, en que mandé que le borrasen del número de los que lo son y no le acudiesen con salario de ella, como Vuestra Majestad lo podrá mandar ver por el testimonio que de ello envío, y porque allí no se expresan los dichos desacatos que el dicho don Antonio ha tenido, son, que llevando consigo a un don Antonio Troche, que servía el oficio de alguacil mayor del Sancto Oficio, se encontraban con don Gerónimo, mi hijo, a quien había nombrado por mi teniente de Capitán General y no le hacían comedimiento alguno y esperaban que les quitase la gorra, siendo el dicho don Gerónimo su General y que andaba ejercitando los vecinos y otras personas a caballo para estas ocasiones, en las que el dicho don Antonio habíalo referido y viniendo a esta ciudad de la de Guamanga doña Joana de Cabrera, mujer de Joan Gutiérrez de Ulloa, hermano del dicho inquisidor Ulloa, y habiendo convidado al dicho mi hijo para su recibimiento y a otras muchas personas cuando llegaron donde estaba, le pusieron a sus lados el dicho don Gerónimo y don Francisco de Quiñonez, corregidor de esta ciudad, el dicho don Antonio se entró entre el dicho corregidor y la dicha doña Joana, excluyendo por el lado al dicho corregidor, el cual se pasó adelante, y visto por el dicho don Gerónimo su descomedimiento   —217→   con el corregidor y ponerse en igual grado con él también, se pasó adelante, de lo cual hubo mucho escándalo y murmuración en esta ciudad entonces y después.

»Habiendo pasado todo lo de suso referido, se ofreció la publicación del auto que el Sancto Oficio hizo de la fe el día de Sant Andrés del año pasado de 87 y me enviaron a dar aviso de ello el día que se publicó, y lo propio a la Audiencia, y después ya que estaba cerca él en que el auto se había de celebrar, vine a entender que trataban los inquisidores de hacer innovación en los lugares, pretendiendo que yo no había de ir, ni estar el asiento enmedio de ellos, como mis antecesores lo habían hecho, y que cuando fuese a su acompañamiento no había de llevar el que ellos habían acostumbrado de los cabildos de la iglesia y ciudad y la Universidad y vecinos, ni otra persona alguna, ni aún las compañías de los gentiles hombres lanzas y arcabuces, que están señalados para guarda de los Virreyes, y que nadie había de traer armas aquel día, cosa muy peligrosa en esta tierra, y ocasión del recelo de enemigos y de los muchos negros que hay en ella, los cuales quedando con las casas y armas en tiempo que sin ellas sus amos habían de estar en el dicho auto, pudieran hacer mucho daño, sobre lo cual se trató y hubo muchas particularidades y recaudos dignos de consideración, enviados con el licenciado Maldonado, oidor, y licenciado Marañón, alcalde, desde los acuerdos que sobre esta materia hicieron con los tribunales de esta Real Audiencia; y últimamente hicieron pregonar que toda la gente sin exceptar ninguno, fuesen so pena de excomunión y de quinientos pesos, el día del dicho auto en amaneciendo vía recta al Sancto Oficio y que en la dicha pena incurriese quien lo impidiese, teniendo yo mi aposento donde de ninguna calle ni casa de toda la ciudad se podía ir por él a la del dicho Sancto Oficio vía recta, lo cual causó grande escandalo y alboroto en esta ciudad, y toda ella acudió a mí, estando en uno de los dichos acuerdos, a darme noticia del dicho Pregón y entender lo que yo les ordenaba, y por excusar los inconvenientes que pudieran resultar que se dejan considerar y se entendió fueran muy grandes si yo mandara que se guardara la costumbre que hasta entonces había habido, y en conformidad de ella y de lo que convenía yo había proveído, y reportándome y poniendo los ojos en el servicio de Dios y de Vuestra Majestad y bien y quietud de sus vasallos, mandé que todos cumpliesen lo que el dicho Sancto Oficio mandaba y así se cumplió,   —218→   y como yo quedé sin el acompañamiento y autoridad necesaria para Virrey y sin poderlo representar, me pareció ir y fui solo, como persona particular, y así lo protesté y me ofrecí a hacerlo, no obstante que de más de la indisposición ordinaria tenía una gran calentura, porque no se pudiese decir que dejaba de ir al dicho acompañamiento, siendo general la pena de las censuras que habían puesto, y estuve en el dicho auto el tiempo que mi disposición dio lugar a ello y en el asiento que me pareció que convenía respecto de lo referido, de todo lo cual y de otras particularidades que pasaron en el discurso de ella constará a Vuestra Majestad por los autos y testimonios que envió, los cuales suplicó humildemente a Vuestra Majestad mande ver, por ser el más grave negocio que ha sucedido en este Reino y en que todos tienen puestos los ojos y que más conviene al servicio de Vuestra Majestad y autoridades de los que le representan y que se provea cerca de ello lo que convenga, con la demostración que el caso pide, y lo mismo para lo de adelante.

»Cuando el año pasado entraron en esta mar los dichos tres navíos de ingleses, yendo la mar abajo, tomaron un navío nombrado la Lucía, donde iba un marinero Gonzalo de Ribas, antiguo en esta costa, al cual llevaron los dichos ingleses consigo, y tomaron; entraron en el puerto de Payta, y lo dejaron allí, y como refiero en otras cartas, quemaron las casas de él, y por sospecha que se tubo de que el dicho Gonzalo de Rivas había sido causa de ello, el teniente de corregidor del dicho puerto, habiéndole tomado su declaración y fecho ciertas diligencias, me lo enviaba preso por tierra, porque viniese a esta ciudad con más brevedad, para que yo entendiese de él la fuerza y dicinios de los dichos ingleses, y otras particularidades que conviniesen, porque era aquella la sazón que con mayor cuidado se hacían y convenían hacer prevenciones, y habiendo comenzado a caminar para esta ciudad el dicho Gonzalo de Rivas, preso, le mandó volver fray Pedro Martínez, de la Orden de la Merced, comisario del Sancto Oficio, para enviárselo en un navío, para lo cual mandó a un familiar que estaba en el dicho puerto, que era Gabriel de Miranda, contador de la hacienda de Vuestra Majestad, que detuviese uno que había llegado allí, y aunque el dicho teniente le escribió al dicho comisario que mirase el inconveniente que se podía seguir del detenimiento del dicho Gonzalo de Rivas, con todo eso se volvió y envió en el dicho navío, diciendo que primero había de conocer el Sancto   —219→   Oficio de su causa, y que los inquisidores me darían razón de lo que el dicho Gonzalo de Rivas declarase ante ellos, y así tardó tanto el dicho Gonzalo de Rivas que no fue de provecho su relación.

»Y después de esto, se celebró en esta ciudad capítulo de la dicha Orden de la Merced, y vino al dicho fray Pedro Martínez y habiendo yo entendido que en el dicho puerto y en las demás partes donde el dicho fraile había estado no había vivido como debía, y que por ello sus prelados le hicieron proceso y castigaron, y que trataban de hacerle comendador de la casa del dicho puerto, exhorté al provincial de la dicha Orden que no le eligiese por tal comendador, y diciéndome el dicho provincial que los inquisidores pretendían volver a enviar por comisario del Sancto Oficio al dicho puerto y que también fuese por comendador, yo respondí que para ser comisario, no era necesario que fuese comendador, como no lo había sido hasta entonces, aunque había sido comisario, y que si los inquisidores querían, le hiciesen comisario o inquisidor, si lo podía ser; que yo no me entremetía en esto, y así volvió por comisario, como consta todo de los testimonios que envió, y como por las ocasiones referidas el dicho inquisidor Prado se mostraba disgustado y quejoso de mí, con esto lo hizo tan inconsideradamente que en muchas partes y a diversas personas, sin ningún género de recato, ni guardando el decoro que se debe a los que inmediatamente representan la persona de Vuestra Majestad, como yo lo hago aquí, decía y publicaba que yo estaba mal con el Sancto Oficio y sus cosas, y particularmente con sus ministros, porque lo son y en odio suyo había dicho y hecho muchas e impedido el efecto de otras, y que por haber yo exhortado que no fuese por comisario, y que no hubiese comisarios del Sancto Oficio para lo de adelante, y que por lo referido y un propio motu de su Santidad estaba descomulgado, y que si pasado el año muriese así, quedaría yo y mi sucesión maculada, porque el Sancto Oficio procedía también contra muertos como contra vivos, lo cual por diversas vías llegó a mi noticia, y aunque muchos días lo disimule, fueron tantas y tales las personas que me lo dijeron, y había tanta publicidad y murmuración de ello, que me pareció que no era justo hacerlo más, y así le envié por escripto con el doctor Alonso Criado de Castilla, oidor de esta Audiencia, un recaudo, a que él respondió de la misma manera, los testimonios de todo lo cual envió a Vuestra Majestad, y suplicó humildemente lo mande ve y que se provea lo que convenga,   —220→   como en negocio tan grave y que tanto toca a mi honra, que cuanto a la conciencia yo la tengo por bien saneada, así en esto como en todo lo demás que dice en la dicha respuesta.

»Demás del dicho fray Pedro Martínez, han proveído en otras partes por comisarios a personas que por su término de proceder convenía que no lo fuesen, y particularmente a don Martín Abbad, contra quien la ciudad de Arequipa me había dado capítulos y querellas sobre muchas cosas, y algunas de ellas graves, y habiéndole yo llamado a esta ciudad y hecho que un capitular de la iglesia del Cuzco, sede vacante, le visitase con comisión del cabildo de ella, y siendo esto muy notorio, le nombraron los dichos inquisidores por comisario de la misma ciudad, donde cuando volvió, con la mano que llevaba del dicho Sancto Oficio, procedía de manera que ni juez, ni testigos, ni parte, lo eran para pedir ni proceder en los negocios contra el susodicho, y aunque la dicha ciudad se quejaba de esto y de las demás cosas del dicho don Martín, y enviaron al Sancto Oficio testimonios de su culpa, no sólo no lo remedió, pero me escribe Alonso Osorio, corregidor de ella, que escribieron los inquisidores una carta al juez que esta procediendo en la causa, que ni él osaba hacer justicia, ni si se entendiese habría parte ni testigos que lo quisiese ser contra el susodicho, como se contiene en la relación que envió, consta de los dichos comisarios y testimonios de las dichas cartas; y asimismo en todas las ciudades y otros lugares del reino, nombran mucho número de familiares y ministros regidores y oficiales reales y feudatarios, de lo cual se siguen grandes inconvenientes, porque ni acuden a las obligaciones de sus oficios y feudos como deben, ni se les puede tomar cuenta de ellos porque luego se defienden con el Sancto Oficio, suplico a Vuestra Majestad lo mande ver y que se provea lo que convenga a su real servicio.

»Los dichos inquisidores y comisarios no sólo lo quieren ser y entremeterse en negocios del Santo Oficio, pero con ocasión del suyo, se entran en otras muchas cosas, fuera del de que sigue deservicio a Vuestra Majestad, y perjuicio de su jurisdicción real, y particularmente un comisario de la ciudad del Cuzco, como constara a Vuestra Majestad por los testimonios que envió, habiéndole un hombre cedido un pedazo de mina, de las que se descubrieron en la provincia de Vilcabamba, envió un mandamiento firmado de su nombre como tal comisario, en que mandaba que nadie impidiese a la persona a quien   —221→   había él puesto en la dicha mina, el beneficiarla, so pena de sentencia de excomunión, y que si alguna persona pretendiese tener derecho a ella, lo pidiese ante el Sancto Oficio sobre ello.

»Ansimismo habiendo tomado en esta ciudad, asiento sobre la fábrica de la pólvora, como lo refiero a Vuestra Majestad en esta carta, tocante a materia de guerra, y estándose haciendo con la priesa posible, por la mucha necesidad que había de ella, por la ocasión de los ingleses, se quemaron hasta sesenta libras de ella por descuido de un mozo, sin tener consideración a la dicha necesidad que había de pólvora, ni dar cuenta de ello a quien incumbía proveerlo, que conviniese; los dichos inquisidores hicieron notificar al polvorista que levantase el ingenio que tenía hecho, y no hiciese más pólvora en la casa donde lo tenía, so pena de quinientos pesos y de sentencia de excomunión mayor, estando de la casa del Sancto Oficio, la del dicho polvorista, más de trescientos pasos, y que entre ellas está una plaza y una calle, y son en diferentes aceras, de lo cual envió a Vuestra Majestad una relación de don Francisco de Quiñones, corregidor de esta ciudad, que entendió en ello.

»De la misma manera se entremeten a detener el despacho de los chasquis, sin tener atención a que algunas veces conviene despacharlos con mucha priesa, por convenir así al servicio de Vuestra Majestad, y bien del reino, y particularmente por el mes de enero pasado, habiendo tenido yo aviso de que en la ciudad del Cuzco andaban encontrados, el corregidor de ella y don Juan de Abendaño, contador de la real hacienda de Vuestra Majestad, y los amigos y deudos de la una y otra parte, y que habían venido a las manos, de manera que puso en mucho cuidado la quietud de esa ciudad, y porque la Audiencia real de esta despachaba un juez sobre ello, el cual no podía negar con la brevedad que convenía, y era necesario prevenir con tiempo que no se volviesen a encontrar, mandé despachar un chasque muy de priesa, con provisión para que un vecino del Cuzco encarcelase en sus casas a los susodichos, como lo refiero a Vuestra Majestad en la carta de gobierno temporal, y como este fue chasque extraordinario y despachado a la ligera, no se publicó ni entendió su partida, y sabido por los dichos inquisidores, llamaron al chasquero y le tuvieron preso, y maltrataron, porque había despachado el dicho chasque, sin darles cuenta de ello, y esperar los pliegos del Sancto Oficio, como se refiere en una relación que dello envió, sabiendo que   —222→   siempre que es necesario para negocios del Sancto Oficio despachar alguno trasordinario se le da, y no sólo a ellos, pero a sus comisarios y ministros, fuera de esta ciudad, a los cuales se lo dan los corregidores y otras justicias, luego que lo piden, sin otra diligencia.

»Ha llegado a tan grande extremo el querer los inquisidores entremeterse y entender en los negocios del gobierno de este reino, y diversos de los que le tocan, que para que nada se les esconda, habiendo ellos prendido, la ciudad por cárcel, a Juan Bello, a quien truje por mi secretario de cartas, y después le nombré aquí por de la gobernación, juntamente con Melchor Pérez de Maridueña, por estar el dicho oficio vaco por alguna causa, que, como se trata en el Sancto Oficio, yo no he sabido cuál es, y cómo entendían que los negocios de más secreto e importancia al servicio de Vuestra Majestad, los despachaba ante él, por tener de él a la sazón mucha confianza; supe que los dichos inquisidores, con ocasión de la dicha su causa, le llamaban y preguntaban cosas y negocios de mi cargo y secreto, y que importaba al servicio de Vuestra Majestad tenerlo, y aunque no sé cierto que le hayan pedido ni tomado papeles, téngolo por tal, por lo que después hicieron con Álvaro Ruiz de Navamuel, a quien Vuestra Majestad hizo merced del dicho oficio de secretario de la gobernación, al cual, habiendo entrado en él, como Vuestra Majestad lo mandó, pasados algunos días que lo comenzó a usar, queriendo los dichos inquisidores saber lo que pasaba, y se había hecho en algunos cuyo secreto importaba mucho, le llamaron sin otra ocasión que preguntarle con juramento y debajo de censuras que había en ellos, y mandarle con el mismo cargo que les entregase los papeles que tocantes a ellos tenía, como se los entregó y los tuvieron algunos días en su poder, y si quisieron, pudieron sacar traslado de ellos, lo cual creo que hicieron, y le encargaron debajo de las dichas censuras, que guardase secreto de lo que había pasado, y porque de parte de ellos no se guardó, lo vine yo a entender, y por cosas que sucedieron, me certifiqué en ello y me ha causado más cuidado del que sabré significar a Vuestra Majestad, porque en un reino como este, donde tanto importa tener secreto de muchas cosas para su conservación, quietud y gobierno, tomar semejantes medios y trazas para descubrirlo, y no sólo por saberlo, sino por vía de emulación o pretensiones particulares, que como tienen tantos familiares y ministros, y deudos, y amigos que comprenden todo este reino, y el uno de ellos muchas inteligencias, propias, principalmente en los negocios más graves   —223→   y de la real hacienda de Vuestra Majestad, es cosa de gran inconveniente, y no sé qué remedio puede haber en esto, si Vuestra Majestad, con su poderosa mano no lo manda poner cual conviene; suplico humildemente a Vuestra Majestad lo mande ver y considerar, y que se provea el remedio que convenga, como en negocio tan importante, y que tan de veras lo pide, para que Vuestra Majestad sea servido con el recato y secreto que se debe.

»Como refiero a Vuestra Majestad en la carta tocante al gobierno temporal, yo voy procediendo contra el dicho Juan Bello por haber recibido dádivas de los pretensores y negociantes que ante el pretendían y tenían negocios, y para poder mejor averiguar lo que pasaba, y que él no pudiese hacer prevenciones, le mandé poner preso en un aposento de la casa real, con guardas, para que ninguna persona le hablase hasta ver hecha la información sumaria contra él y las demás diligencias necesarias, y tomándole la confesión, y así se iba prosiguiendo con mucho cuidado, por convenir mucho al servicio de Dios y de Vuestra Majestad, que semejantes cosas se castiguen en este reino con demostración y rigor, porque hay y ha habido en esta materia gran disolución, y siendo esto notorio en esta ciudad y reino, y habiendo los dichos inquisidores procedido contra el dicho Juan Bello, en la dicha causa, sin mas prisión que la ciudad por cárcel, me le pidieron en el tiempo que convenía tenerle, sin que hablase a nadie, con ocasión que querían proseguir la dicha causa del Sancto Oficio, y aunque yo signifiqué al secretario de él, y el mío a los dichos inquisidores cuanto importaba hacer las dichas diligencias antes que el dicho Juan Bello comunicase con persona alguna, le llevaron del aposento donde yo le tenía preso y le pusieron en su cárcel pública, donde se da la puerta a todos los que le quieren ver y hablar, y allí hace las prevenciones que le parecen, de manera que en el pueblo se ha notado y se dice que antes no le tenían preso los dichos inquisidores, y agora porque si estuviera suelto o la ciudad por cárcel, por ellas le había de tener yo en prisión más estrecha, le han puesto en la pública suya, que para lo que se pretendía y con él se iba haciendo, es lo mismo que no tener ninguna.

»La primera cuaresma que me hallé en esta ciudad, aunque ya había comenzado a tratar por los medios que tengo referidos de que doña Catalina Morejón fuese a hacer vida maridable con Antonio de Chaves, su marido, no había comenzado el inquisidor Ulloa a mostrar   —224→   tanto el sentimiento que de ello tenía, como después lo hizo, porque aún todavía tenía esperanza de que no se había de llevar al cabo el negocio y para ello se quería congratular conmigo, y así habiéndose de publicar el edicto de la fe en la iglesia de la Compañía de Jesús, propuse irlo a oír, como es justo, y un religioso grave me pidió que no fuese, y preguntándole la razón, aunque se quiso excusar de darla particular, al fin lo hizo, dando a entender que sabía que querían poner cierta manera de sitial los inquisidores, y ellos y sus oficiales y ministros, hacer otras ceremonias que serían en desautoridad de la dignidad de Virrey, y aun ocasión de disgusto, respecto de lo cual lo dejé de hacer, y por lo que después ha habido y lo demás que tengo referido, me ha parecido con mayor razón no hallarme a la publicación del dicho edicto en las demás ocasiones que se ha publicado, por excusar las que se podían seguir de inconvenientes, tomándola de mi poca salud para excusarme, y por el ejemplo que se debe dar al pueblo, me he hallado en los edictos del Ordinario, y por la misma razón, de más de la que tengo referida en el capítulo que trata del auto de la fe, que los dichos inquisidores celebraron, me pareció acompañar al estandarte de ella, como particular y no como Virrey, y sentarme en el lugar que he dicho, por no ponerme en contingencia de que intentasen a alterar o mudar algo de lo que con mis antecesores se ha hecho, y de lo que se debe a la dicha dignidad del Virrey, como al principio mostraron quererlo hacer, ni hacer mas prueba de mi reportación: de todo ello hay grande nota y escándalo en este reino, suplico a Vuestra Majestad lo mande proveer y remediar como convenga a su real servicio.

»Aunque parecía que no podría haber cosas más graves que las referidas de que dar cuenta a Vuestra Majestad, ha habido otra que, a mi parecer, lo es, a lo menos de mayor atrevimiento y daño para la Real hacienda de Vuestra Majestad, que el dicho inquisidor Ulloa hizo, que fue cuando se hacía el arrendamiento del factoraje de los azogues, en que quería entrase, como entró, su hermano Juan Gutiérrez de Ulloa, alguacil mayor del Sancto Oficio, con Juan Pérez de las Quentas y Gaspar de Solís, entendiendo que había otras dos compañías que querían tratar del dicho arrendamiento, una de Francisco de Polanco Bustamante, residente en Potosí, que a ello vino dende allí a esta ciudad y sus consortes, y otra de Juan Lumbreras y los suyos, moradores della; trató el dicho inquisidor con todos ellos, por interpósitas   —225→   personas y por la suya propia, que no hiciesen puja sobre la postura, que los dichos Juan Pérez de las Quentas y sus compañeros habían hecho, ni tratasen del dicho arrendamiento, por lo cual se desistieron de ello las dichas dos compañías, de Francisco de Polanco y Juan de Lumbreras, y quedó con el arrendamiento la del dicho Juan Pérez de las Quentas, y yo fui informado y certificado si era así y haber pasado como se refiere en una relación que de ello hice y mostré al fiscal de Vuestra Majestad, para que conforme a ella pidiese ante el visitador y inquisidor doctor Juan Ruiz de Prado, lo que viese que conviniese para el castigo de tal delicto y satisfacción de la pérdida de la hacienda de Vuestra Majestad, y presentase los testigos y hiciese las diligencias necesarias, por parecerme que a no hacerse así, aunque se diese noticia del negocio al dicho visitador, sería de poco efecto, y porque el dicho fiscal puso dubda en si él podría hacer y sería admitido por el visitador, lo traté y comuniqué con el Audiencia en acuerdo, donde mostré y se vio la dicha relación, y pasó lo que por otra de todo ello, Vuestra Majestad podrá mandar ver, si fuere servido, que firmada de los oidores y fiscal y de mi envío, por la orden que para este efecto a ellos pareció que se podía y debía sacar del libro del dicho acuerdo, donde todo esta escripto. no sé lo que el fiscal hará en el negocio, ni el suceso que tendrá, yo procuraré sea lo que convenga al servicio de Vuestra Majestad, supuesto que no hay dubda en ser cierto y verdadero todo lo contenido en la dicha relación, porque el padre Juan Sebastián, rector de la Compañía, y Juan de Lumbreras y Gonzalo Hernández de Herrera, y Francisco de Polanco y Martín Alonso de Ampuero en ella contenidos, me lo han dicho, y haber pasado con ellos todo lo referido, el cual Martín Alonso de Ampuero va agora a España a sus empleos, como mercader rico que es, Vuestra Majestad: mandará sobre todo hacer y proveer lo que fuere su servicio. La dicha relación va cerrada y sellada y escrita de uno de los dichos oidores que la firman, lo que tocaba al secreto del acuerdo. Guarde Nuestro Señor, la católica persona de Vuestra Majestad, de Lima, veinte y uno de Abril de mil y quinientos y ochenta y ocho, -El Conde del Villar».

Y deseando aún detallar más los cargos que resultaban contra comisarios, enviaba el Conde a su soberano, por vía de apéndice, la siguiente nota:

  —226→  

«En Potosí nombró y proveyó el Inquisidor Ulloa por comisario del Sancto Oficio a Luis de Armas, clérigo, cuya vida, antes de ir a servir el dicho oficio, y sirviéndole, es cosa notoria en todo el Perú, era, y fue malísima, así en lo que tocaba al mal ejemplo, que con ella daba, como en tratos y contratos; y dio una bofetada a un sacerdote honrado y letrado; y entonces, no le pudiendo ya sufrir el mundo, le quitó el dicho Inquisidor el dicho oficio de comisario.

»En la ciudad de Arequipa es de presente comisario don Martín Abbad de Usunsola, el cual es el más inquieto y libre clérigo, que hay en este reino del Perú; y por sus insolencias y pendencias con las justicias y vecinos de la dicha ciudad y robos, que, decían, que había hecho a los indios, mandó el Virrey don Francisco de Toledo, que pareciese en esta de Lima, porque convenía así al servicio de Dios y del Rey nuestro Señor, paz y sosiego de aquella república; y el dicho don Martín vino secretamente, y se fue huyendo a España, no obstante que el Virrey, teniendo noticia dello, mandó hacer diligencia para que no fuese; y después vino con representación de su Majestad al beneficio curado de Arequipa, donde ha vivido con la inquietud y mal ejemplo que antes; y porque la dicha ciudad se me quejó muchas veces dél, y envió informaciones de muchos delitos suyos, en grande escándalo y injuria de toda aquella república, y particularmente de un monasterio de monjas, mande despachar provisión, para que pareciese en esta dicha ciudad; y estando en ella, llamado por las dichas causas, y habiendo de volver a ser visitado, le favoreció el doctor Juan Ruiz de Prado, visitador y inquisidor, el cual, y el licenciado Ulloa, ansimismo inquisidor, le proveyeron por comisario del Santo Oficio en la ciudad de Arequipa, y ansí lo es, no obstante todo lo dicho, y que se le está tomando visita, por Esteban Villalón, canónigo de la catedral de Cuzco, para lo cual le impide mucho el oficio de comisario que tiene el dicho don Martín Abbad, y la mano que toma con él.

»En la ciudad de Guamanga es comisario Diego de Abreu, clérigo tan mal quisto de toda ella, que procuró muchas veces, con el obispo, y sede vacante, y con el concilio de Lima, de echarle de la dicha ciudad, y le opusieron delitos de muy mal ejemplo, y perjudiciales; y como no le pudieron echar, le dieron una noche una cuchillada por la cara, y nunca se pudo averiguar quién lo hizo, aunque el licenciado Marañón, alcalde de corte, fue a ello y a castigar a los   —227→   culpados; y habiendo, pasado todo lo susodicho, y estando tan odiado de la dicha ciudad, y más que antes, fue proveído por comisario de la dicha ciudad por los dichos dos inquisidores, y ansí lo es.

»Fray Juan Izquierdo, de la orden de San Francisco, que fue comisario en la ciudad de Panamá, proveído por el licenciado Ulloa, inquisidor, y también guardián del monasterio que allí hay, habiendo venido a esta cibdad de Lima, y siendo en entrambas, cosa pública y sabida que dende la dicha Panamá envió a [...] Palomeque, deudo suyo, que había venido de España el año de ochenta y cinco, en mi casa, a la corte de Su Majestad a procurar un obispado, para sí, con cuatro mil pesos de plata ensayados, sin los que eran menester para el gasto del dicho Palomeque, los inquisidores quisieron volver a enviar al dicho Fray Juan Izquierdo a la dicha Panamá por comisario, y procuraron con Fray Pedro de Molina, comisario general de la dicha orden, que le enviase también por guardián, el cual no lo quiso hacer, pareciéndole no convenía, ni aun que fuese a morar allí, sin ser guardián, por lo que, como su prelado debió saber (o entender), o por haberle menester para otros efectos, no obstante todo lo cual, los dichos inquisidores le han nombrado y proveído por comisario, y mandándole vaya a servir el dicho oficio en la dicha Panamá, y así va a ello.

»Fray Pedro Gutiérrez, de la orden de la Merced, que había sido comisario en el puerto de Payta, proveído por el licenciado Ulloa, inquisidor, el cual por su no buena vida y fama, tratos y contratos, y mal ejemplo que con todo daba, sus prelados le tuvieron preso, y hicieron proceso, y le sentenciaron y castigaron, aunque no como quisieran, porque el dicho inquisidor Ulloa le favoreció; y ahora últimamente, entrambos inquisidores le volvieron a proveer y enviar por comisario al dicho puerto de Payta, y procuraron con su provincial que fuese también por comendador de la casa de allí, y yo le exhorté y encargué no lo hiciese, por no convenir por las causas susodichas.

»En todas las ciudades y villas del Pirú, tienen los inquisidores regidores; y en las cajas, oficiales reales por familiares del Sancto Oficio, lo cual es gran estorbo al gobierno de las ciudades, y aun del reino, y daño a la hacienda real, por la mucha mano que tienen los susodichos con los dichos sus oficios, y libertad que toman con ser familiares, que es de manera que hacen lo que quieren, sin que las justicias se puedan valer con ellos, y también tienen por familiares a algunos   —228→   gentiles-hombres de la guardia de los Virreyes, de que se siguen muchas veces inconvenientes, y algunos hombres principales, que han tenido atrevimientos y descomedimientos con las justicias por exentarlos dellas, dándoles ocasión a mayores libertades, les han proveído por familiares del Sancto Oficio, como fue a Diego, de Porras, vecino de Arequipa, al cual, por las que tuvo con el corregidor de la dicha ciudad, le mandó traer preso el Audiencia desta de Lima, antes que yo viniese a ella, y le castigó y desterró, y el dicho inquisidor Ulloa entonces le proveyó por recetor del Sancto Oficio en la misma ciudad de Ariquipa, y ansí ha habido otros, y todos se han aprovechado en las ocasiones de las libertades de oficiales suyos, que es para el efecto que pretenden los dichos oficios, o familiaturas; y a lo que parece, se los dan para ello, y aun algunos, antes de ofrecérseles necesidad dello, hacen notificaciones a las justicias, con recaudos que dicen llevan del Sancto Oficio, para que no conozcan de negocios de los dichos oficiales o familiares, civiles ni criminales, sino fuere a su pedimiento, lo cual es de tan grande inconveniente, como se deja entender.

»En esta ciudad de Lima ha tenido el inquisidor Ulloa por alguacil mayor del Sancto Oficio, a Juan Gutiérrez de Ulloa, su hermano, y cuando vino el dicho doctor Prado por visitador y inquisidor, dio el dicho oficio de alguacil mayor a un don Antonio Troche, que a la sazón vino de España, y el dicho Juan Gutiérrez se fue a las minas de Guancavelica, con nombre y vara de alguacil mayor, y así estuvo allí el tiempo que le pareció, quitando y poniendo indios en las dichas minas, en provecho de Amador de Cabrera, su suegro, y daño de demás mineros, sin que nadie se lo osase excusar, y después se volvió a esta ciudad con su vara; y los inquisidores, según se tiene por cierto, enviaron al dicho Troche a Potosí por alguacil mayor de allí, oficio que no ha habido, y que se entiende le valdrá con la mano que con él terná, y inteligencias, que no le faltarán, todo lo que quisiere; y de la mesma manera, se entiende y sabe, que no ha muchos años puso en Panamá el dicho licenciado inquisidor Ulloa otro alguacil mayor, que se dice [...] de Montalvo, el cual está ya muy rico, y se habió con cincuenta y tantos mil ducados a un Melchor de Jaén, mercader de Sevilla, sobre que han traído, los dos pleito en esta real Audiencia, y fue condenado el dicho Montalvo, y mandado llevar a España el dinero; y con favor que los dichos inquisidores le hicieron, se detuvo, y por formas que para ello tuvieron, goza dello, el dicho alguacil, Montalvo,   —229→   negocio que a todos los que lo han entendido, ha admirado mucho».

Además de estas denuncias y de otras cuyo texto no conocemos160, el Consejo no pudo dilatar ya por más tiempo tomar alguna resolución, y como el puesto de Cerezuela estaba vacante, luego se pensó en que la persona que debía reemplazarle, llevase además del cargo ordinario, el de visitar el Tribunal a cuyo jefe tan graves inculpaciones se le hacían. Desde Lima se insistía en que se diese pronto un sucesor al inquisidor cuya renuncia se había aceptado, porque se corría riesgo de que los negocios se paralizasen, no habiendo más de unos, «que se podía morir o enfermar»161; sin que faltase tampoco quien previniese al Consejo que pusiese muy sobre aviso con las pretensiones de D. Francisco de Toledo, de quien se decía que estaba grandemente empeñado en que se nombrase a Fray Pedro Gutiérrez, del mismo hábito, colegio y tierra que Gutiérrez de Ulloa, y además de muy amigos desde la juventud, no bien acreditado en el reino, ni en opinión de recogido ni honesto. Agregábase que las instancias del Virrey nacían de su deseo de proporcionarse para cuando llegase el caso de su residencia un juez bastante benévolo para disimular sus faltas162. Mas, a ser efectivos estos empeños de D. Francisco, ya por entonces caído en desgracia con Felipe II, el Consejo los desatendió, y previa consulta al monarca, en 16 de marzo de 1586 firmaba las instrucciones para la visita que en Lima debía practicar el canónigo de Tarragona163 licenciado Juan Ruiz de Prado.



  —231→  

ArribaAbajoCapítulo XI

Facultades concedidas al visitador. -Llegada de Ruiz de Prado. -Preséntase en el Tribunal reclamando antigüedad. -Comienza a entender en la visita. -Auto de fe de 30 de noviembre de 1587. -Juan Millar es quemado vivo. -Causas falladas fuera de auto. -Cargos que resultan contra comisarios. -Examen de las causas falladas hasta esta época. -Cargos contra ministros del Tribunal. -Declaraciones prestadas contra Gutiérrez de Ulloa. -Ruiz de Prado despacha al secretario a España llevando los expedientes de visita. -Ulloa acusa al visitador. -El Virrey manda dar tormento al abogado de la Inquisición. -Es por esto excomulgado. -El Consejo ordena a Ruiz de Prado que vaya a dar cuenta de su comisión.


En virtud de su comisión, Ruiz de Prado debía imponerse de las informaciones pendientes contra personas vivas y difuntas «que podían proceder a prisión, o llamar la memoria y fama de los tales difuntos, haciendo sacar copias de ellas y enviarlas a la General Inquisición»; estaba autorizado para procesar a cualquiera de los miembros del Tribunal, dándoles noticia de los capítulos de acusación, «sin declararles los nombres ni número de testigos que contra ellos hubieren depuesto»; y autorizándole, en caso de encontrarlos culpables, para disponer que se presentasen al Tribunal superior dentro de un termino dado, salvo que la gravedad del delito fuese tal que mereciesen ser enviados luego presos con sus causas. Debía, por fin, visitar las cárceles y presos, acompañándose en todo con Juan Martínez de Mecolaeta, notario del secreto de la Inquisición de Sevilla, y regresarse tan pronto como estuviese terminado su cometido164.

Después de algunas incidencias en el viaje, que le forzaron a recalar en Cádiz, y de haber entendido en algunos asuntos relativos al   —232→   Santo Oficio en Panamá, llegó el visitador a Lima el 11 de febrero de 1587, yendo a apearse a casa de Gutiérrez de Ulloa, «en lo cual, dice un testigo, se atemorizaron de suerte muchos de los que el dicho inquisidor tenía agraviados, y de manera, que no se atrevieron a pedir su justicia, ni hubo quien se atreviese a declarar lo que sabía contra el dicho inquisidor165». Luego se presentó en audiencia para exhibir su comisión y reclamar para sí la antigüedad del puesto, «diciendo que lo mandaban así los señores del Consejo por una carta, metiendo la mano en el seno como que la quería sacar, y tornando luego a sacar la mano vacía, dijo que se le había olvidado en casa y nunca más la enseñó166». Agregó allí mismo que deseaba tornarse luego, para dar a entender que la tardanza resultarla de los muchos negocios y no de su voluntad167.

Conforme a este propósito, Ruiz de Prado, dos meses después de haber tomado posesión de su puesto, comenzó a recibir los testimonios tocantes a su comisión, haciendo que los testigos declarasen al tenor de un interrogatorio que contenía cincuenta y tres preguntas, pareciéndole que no convenía, dice, proceder antes para informarse primero de algunas cosas168; pudiendo de ahí a poco adelantar al Consejo que aunque «hubiera ido a sólo los negocios de los comisarios y poner orden en sus cosas y castigar sus excesos, hubiera sido mi venida de mucho servicio de Dios y grande efecto169».

Como a su carácter de visitador unía también el de inquisidor, debía ocuparse igualmente de los reos procesados por causas de fe, cuyo número era por entonces tan crecido, que resolvió celebrar un nuevo auto público, en 30 de noviembre de ese mismo año de 87, en el cual salieron:

Francisco Díaz, barbero, natural de Cazalla, que se denunció ante el comisario de Cartagena, de donde se le hizo venir, de haber dicho que «tener cuenta con una mujer, era pecado venial y no mortal», por lo cual salió en forma de penitente, abjuro de levi y fue desterrado de Lima y del lugar en que ejercía su oficio.

Gonzalo Rodríguez, labrador, natural de los Santos, en Extremadura,   —233→   que se denunció en Trujillo; Juan de Montenegro, oriundo de Panamá, y María, negra criolla, por una proposición análoga, recibieron penas semejantes.

Por casado dos y tres veces, Gabriel de León, Pedro de Aguilar, Juan González, Gaspar López de Agurto, Álvaro Calderón, Martín de Valdivieso, Alonso González, Migo de la Vega, Hernán López, Pedro de León, Gabriel de Cea, Juan Baptista y Carlos Correa, que fueron condenados a vergüenza, destierros, multas pecuniarias, y algunos a galeras.

Juan Pérez, aragonés, minero de Huancavelica, porque, jugando a los naipes, dijo que renegaba de Dios, abjuró de levi y salió con vela y mordaza.

Francisco Bello Raimundo, portugués, residente en Potosí, por una causa semejante, recibió además doscientos azotes, y sirvió cuatro años en las galeras a remo. Juan de Candia, marinero, y Francisco, negro criollo, por lo mismo; recibiendo este último, además, cien azotes.

Pedro Gutiérrez de Logroño, quiteño, por haber dicho y hecho muchas cosas de embustes, de nigromancia y arte mágica, trayendo consigo anillos, manillas y argollas con signos y caracteres desconocidos, para cosas de mujeres, recibió otros tantos azotes, después de salir con vela y soga.

Juan Pablo de Borja, natural de Játiva, que decía tener la rueda de Santa Catalina, con la cual sabía todas las cosas que sucedían, y entre otras, «las que redundaban en desautoridad grande del Papa», salió en forma semejante y fue desterrado de las Indias.

Diego Perdomo por haber prendido a un hombre con vara del Santo Oficio, fue también desterrado.

Maestre Andrea, carpintero, italiano, porque afirmó que los moros se salvaban en su ley, después de abjurar de levi, salió a la vergüenza pública.

Abjuró de vehementi y fue desterrado a galeras al remo, por tiempo de seis años, Fray Juan Cabello, agustino, de Sevilla, que siendo profeso y ordenado de epístola, se casó.

Por haber dicho misa sin ser sacerdotes, Juan Márquez de Guzmán, de Canarias, Pedro Martínez, del Cuzco, y Pedro de Bohorquez, de México.

  —234→  

Fray Pedro Coronado, fraile mercedario, sacerdote, natural de Sevilla, por haber predicado algunas proposiciones heréticas «con mucho escándalo del pueblo, y por haber dicho y hecho otras cosas gravísimas en menosprecio de Dios nuestro Señor y del Santísimo Sacramento del altar y de la penitencia y de nuestra santa fe católica, que le hacen muy sospechoso de hereje», salió en forma de penitente, sin escapulario, cinto, ni capulla, abjuro de vehementi, fue depuesto de las órdenes que tenía, condenado a galeras al remo, por tiempo de seis años, concluidos los cuales quedaría recluso en un convento de su Orden en España, perpetuamente, «donde ayune todos los viernes y rece los siete salmos penitenciales, y que no estudie en libros de teología».

Richarte Ferroel, inglés, que venía en un navío que se perdió en el Río de la Plata, y después de haber permanecido algún tiempo entre los indios, se fue a Buenos Aires, de donde le llevaron a Lima. En el Tribunal confesó que en su corazón siempre había sido católico, aunque después se había apartado de esta creencia; pero como diese muestras de arrepentimiento y contrición, salió con insignias de reconciliado, llevando hábito y cárcel perpetuas y cuatro años de galeote, sin sueldo.

Juan Drac, también inglés, primo del celebre Sir Francis Drake, de veintidós años de edad, quien preso en idénticas circunstancias al anterior, dijo que le pesaba mucho haber sido luterano, por lo cual fue condenado sólo a tres años de reclusión, con prohibición de ausentarse de Lima, bajo pena de relapso.

De todas estas causas es, sin duda, con mucho la más interesante la de Miguel del Pilar, flamenco, y por eso daremos cuenta de ella con alguna extensión.

Por el mes de enero de 1582, se presentó al Tribunal, sin ser llamado, un clérigo nombrado el licenciado Villalta, y declaró que estando en Lima en conversación con el dicho Miguel, en circunstancias que acababa de reñir con su mujer Quiteria de Luzón, trató aquel de su tierra, y dijo que había estado en muchos pueblos de la secta de Martínez (Martín Lutero) y que una vez había entrado en una iglesia sólo para ver lo que se hacía, donde un ministro le había persuadido a que recibiese un poco de pan, diciéndole que lo tomase en memoria de la pasión de Cristo, en lo que había venido por ser muchacho y temiendo no le sobreviniese algún percance; y como la mujer   —235→   le indicase que para que contaba tales cosas, el flamenco había agregado que él sabía muy bien la secta de los luteranos; añadiendo el denunciante que en otra ocasión en que también había reñido con la Luzón, Miguel le había expresado que quería ausentarse del Perú, pues ella lo había denunciado a la Inquisición, porque no se santiguaba, no bendecía la mesa, ni se persignaba cuando se acostaba.

Con esta denuncia se hizo parecer a la Quiteria, que era una mujer criolla, de edad de veinticinco años, quien estuvo conteste con Villalta, añadiendo que su marido decía que para qué se confesaba cuando él no le llevaba su hacienda a nadie, pero que, por lo demás, lo creía buen cristiano porque le había oído decir siempre que creía todo lo que enseñaba la Iglesia católica. Echose entonces a llorar, expresando que si alguna vez había tenido odio a su marido, en realidad le quería mucho y se dolía de sus trabajos.

Por el mes de octubre, volvió al Tribunal esta misma mujer, sin ser llamada, diciendo que estando en conversación con su marido acerca de la venida de los ingleses que se anunciaba, había dicho que «a estos cleriguitos que andan por aquí y a los frailes los han de matar y lo primero que han de hacer es soltar los presos del Santo Oficio y matar los inquisidores», afirmando que eran los tales mejores que los cristianos del Perú, hablando a la vez mal del Papa y de la eficacia de las misas, etc. En comprobación de sus afirmaciones, la denunciante señaló tres testigos, uno de los cuales expresó que aquella se hallaba en relaciones amorosas con el clérigo Villalta, «y por ser esto notorio a los Inquisidores», no se hizo por entonces diligencia alguna.

Poco después, el presunto reo se ausentó a Quito, llevando a su mujer, para regresar a Lima, sin ella, por el año de 83, en que se embarcó en Guayaquil. Durante la navegación, Pilar cometió la indiscreción de contar que en otro tiempo había servido al rey de Dinamarca, que era luterano, y que allí los clérigos eran casados, concluyendo por repetir la historia de como había comulgado una vez en Alemania. Con estos antecedentes, se recibió una nueva información y en vista de las deposiciones de los tres testigos que declararon en ella, por el mes de mayo, fue mandado prender con secuestro de bienes. Llevado a presencia de los Inquisidores, dijo ser natural de Bruselas, hijo de padres protestantes, de edad de cuarenta y cuatro años, torcedor de oro y platero, y que después de haber servido de intérprete al rey de Dinamarca, había estado en Francia, Alemania y España,   —236→   embarcándose en seguida para las Indias. Preguntado si sospechaba la causa de su prisión, contestó que sería por lo que había respondido, viniendo navegando de Guayaquil, a los que le habían interrogado acerca de sus viajes. Puesta la acusación del Fiscal, le sobrevino nueva denuncia de su mujer, en que refería que habiendo ido su marido al auto de fe en que habían quemado a un inglés, le contó que era conocido suyo, que marchó al suplicio recitando los salmos de David en su lengua, que el entendía y, por fin, que había muerto mártir.

Siguió la Luzón refiriendo una serie de conversaciones que tuviera con él, sin exceptuar las que habían pasado en la intimidad de marido y mujer, referentes a las bulas, al agua bendita, etc., por lo cual se había acusado de todo a su confesor, quien no le había querido absolver mientras no diese cuenta al Santo Oficio de lo que pasaba. Recibiéronse también después las deposiciones de seis testigos, compañeros de cárcel del reo, referentes a sus pláticas ordinarias, en que decían manifestaba holgarse de las cosas contrarias a la fe: a que respondía el preso expresando que muchas se las achacaban para hacerle mal, habiendo él contestado siempre las preguntas que se le hacían tocantes a los luteranos sin malicia alguna, pues era en realidad católico y creyente.

Concluida su causa, fue votado a cuestión de tormento in caput propium por la intención, y en cuanto estaba dirimente, in alienum, por haber dado a entender con palabras claras que en la ciudad existían personas de la secta luterana. Una vez en la cámara del tormento y estando desnudo en camisa, se hincó de rodillas y juntas las manos, declaró que diría todo lo que se le mandase, y siendo amonestado que dijese verdad, confesó ser luterano, pidiendo por amor de Dios y llorando que siquiera le dejasen la vida para poder enmendarse; continuando por referir una serie de hechos que le habían ocurrido en el discurso de su vida, lo que no le valió para que le desnudasen «y atándole las muñecas, fue tendido en el potro y le fue dada una vuelta a los garrotes, y siempre negó, y cesó el tormento».

En 25 de octubre de 1586 se dio la causa por definitivamente conclusa, se puso al preso un par de grillos y se le encerró en celda solitaria; y siendo tornado a traer a la audiencia, dijo «que aunque sabía bien lo que tenían los martinistas y calvinistas, no lo tenía, y que estas inquisiciones eran tan largas, que si supiese que esto había de pasar, desde el primer día hubiera dicho que era hereje, a trueque de   —237→   que le mataran, y que ya había dejado lo de los martinistas y calvinistas, y que pensaba acabar en lo que acabaron sus padres, que fueron católicos, y de tal manera dijo estas cosas, que no se pudo colegir que dijese verdad, ni se hubiese apartado de sus errores; y la noche antes del auto, fue puesto en otro aposento, y se le notificó el haber de morir, y se le metieron allá dos padres de la Compañía para que se confesase, los cuales refieren que había dicho no tenía que confesar; y en toda aquella noche y el día siguiente en el auto, en todo lo que hizo y dijo, se vio estarse en sus errores, y se le leyó su sentencia, y se le entregó a la justicia real y fue por ello quemado170».

No por esto cesaban los trabajos de los inquisidores, pues hasta el 5 de abril de 1592, en que tuvo lugar un nuevo auto de fe, se habían fallado las causas de las personas siguientes:

Andrés de Zuloaga, natural de Fuenterrabía, de diecinueve años, que se denunció de que mientras venía navegando había dudado de la fe católica.

Antonio de Estrada, mulato, Antonio y Mateo, negros, y Pedro, esclavo, porque estando colgados recibiendo azotes de sus amos, renegaban de Dios.

Juan de Otárola, se acusó de que viéndose muy afligido por lo endeudado que estaba, había llamado al demonio.

Sant Joan de Goiri, vizcaíno, que también se denunció, porque por vergüenza hacía doce años a que no se confesaba.

Fray Sebastián Rincón, mercedario, se acusó de que hallándose en el cepo y estando azotándolo otro fraile, había dicho que negaba a Dios.

Alonso de Velásquez, soldado de galeras, se denunció igualmente de haber expresado que si él no cabalgaba en este mundo, el diablo le cabalgaría en el otro.

Juan Bello, secretario que había sido del virrey Conde del Villar, porque instándole un sujeto para que le despachase ciertos papeles, había exclamado que no se podía, aunque Dios lo quisiera, y además porque en otra ocasión había dicho que más quería tratar con los diablos que con los frailes.

García Osorio, que sostenía que se podía perjurar por un amigo.

  —238→  

Juan Fernández, mercader de Cartagena, por afirmar que todos los bautizados se salvaban.

Fray Felipe de Santa Cruz, mercedario, por solicitante en confesión.

Fray Juan de Torralba, dominico, de cuarenta y ocho años, natural de Villanueva en la Mancha, porque siendo prelado en el Cuzco, dijo a sus frailes en cierta ocasión que en negocios graves se podía revelar el secreto de la confesión, fue puesto en cárceles secretas hasta que su causa fue recibida a prueba, en cuyo estado se le trasladó a su convento, con prohibición de decir misa, ni de recibir ni administrar ningún sacramento. Abjuró en la sala, fue desterrado del Cuzco y Lima, y se le admitió la excusa de haber declarado su delito, «porque se entendió de él ser hombre ignorantísimo».

Nicolás Ortiz Melgarejo, cura de un pueblo de indios en Charcas, fue testificado de haber sostenido en una plática que el estado de los casados era más meritorio a Dios que el de los religiosos.

Fray Pedro Clavijo, fraile agustino, natural de Córdoba, que ya había sido penitenciado en 1576 por varias proposiciones, fue de nuevo denunciado de haber dicho que en España ya no era negocio de inquisición requerir de amores a una mujer en el confesonario (como lo hacía él); que adivinaba por las rayas de las manos a las mujeres embarazadas si tendrían hembra o varón, etc., por todo lo cual tuvo que oír delante de sus prelados la lectura de su sentencia que lo privaba perpetuamente de confesar.

Fray Antonio Ruiz, franciscano, cura de un pueblo de indios en Huánuco, porque solicitaba a las muchachas.

Juan Esteban, molinero de La Paz, porque afirmaba que tener acceso carnal con una india en semana santa no era pecado.

Cristóbal de Holanda, natural de Amsterdam, polvorista, que hallándose preso en la cárcel de Potosí, había dicho que renegaba de la pasión de Jesucristo.

Gonzalo Hernández Sotomayor, sevillano, abjuro de levi y pagó cien pesos por haber sido testificado en Quito, en 1581, que Dios no le quería llevar por el camino de la virtud, y de que habiendo compuesto ciertas coplas para una representación, dijo en una, hablando de la Virgen María:

  —239→  
¿Sois, que puedo yo decir
que mucho más no seáis?
Pero para concluir,
sois, Señora, lo que amáis:
¡Ved si hay más que referir!

Simón Martín, hombre de setenta y dos años, que hallándose procesado por bígamo, falleció teniendo la ciudad por cárcel.

Tomas Gre (Gray), irlandés, se denunció por consejos de su confesor, de que sirviendo de grumete en un barco, en su país, no se quitó el sombrero al pasar unos italianos, diciendo que no lo hacía porque eran papistas.

Antonio Gómez, alabardero del Virrey, se acusó de que habiéndose rifado dos veces una empanada en el cuerpo de guardia, como no se la sacase en ninguna, había exclamado: «llévesela el diablo».

Doña Leonor Cabezas, mujer casada y perdida, fue testificada por otra tal, que le había dado una piedra de ara consagrada, diciéndola que era buena para que la quisiesen bien.

Fray Antonio de Ribera, dominico, natural de Arequipa, que se denunció de que hallándose enamorado de cierta mujer en la ciudad del Cuzco, y estando las voluntades conformes y no pudiendo conseguir su intento por la dificultad que tenía de salir de su convento, pidió ayuda y favor al demonio, prometiéndole que si le permitía realizar su propósito, le haría señor de su cuerpo y alma y le obedecería en todo lo que en el discurso de su vida le ordenase, aunque interiormente se prometía que en cumpliéndole su deseo, se confesarla y vería a Dios; y como transcurriesen dos horas sin que su petición hubiese resultado, volvió sobre sí y se arrepintió.

Ruiz de Prado debía atender con su colega al despacho de estos asuntos, pero como aquél desde su llegada había estado enfermo muchas veces, comenzó a quejarse del exceso de trabajo y de la decadencia consiguiente en su salud, teniendo que ocuparse además de algunos negocios civiles y de las múltiples tareas de la visita. Entre estas contaba en primer lugar los procesos que había debido seguir a los diversos comisarios, que le habían demandado buena parte de su tiempo. En efecto, al de Popayán se le habían puesto veinte cargos, no siendo pocos los que se presentaron contra los de Potosí y Cochabamba, sin contar con los de otros a notarios y empleados subalternos de   —240→   fuera de Lima, que en un todo parecían dar buen testimonio de lo que afirmaba Zapata171.

Los que resultaban contra el de Cochabamba eran de tal calidad, según afirmaba el visitador, «que no se podía pasar por ellos, no me pareció que la tenían para hacerle venir trescientas leguas, y ansí porque sospeché alguna pasión en los testigos, remití los cargos que se le hicieron, que fueron catorce, para que se los diesen y recibiesen sus descargos y se me enviase todo172». Servía ese destino el celebre autor de La Argentina, Martín Barco de Centenera, y para no estampar aquí sino algunas de las acusaciones que acepto la sentencia librada contra él en 14 de agosto de 1590, por la cual fue condenado en privación de todo oficio de Inquisición y en doscientos cincuenta pesos de multa, diremos que se le probó haber sustentado bandos en la villa de Oropesa y valle de Cochabamba, a cuyos vecinos trataba de judíos y moros, vengándose de los que se hallaban mal con él, mediante la autoridad que le prestaba su oficio, usurpando para ello la jurisdicción real; que trataba a su persona con grande indecencia, embriagándose en los banquetes públicos y abrazándose con las botas de vino; de ser delincuente en palabra y hechos, refiriendo públicamente las aventuras amorosas que había tenido; que había sido público mercader, y por último, que vivía en malas relaciones con una mujer casada, etc173.

«Me ocupó no poco tiempo, decía con este motivo Ruiz de Prado, los procesos contra comisarios y notarios en cosas graves que tenían necesidad de remedio y de castigo ejemplar...; porque con ser todos estos clérigos contra quien se ha procedido de los más díscolos que hay en el reino y haber cometido cosas gravísimas en sus oficios, vuelve por ellos el Provisor hoy, como si fueran unos santos y se les hubiera hecho mucho agravio, y así lo publica... Cuanto más que lo que principalmente me movió a tratar estos negocios, fue ver que el   —241→   Tribunal había tenido noticia de los excesos de estos hombres y se había disimulado y pasado por ello, con solo quitar el título de comisario a dos de ellos, y al uno cuando se supo mi venida...; y la excusa que dan es decir que si castigaran los malos ministros, no habría quien sirviese a la Inquisición»174.

Resumiendo sus impresiones sobre lo que iba descubriendo acerca de los demás empleados y cosas que habían pasado en el Santo Oficio, anticipaba Ruiz de Prado al Consejo los conceptos siguientes: «Lo que puedo decir es que hay hartas cosas y de consideración, y que de los procesos resultan muchas y de muy grandes y dignas de remedio para lo venidero; poco recato en el secreto, muchas comunicaciones en las cárceles secretas, poco cuidado en reparar este daño, habiéndose entendido; mucha remisión en castigar a los que eran causa dél, y otras causas graves que dellos resultan, prisiones y castigos en negocios que no eran del Santo Oficio»175.

Por el mes de enero del año siguiente en que llegó a Lima Ruiz de Prado, comenzó el examen de los expedientes tramitados por el Tribunal desde su establecimiento, que alcanzaban a la cifra de mil doscientos sesenta y cinco, de cada uno de los cuales fue sacando una breve relación en que apuntaba sus defectos y que con sobrada razón le permitían expresar al Consejo las palabras que acabamos de transcribir176. Ya se trataba de prisiones indebidas, ya de causas que los inquisidores se habían avocado sin derecho, ya de inauditas detenciones en la marcha de los juicios, o ya, por fin, de penas que los reos no habían merecido. «Los defectos que se han hallado en los procesos, repetía el visitador nuevamente casi dos años más tarde, son en cosas substanciales, y otros que tocan a lo sagrado de la Inquisición y no buena administración de ella; poco recato vi que los negocios se hiciesen con el que se acostumbra en la Inquisición y con el que es necesario; poco cuidado de remediarlo, comunicaciones y otros excesos   —242→   grandes que había en las cárceles y en castigar a los que tenían gran culpa de ellas... que fue causa el no remediarlo a los principios que esto pasase muy adelante, y lo fue de hartos años proceder contra personas por negocios cuyo conocimiento no pertenecía al Santo Oficio y darles penitencias públicas, y a otros que sus negocios no eran de fe, tratarlos como si lo fueran».

Fue de esta manera avanzando poco a poco en su trabajo hasta el 19 de marzo de 1590, en que condensando el resultado de las diligencias de examen practicadas, pudo al fin presentar en concreto los cargos a los oficiales del Tribunal.

Al fiscal interino Antonio de Arpide, que servía el puesto por muerte de Alcedo, ocurrida por los años de 1585, le reprochaba haber sido descuidado en su oficio y de ser por naturaleza de mala condición, mozo en todo; indicando que convendría se le mandase vestir hábito clerical y aun que tratase de ordenarse, «porque tengo, decía, por indecentísima cosa que el Fiscal del Santo Oficio traiga hábito de lego».

Al secretario Eugui lo presentaba como áspero de condición, que estaba casado con mujer hija de un hombre que no tuvo opinión de cristiano viejo, sin que faltase testigo que lo hubiese notado de confeso; de que hacía mal las informaciones, y finalmente, del mucho desorden con que llevaba los derechos de familiatura177.

Al alguacil Juan Gutiérrez de Ulloa le achacaba no haberse descargado de las imputaciones que se le hicieran, las que, aunque en rigor no merecían privación de oficio, eran bastantes para ordenarle que no lo ejerciese más178.

A Juan de Saracho le disculpaba en atención a lo que había servido con su persona y dineros, y aun recomendaba al notario Pérez de Maridueña por su habilidad y suficiencia.

En atención a que nadie que no fuese hombre perdido podía hacer las veces del alcaide Cristóbal Rodríguez, pedía que se disimulase con él alguna cosa, pues en su tiempo no había habido en las cárceles las comunicaciones y demás inconvenientes que se hacían sentir antes de haber entrado en el oficio. «Los cargos que se hicieron a su antecesor   —243→   Nicolás de Castañeda, agregaba, resultaron del proceso que contra él hicieron los inquisidores (de que no se descarga ni puede): me parece que es caso grave este y no nueva en esta Inquisición, aunque en las demás sí, pues es cosa cierta que no ha subcedido cosa tal en otra después que el Sancto Oficio se fundó, porque aquí hay poca fidelidad en el oficio de todas maneras, dejando comunicar a los presos unos con otros, meterlos cosas en las cárceles... Por esto y por no haber castigado al dicho Castañeda, cuando les constó de sus excesos, a lo menos en mandarle volver las cosas y dineros que los presos le dieron y el tomo dellos, resulta mucha culpa contra los dichos inquisidores179».

Entrando a ocuparse de lo relativo a Gutiérrez de Ulloa, expresaba que los cargos que se le habían hecho montaban a doscientos dieciséis, muchos de comunes a su colega Cerezuela y otros particulares suyos, «los seis con mujeres, con mucha publicidad y escándalo, pudieran ser más estos, si yo hubiera sido más escrupuloso inquisidor de lo que lo he sido».

Creemos que no carecerá de importancia en este caso, ya que hemos visto las acusaciones de Zapata, oír lo que afirman algunos de los testigos que declararon en el proceso.

«En la ciudad de los Reyes, a siete días del mes de julio de mil y quinientos, y ochenta y siete años, estando el dicho señor visitador, doctor Juan Ruiz de Prado en la dicha Audiencia, por la mañana, pareció en ella siendo llamado y juró en forma y prometió de decir verdad.

»Fray Nicolás de Ovalle, comendador de Nuestra Señora de la Merced desta dicha ciudad, y catedrático de prima de teología en la universidad della, de edad que dijo ser de cuarenta años cumplidos.

»Preguntado si tiene alguna cosa que manifestar en esta visita tocante a los inquisidores y oficiales desta Inquisición, que le parezca que tenga necesidad de correctión y enmienda.

»Dijo que no le parece que haya ninguna cosa en esta Inquisición que sea digna de remedio, porque siempre ha visto de nueve años a esta parte que a que reside en esta ciudad, y habrá dos que fue nombrado   —244→   por calificador deste Santo Oficio, que todo este tiempo se ha hecho el oficio con mucho cuidado, y antes a visto que se ha usado de más misericordia que de rigor en los negocios que se han ofrecido.

»Preguntado si sabe o ha entendido que alguno de los inquisidores y oficiales desta Inquisición haya estado amancebado con alguna mujer, con publicidad y escándalo.

»Dijo que lo que sabe acerca de la pregunta, es, que fue negocio público en esta ciudad, que el inquisidor licenciado Antonio Gutiérrez de Ulloa, trataba deshonestamente con doña Catalina Morejón, mujer casada con Antonio de Chaves, que vive en Guamanga, y ella es ya ida a España y ella misma se preciaba de la amistad que tenía con el dicho inquisidor, y lo decía a todos cuantos la hablaban, y a este declarante le mostró un billete del dicho inquisidor en que le escribía palabras regaladas y amorosas, y le dijo como venía de noche a visitarla, y se le quejo a este declarante de lo poco que le daba el inquisidor, diciendo que no le daba sino veinte pesos cada mes para comer, y que le tenía dos sobrinos en su casa, y ansí por esto, como porque ordinariamente Juan Gutiérrez de Ulloa, hermano del dicho inquisidor, la llevaba a las ancas de un machudo del dicho inquisidor, públicamente por esta ciudad, fue este negocio más publico y escandaloso en ella, y esto duró hasta que el visorrey, conde del Villar, mandó salir desta ciudad a la dicha doña Catalina Morejón, y que fuese adonde estaba su marido, y es público en esta ciudad y en todo el reino que esto mandó el visorrey por razón de la dicha amistad que tenía con el dicho inquisidor, agora siete u ocho meses.

»Ítem, dijo que es cosa pública en esta ciudad, quel dicho inquisidor Ulloa a más de ocho años que está amancebado públicamente con doña María Degaldo o Tello, vecina desta ciudad, mujer soltera, a la cual dicen que la hubo doncella, y que ha parido dél un muchacho que se cría en casa de Luis García, criado del dicho inquisidor, que de presente está en Potosí, y que esto se lo dijo a este testigo el bachiller Alonso Díaz, estudiante teólogo en esta universidad, y que vio entrar a dicho inquisidor, de seis meses a esta parte, a la una de la noche, en casa de dicha mujer, con vestido de terciopelo morado y montante, y de lo que toca a esta mujer, sabrá también el doctor Salinas, abogado en esta ciudad, el cual dijo a este declarante agora tres años, poco más o menos, que el dicho inquisidor había habido a la dicha doña María, siendo de edad de once años, y también sabrá   —245→   el licenciado Ramírez de Cartagena, oidor desta Real Audiencia, porque le oyó decir agora dos meses, poco más, que el dicho inquisidor había entrado una noche en cierta casa donde vivían unas mozas, que dijo quien eran las mozas, y que iba con hábito indecente, muy galán, con unas medias de seda y capotillo corto y su montante, y compadeciéndose desto, vino a decirle también el trato que tenía con las dichas doña Catalina Morejón y doña María de Galdo.

»Ítem, dijo que agora cuatro años que el dicho inquisidor hubo en esta ciudad una doncella, hija de una viuda que fue mujer de Hernán López, mercader, a la cual se le trató agora un casamiento, y por estar infamada, por esto y otras cosas, se dejó de hacer, y que estando una noche esta moza con el dicho inquisidor en su casa, fue a ella la dicha doña Catalina Morejón y dio grandes voces a la puerta del aposento donde dormía el inquisidor, diciendo que la abriesen y echasen fuera aquella mujer que estaba dentro, que allí a un rato, habiendo echado la dicha moza por una puerta falsa, la abrió el inquisidor y le riñó la dicha doña Catalina Morejón, porque tenía allí la dicha mujer, y esto sabe Juan de Aliaga, hermano de doña Beatriz de Aliaga, y el dicho licenciado Ramírez de Cartagena.

»Ítem, dijo que el dicho inquisidor estuvo infamado públicamente en esta ciudad habrá siete u ocho años, más que menos, con doña Isabel Manríquez, que entonces era mujer de un fulano de Escovar, vecino desta ciudad, y desto dará más particular noticia el dicho Juan de Aliaga, y a este declarante se lo dio así a entender la dicha doña Ysabel Manrique, y que estando una noche la dicha doña Ysabel en casa de don Alonso de Aliaga, fue allí el dicho inquisidor Ulloa y supo el dicho don Alonso como estaba en su casa, y sentido dello, fue a buscar un montante para acuchillarle, y se lo dio el dicho licenciado Cartagena, sin saber para qué era, y al salir el dicho inquisidor de la casa del dicho don Alonso, se encontraron los dos y viniendo a quererse acuchillar, le dijo el dicho inquisidor que no le había hecho ofensa ninguna, y habiéndole satisfecho desto, no pasó el negocio adelante, y esto saben el dicho Juan de Aliaga y doña Ysabel Carrillo, viuda mujer del dicho don Alonso de Aliaga, y aunque en el pueblo se dicen otras muchas cosas en esta materia, este testigo no las sabe tan en particular que las pueda decir debajo de juramento, y que hay muchas personas en la ciudad que dicen desto y otras cosas, y esta es la verdad, so cargo del juramento que tiene hecho, y no lo ha dicho por odio, sino   —246→   por ser verdad y descargar su conciencia: encargósele el secreto y prometió de guardarlo, y habíendole leído éste su dicho, lo aprobó y dijo estar bien escripto y firmolo de su nombre: va entre renglones, no dijo, vala. -El maestro fray Nicolás de Ovalle. -Pasó ante mí, Juan Martínez de Mecolaeta, secretario.

»En la ciudad de los Reyes, a diez y seis días del mes de julio de mil y quinientos y ochenta y siete años, estando el señor Inquisidor doctor Juan Ruiz de Prado, en su audiencia por la tarde, pareció en ella, siendo llamado, y juró y prometió decir verdad.

»Hernán Gutiérrez de Ulloa, presbítero, beneficiado de la iglesia de Sant Marcelo desta ciudad, natural de la villa de Almodóvar del Campo, que es en el reino de Toledo, de edad que dijo ser de cincuenta y cuatro años, poco más o menos.

»Preguntado si este declarante envió a España ciertos capítulos contra el Inquisidor Ulloa, para que se presentasen ante el Ilustrísimo señor Cardenal Inquisidor general.

»Dijo que, como tiene dicho, este declarante envió los capítulos que tiene reconocidos por la forma que tiene dicho.

»Fuele dicho que es necesario que se declare más en algunos de los dichos capítulos, y que para esto se le leerán, que responda a ellos lo que supiere, diciendo en todo verdad, so cargo del juramento, clara y abiertamente.

»Dijo que luego como vino el dicho Inquisidor a esta ciudad, habiendo vivido primero en una casa, se pasó a otra que estaba frontera de la de doña Catalina Alconchel, mujer de Pablo de Montemayor, vecino desta dicha ciudad, y procuró tratar con la dicha doña Catalina y se amancebó con ella, en vida del dicho su marido, y esto fue más público después de muerto el dicho Pablo de Montemayor, y este testigo los vio muchas veces juntos en un aposento, y un clérigo que se llama Cristóbal Caravajal Brochero que al presente está en la doctrina de Pacavan, repartimiento de Diego de Agüero, que entonces estaba en casa de la dicha doña Catalina de Alconchel, lo decía públicamente, y lo fue tanto en esta ciudad que no hay hombre que no lo sepa, y que habrá trece a catorce años que entró este declarante en casa del dicho Inquisidor Ulloa, y acababa de salir entonces el dicho Pablo de Montemayor, y Juan de Llerena el viejo, y Juan de Llerena el mozo, y Mariana de Velasco, que agora ésta hacía Potosí le   —247→   dijeron que el dicho Pablo de Montemayor había pedido al dicho Inquisidor, de rodillas, que no le inquietase en su casa, y le dejase su mujer, y el dicho inquisidor le había respondido con palabras muy ásperas, y sabe este testigo que el dicho Pablo de Montemayor murió pocos días después que esto pasó, y sabrán esto particularmente Juan de Contreras, mercader, y Elvira Ruiz, su mujer y doña Mariana, su hija; y muerto el dicho Pablo de Montemayor, este declarante vio muchas veces al dicho inquisidor con la dicha doña Catalina en una casa y en una mesa, ansí en esta ciudad como en una chácara della, y en el campo yendo a caza, como si fueran marido y mujer, y esto se hacía con tanta publicidad que cuantos estaban en casa del dicho inquisidor lo sabían, especialmente Juan de Vadillo, Juan de Saracho, Diego de Aramburu y Gaspar de Arrieta, hijo del secretario Arrieta, y Blassa de Urbina, que está en Guamanga, y tres hermanos suyos, que están en esta ciudad, y otros muchos, y que tuvo de la dicha doña Catalina dos hijas, que la una crió Mencia Gallega, comadre, que es ya difunta, y la otra la mujer de Juan Baez, y desto sabía una criada de Mencia Gallega, que es ahora comadre, y un Juan Martín, clérigo, que es sacristán de la iglesia mayor, y Rodrigo Arias, y Juan Despinar, escribano público, y siempre que la dicha doña Catalina iba a Mala, que es doce leguas desta ciudad, donde tiene sus indios, iba el dicho inquisidor con ella y se estaba catorce y quince días con ella, haciendo falta en su oficio, y esto es público y notorio y lo sabe Juan de Vadillo y todos los oficiales desta Inquisición, y en una enfermedad muy grave que tuvo el dicho inquisidor estuvo la dicha doña Catalina en su casa, sirviéndole en ella de día y de noche, y todo este tiempo, que serían veinte días, vio este declarante que la dicha doña Catalina se quedaba en el aposento donde dormía el dicho inquisidor, y en él no había más de una sola una cama, adonde estaba el dicho inquisidor; y el doctor fray Pedro Gutiérrez y el licenciado Alcedo, fiscal desta Inquisición, habiendo ido a ver al dicho inquisidor una mañana, vieron a la dicha doña Catalina allí y dijeron a este declarante que dijese a la dicha doña Catalina que se fuese a su casa y dejase morir cristianamente al dicho inquisidor, y este testigo se lo dijo, y ella le respondió que muerto o vivo no le había de dejar, y ansí lo hizo, y en comenzando a convalecer, ella fue a Pachacama, y desde allí fueron los dos juntos a Mala, adonde estuvo convaleciendo más de mes y medio con ella, durmiendo en una cama y comiendo a una mesa,   —248→   y esto saben un Rosa y su mujer, que viven en esta ciudad, y Juan de Alconchel y su mujer, y el dicho Rodrigo Arias y don Francisco de Cárdenas, y estando en el dicho lugar esta vez fueron a caza, una legua del dicho lugar, y se quedaron a dormir en el campo aquella noche, y durmieron el inquisidor y la dicha doña Catalina en una cama debajo de un boldo, y lo vieron el dicho Rossa y Ventura, mulato, que vive en el valle de Maca, y ordinariamente está en esta ciudad, y el dicho Juan de Alconchel, y habiendo vuelto de la dicha cala, fui allí don Francisco de Cárdenas, hijo del presidente de Panamá, y por haberse aficionado ella al dicho don Francisco, tuvo el inquisidor una pesadumbre con ella y la dio de mojicones, y este testigo la vio la cara llena de cardenales, y saben esto los dichos Juan de Alconchel y su mujer, y Rosa y la suya, y Francisco Arias, y habrá que pasó todo lo susodicho habrá nueve o diez años poco más o menos; y muchas veces se le quejaron a este declarante doña María de Aliaga, madre de la dicha doña Catalina, y Elvira Ruiz, su abuela, que es ya difunta, de que no bastaban sus reprehensiones y las de sus deudos, aunque eran ásperas, para apartarla del dicho inquisidor. A más, sabe este testigo que por esta razón fue la dicha doña Catalina a una chácara que tenía media legua de esta ciudad, adonde cada noche se iba el inquisidor a dormir con ella y se volvía a la mañana antes que amaneciese, y otras veces se iba a comer y a cenar con ella, y ella asimismo se venía a casa del dicho inquisidor y cenaba y dormía con él y a la mañana se volvía a su chácara, y esto saben Rodrigo Arias y Juan de Llerena, el mozo, y Juan de Llerena, el clérigo, y esto era tan público y notorio que Juan Gutiérrez de Ulloa, hermano del dicho inquisidor, siendo alguacil del Sancto Oficio, llevaba a la dicha doña Catalina en ancas de un machuelo del dicho inquisidor públicamente, y la acompañaba toda la gente de su casa.

»Ítem dijo que estuvo el dicho Inquisidor Ulloa amancebado públicamente con doña Catalina Morejón, mujer de un fulano de Chaves, que vivía en Guamanga, y se valía de la tercería de Rodrigo Arias y Luis García para este negocio, y con ella trató siete o ocho años, con la misma publicidad que con la dicha doña Catalina de Alconchel, y de la misma manera que a esta la llevaba en ancas, públicamente, el dicho Juan Gutiérrez, y este testigo los vio comer y cenar muy muchas veces y estar juntos en un aposento y vio y al dicho inquisidor muchas veces con capa y espada de noche y entrar en casa de la dicha   —249→   doña Catalina Morejón y venir por la mañana su casa y unas veces iban con él los dichos Rodrigo Arias y Luis García y otras veces iba solo, y este testigo ha oído decir por cosa pública que el visorrey conde del Villar mandó salir desta ciudad a la dicha doña Catalina Morejón, por razón desto, y que se ha hacer vida con su marido, y esto saben Gonçalo de Solís, marido de doña Beatriz de Aliaga, y ella, y don Juan de Aliaga, su hermano, y un Pedro Felipe, que esta en Yca, y todo el pueblo, grandes y pequeños, y Juan Sánchez de los Ríos, procurador, y Juan de Soto, campanero, que dirán lo mismo que ha declarado este testigo.

»Ítem dijo que habrá diez u once años, poco más o menos, quel dicho Inquisidor Ulloa estuvo amancebado con doña María Hidalgo, que entonces era casada, aunque no se le acuerda el nombre de su marido, y duró esto por espacio de seis o ocho meses y se lo dijo a este declarante la misma doña María Hidalgo y Rodrigo Arias, que fue tercero entre ellos, y sobre esto tuvo el dicho Inquisidor cierta pesadumbre con el licenciado Ramírez de Cartagena, según se lo dijeron la dicha doña María y el dicho Rodrigo Arias.

»Ítem dijo que estando el dicho Inquisidor amancebado con la dicha doña Catalina Morejón, como tiene dicho, trataba también con doña Ysabel Manrique, mujer de Juan de Escobar, vecino de esta ciudad, y vio muchas veces este testigo al dicho Inquisidor ir de noche armado, con un vestido corto, a caballo en un caballo y Juan Gutiérrez su hermano con él, y acaescía muchas veces ir el sábado a la noche y estaba hasta el lunes por la mañana antes del día, y el dicho su hermano volvía con los caballos aquella noche a casa y tornaba a ir con ellos el lunes por la mañana, y preguntando este declarante a los criados del dicho Inquisidor a donde iba desta manera, le dijeron que a casa de la dicha doña Ysabel Manrique, y lo mismo le decían los criados della, lo cual sabe Xpoval de Urbina, Juan de Urbina, el mozo, Gonzalo de Solís y un fulano Urbina, lo que este último dirá en todo lo que tiene declarado.

»Ítem dijo que habrá siete o ocho meses que el dicho Rodrigo Arias dijo a este declarante con ocasión que una noche al anochecer entraron en casa del dicho Inquisidor Juan Pérez de las Quentas con doña Leonarda Niño, su mujer, y otras personas con ellos, y preguntándole a que venían los susodichos, el dicho Rodrigo Arias le dijo que advirtiese en lo que vería y se espantaría y habiéndose sentado   —250→   todos en sendas sillas, la dicha doña Bernarda entró a visitar a doña Luysa de Ayala, mujer del dicho Juan Gutiérrez de Ulloa, quedando todos en la sala, y luego entrando a llamar al dicho inquisidor, dijo que le era forzoso salir fuera de casa, que le perdonasen, que luego volvería, y esto vio este testigo, y preguntando después al dicho Rodrigo Arias que era lo que había subcedido, le dijo allá han estado a solas una hora, diciéndolo por el inquisidor y doña Bernalda, y esto se hizo entrando el inquisidor por una puerta que abrieron en el patio, para este efecto, que caía a otra cámara del aposento donde vivía la dicha doña Luisa, y había entrado la dicha doña Bernalda, y que habían usado deste medio porque no habían podido hallar otro para que se pudiesen ver el dicho Inquisidor y ella, y sabrá esto el dicho Rodrigo Arias y no sabe si otra persona; y por ser dada la hora cesó esta audiencia, y al dicho Hernán Gutiérrez de Ulloa se le mandó que guardase secreto y vuelva a la mañana. Pasó ante mí Juan Martínez de Mecolaeta, scribano.

»En la ciudad de los Reyes, a diez y siete días del mes de julio de mil y quinientos y ochenta y siete años, estando el dicho señor Inquisidor visitador doctor Juan Ruiz de Prado en su audiencia, por la mañana, pereció en ella el dicho Hernán Gutiérrez de Ulloa, clérigo, y prosiguiendo en la dicha su declaración, so cargo del juramento que tiene hecho.

»Dijo que por medio del dicho Rodrigo Arias e de un Amendaño, calcetero, e Pero Enríquez, hermano del licenciado Camargo, teniente de corregidor desta ciudad, el dicho Inquisidor trató dehonestamente con la mujer de Sancho Casco, herrero, que se llama fulana de Loranga, habrá ocho años poco más o menos, y que le parece que duraría esta amistad como un año, viniendo ella a casa del dicho Inquisidor, e yendo él a casa del dicho Amendaño, donde también iba ella, y en esto era tercera la mujer del dicho Mendaño, asimismo por tercera del dicho Rodrigo Arias. Tuvo amistad deshonesta el dicho Inquisidor por el mismo tiempo con María de Morales, mujer de Saavedra, herrero, y esto duraría como dos o tres meses, y la misma mujer se lo dijo a este declarante, y el uno y el otro fue negocio público en esta ciudad y esto lo sabe Juan de Llerena el mozo y Blasa de Urbina y sus hermanos.

»Ítem dijo que los dichos Amendaño, calcetero, y Pero Enríquez, habrá ocho años poco más o menos, le dijeron a este declarante que   —251→   quería ir a casa el dicho Inquisidor y este testigo les dijo que no era tiempo entonces de ir a casa, y dejar solo al inquisidor Cerezuela porque había muchos negocios en la inquisición de importancia y ellos le respondieron que le iba a este declarante en ello, que el inquisidor no iba a casa sino que se había de quedar aquí, que ellos solos iban a ver una guaca con Montemayor, tintorero, que tenía una hija hermosa, esto lo hacían por disimular para que el dicho inquisidor tuviese lugar de tratar con la dicha hija de Montemayor, y luego aquella noche vio este declarante salir de casa al dicho Inquisidor con herreruelo corto y espada y el dicho Rodrigo Arias con él y volvió por la mañana y preguntando este declarante al dicho Rodrigo Arias que si había habido efecto aquel negocio y él le dijo que estando él de por medio no había de haber efecto, y esto saben dos dichos Pero Enríquez y Amendaño y Juan de Llerena, el clérigo, y Juan de Llerena, el mozo.

»Asimismo dijo que habrá siete años que el dicho inquisidor tuvo amistad pública y deshonesta, con una doña Andrea, hija de doña Isabel de Olano, viuda, y él la visitaba en su casa públicamente, y ella venía a la del dicho inquisidor, con la dicha su madre, muy de ordinario, y esto fue negocio público en esta ciudad, y lo sabrán todos los susodichos, y Domingo de Garro.

»Ítem dijo que habrá diez años que el dicho inquisidor Ulloa trató amistad deshonesta con una doña Francisca de Vera, que estaba en reputación de doncella, hija de un Alonso de Vera del Pesso, y de doña Catalina de Toledo, que al presente está arriba hacia Potossí, e iba de noche a casa destas mujeres, con hábito corto, y cuando había de ir, avisaban ellas a un Mollinedo y Pedro de Çárate, y a doña Catalina de Santa Paula, que es monja en la Concepción, y Francisco Márquez, y doña Inés de Sosa, mujer de don Francisco de Cárdenas, y Hernán Pantoja, vecino de Chachapoyas; los cuales vieron muchas veces al dicho inquisidor, en casa de las dichas mujeres, con hábito corto, y a los dichos hombres los llamaban ellas para que viesen cómo el inquisidor iba allí, y el favor que les hacía, y las mujeres iban a conversación, y una noche entrando el dicho inquisidor en la dicha casa, encontró a la puerta con el dicho Hernán Pantoja, y arremetió con él y le tiró una estocada, que pensaron que lo había muerto, y esto hizo entendiendo que era el dicho Pedro de Çárate, el cual trataba con otra hermana de la dicha doña Francisca; de Vera, y luego fue   —252→   público esto en la ciudad, y con esta ocasión lo fueron también todas las demás cosas que el dicho inquisidor trataba con la dicha doña Francisca, y la dicha noche iba con el inquisidor el dicho Luis García, y la dicha doña Catalina de Toledo, y sus hijas iban a comer y cenar a casa del dicho inquisidor algunas veces, y particularmente las vio un jueves santo cenar con el dicho inquisidor, y con ellas venía la dicha doña Inés y allí estuvieron también el licenciado Alcedo y fray Pedro Gutiérrez.

»Asimismo dijo que por medio de la mujer de Diego de Galdo, que no le sabe el nombre, trató deshonestamente con una María de Aguilar, mujer de Juan de la Torre, que al presente esta en Potosí, habrá once o doce años, el dicho inquisidor Ulloa, y una noche vino a dormir con él a su casa, y la dicha doña Catalina de Alconchel, que vivía enfrente del dicho inquisidor, tuvo noticia dello, y fue antes que amaneciese a casa del dicho inquisidor, y aguardó a que saliese la dicha mujer del aposento donde estaba con el dicho inquisidor, y cuando la vio salir arremetió a ella y dio grandes voces, de que hubo un grande escándalo, y se entendió por todo el barrio, y lo vieron un Juan de Ulloa Mogollón, que esta en Guamanga o en el Cuzco, Juan de Llerena, el mozo, Juan de Llerena, el clérigo, Mariana de Velasco, don Juan de Vera, que está en Castilla, Gonzalo de Solís y otros.

»Mas dijo que habrá cinco años poco más o menos, que procuró tratar deshonestamente el dicho inquisidor, con doña Juana de Loaysa, hija de Galaor de Loaysa, que vive en los Charcas, que era casada (no sabe con quien), por medio de Blasa de Urbina y Catalina de Urbina, su hermana, y el dicho Rodrigo Arias, y subcedió que habiendo mandado hacer una llave, un Gonzalo López, que al presente esta en Potosí, para entrar en casa de la dicha doña Juana, en casa de un cerrajero, fue el dicho Rodrigo Arias al mismo cerrajero a hacer otra llave, para el inquisidor, para el mismo efecto, y como tenía hecha la llave para el dicho Gonzalo López, se la dio el cerrajero al dicho Rodrigo Arias en su presencia, y el dicho cerrajero le dijo que le haría otra y él le respondió que no quería llave, y esto dijo a este declarante el dicho Gonzalo López, y ansí por esto, como por haber visto muchas veces en casa de la dicha doña Juana de Loaysa, a la dicha Blasa de Urbina, y porque estando preso este testigo en la cárcel pública desta Inquisición, y en su compañía el doctor Palacios Albarado, arcediano de los Charcas le dijo el dicho arcediano que allí le haría la   —253→   guerra el dicho inquisidor, por celos de la dicha doña Juana de Loaysa, y por todo esto tuvo por cierto este declarante que el dicho inquisidor trataba deshonestamente con la dicha doña Juana, y esto sabrá también Juan de Llerena, el mozo.

»Ítem, dijo que tuvo en su casa el dicho inquisidor una ama llamada Mencia Alonso, habrá siete años, poco más o menos, la cual salió de casa preñada del dicho inquisidor, y esto sabe Ana Baptista, mulata, y fue negocio público entre toda la gente del dicho inquisidor, y la dicha mulata vive en la Encarnación, a las espaldas del monasterio, y es pulpera.

»Asimismo dijo que habrá cuatro años, que fue negocio muy público en esta ciudad, que el dicho inquisidor hubo doncella a una moza que estaba en casa de Diego de Galdo, la cual dicen que parió dél y duró esta amistad como un año, hasta que el doctor Salinas, abogado, se revolvió con ella y sobrello hubo grandes pesadumbres con el dicho inquisidor, y esto fue causa de la publicidad que hubo en la ciudad y también de quel inquisidor se apartase della, y esto saben la mujer del dicho Diego de Galdo y sus hijos Diego y Hernando Galdo.

»Ítem dijo que hay algunas personas que con el favor del dicho inquisidor Ulloa, viven libremente y no pagan lo que deben, y hacen agravios a otros, y se salen con ello, y particularmente el dicho Rodrigo Arias tuvo amores con la dicha Blasa de Urbina, que había sido amiga de Francisco Cervantes, su hermano, de quien tuvo un hijo, y el dicho inquisidor consintía esto, porque dio Orden que la dicha Blasa de Urbina estuviese en casa de la dicha doña Catalina de Alconchel, para que el dicho Rodrigo Arias la pudiese comunicar más a su salvo, y esto duró hasta que la madre y abuela de la dicha doña Catalina, sabiendo lo que pasaba, la echaron de su casa, y los dichos Rodrigo Arias y Blasa de Urbina comían juntos a una mesa, y dormían en un aposento en casa del dicho inquisidor, viéndolo y sabiéndolo él, y pasando por ello, y porque los dichos Rodrigo Arias y Francisco de Cerbantes, su hermano, riñeron sobre la dicha mujer, el dicho inquisidor dio orden que el dicho Francisco de Cerbantes fuese fuera desta ciudad porquel Rodrigo Arias quedase más libre con la dicha mujer.

»Asimismo el dicho Rodrigo Arias, estando casado en Trujillo, en España, y teniendo una hija legítima con su madre, el visorrey, don Francisco de Toledo y el Audiencia, le mandaron embarcar para España, y el dicho inquisidor Ulloa tuvo orden como no le embarcasen,   —254→   y le defendió contra todos, como lo hizo también en un negocio muy pesado que le subcedió habrá doce años, y fue que procediendo el dicho visorrey don Francisco de Toledo contra Gonçalo Aguado y el dicho Rodrigo Arias, por traidores, estando preso el dicho Gonçalo Aguado, que después fue ahorcado por esto, y el Rodrigo Arias escondido, tuvo orden como el dicho Gonçalo Aguado declarase que la hacienda que había era toda del dicho Rodrigo Arias, aunque el secuesto que estaba hecho della pasó adelante por entonces, después, habiendo venido el dicho Rodrigo Arias, y recogídose en casa del dicho inquisidor, con su favor y el de fray Pedro Gutiérrez, se libró del negocio y quedó con la dicha hacienda, que decían que valdría, diez y siete mil pesos corrientes, lo cual realmente era del dicho Gonçalo Aguado, y pertenecía al Fisco de su majestad, y habiéndole después embarcado para España al dicho Rodrigo Arias, por mandado del visorrey y Audiencia, tuvo orden como volverse a esta ciudad, y se quedó en ella con el favor de los dichos inquisidor y fray Pedro Gutiérrez, y todo esto sabe Juan Sánchez de los Ríos, el cual dirá de otros muchos, y hay sobrello proceso ante los alcaldes del crimen; y sabe este testigo que el dicho Rodrigo Arias, se alla con las haciendas ajenas, porque a este testigo le debe, y treinta y tantos pesos corrientes que le dio en Panamá Baltasar de Melo para que acá se los pagase, y pidiéndoselos ante la justicia real, por ante Juan Gutiérrez, escribano, le dijo el dicho Juan Gutiérrez que cesase aquello porque no había de pasar aquel negocio adelante, y este testigo entendió que era por mandado del dicho inquisidor, porque pidiendo también a un fulano de Roança, cuarenta o cincuenta pesos que le debía por el alquiler de una casa, y teniendo mandamientos contra él, le dijo el dicho Juan Gutiérrez que el dicho inquisidor mandaba que no pasase adelante aquella ejecución, y así se quedó, porque el dicho Roança era allegado de su casa del dicho inquisidor, y entra el dicho Rodrigo Arias en las tiendas desta ciudad y toma lo que le parece, diciendo que son para el dicho inquisidor, y lleva unas por pagar y otras por la tasa, siendo muchas dellas para sí y no para el dicho inquisidor, como subcedió en la tienda de Juan de Soto y un Anaya, mercaderes, y un Xeres, tintorero, y en casa de Medina, zapatero, y muchas de las dichas cosas pagó este declarante, porque venían diciendo que se tomaban para el dicho inquisidor y en su nombre, y se les hallaban con sus haciendas.

  —255→  

»Ítem, dijo quel dicho inquisidor Ulloa, trata y contrata con su hacienda, enviándola a España y Tierra Firme a emplear, y particularmente, sabe ese testigo que envió a Panamá mil y tantos pesos que este le prestó, lo cuales llevó Miguel Ángel y vinieron empleados en mercaderías, y se vendieron en esta ciudad, y otra vez se enviaron cinco mil y tantos pesos, también a Tierra Firme, aunque no se acuerda que persona los llevó, y pasó la escriptura ante Juan de Cepeda, escribano de su majestad, que vive en esta ciudad, y otra vez llevó cuantidad de plata el dicho Rodrigo de Arias a Tierra Firme, y no la empleo y la dio allí a cierta persona para que la diese en esta ciudad tanto por ciento, y le cobró la dicha plata el dicho inquisidor aquí con los intereses y agora últimamente el dicho Rodrigo Arias llevo a Castilla mas de veinte mil pesos del dicho inquisidor Ulloa y los empleó en la flota pasada del año de ochenta y cuatro, y el dicho Rodrigo Arias le dijo a este declarante, habrá cuarenta días, que había estado en desgracia del dicho inquisidor sobre las cuentas de lo procedido desta hacienda, porque creía que le daba poca ganancia y estuvo preso, y se nombraron contadores sobre ello, y esto sabrán Juan de Lumbreras y un fulano Melo, su yerno, y Juan de Vilches.

»Ítem, dijo que dicho inquisidor usa de vestidos deshonestos, trayendo calzas de terciopelo con mucho ruedo y tellilas de color y gregüescos verdes y azules de terciopelo, y las noches cuando salía de casa, ponía lechuguillas como seglar e iba acompañado algunas noches de los dichos Rodrigo Arias y Luis García, o del uno o del otro, con hábito corto y andaba con él públicamente por las calles, asentado en las esquinas, de manera que muchas personas le conocían, e echando mano a la espada por muy leves causas, poniendo temor a las personas que andaban por las calles por donde él andaba, y esto saben los dichos Pedro de Çárate y Hernando Pantoja y Martín de Torres, y Martínez Bribiesca y Castañeda, alguaciles, y por ser dada la ora, cesó esta audiencia y al dicho Hernán Gutiérrez se le mandó que guarde secreto y vuelva a la tarde. Pasó ante mí Juan Martínez de Mecolaeta, secretario.

»En la dicha ciudad de los Reyes, a diez y siete días del mes de julio de mil y quinientos y ochenta y siete años, estando el dicho señor visitador, doctor Juan Ruiz de Prado en su audiencia, por la tarde, pareció en ella el dicho Hernán Gutiérrez de Ulloa, y prosiguiendo en la dicha su declaración, so cargo del juramento que tiene hecho,   —256→   dijo que ansimismo el dicho inquisidor sale armado de noche con cota y estoque muy largo, y hace hacer armas contra la pragmática y toma lición dellas públicamente, que fue su maestro un fulano de Amor, que también fue maestro de armas del visorrey, y don Francisco de Toledo, que no sabe donde está, y también le daba lición un mestizo, que es hijo de un maestro de armas que está en Potosí, que tampoco le sabe el nombre, y esto dirán Pedro Enríquez Amendaño, calcetero, Rodrigo Arias, Luis García y Juan de Llerena, el mozo, y para todo lo que ha dicho Juan de Bilbao, boticario, porque lo ha comunicado con este declarante infinitas veces, mostrando pesarle dello, y sale de noche a caballo a la gineta, cuando hay algún regocijo y le conocen muchas personas, y a este declarante le han dicho que le habían conocido don Juan de Aliaga, suegro de Juan de Sotomayor, y don Juan de Aliaga, hermano de doña Beatriz de Aliaga, y Pedro de Zárate, y don Jerónimo de Guevara, y otras personas, y sale al campo también a caballo públicamente delante de mucha gente.

»Ítem dijo que tiene personas allegadas a su casa, allende de los que tiene dichos, que más van a caza con él y otros acuden a otras diversas cosas, como son un Roança, mestizo, y Chaves, cazadores, que van con el dicho Inquisidor a caza y lo mismo hacen los dichos Pedro Enríquez y Mendaño, y no hay alcanzar justicia contra ellos, sólo por ser allegados al dicho Inquisidor Ulloa, porque el dicho Pero Enríquez tiene tablajería en su casa, sin que la justicia lo haya podido remediar, y el dicho Roança acuchilló a un hombre casado en esta ciudad habrá dos años, y decía a su mujer que había quedado manco y no había quedado para poder trabajar para ganar de comer y no le hacían justicia, porquel dicho Inquisidor no daba lugar a ello. Asimismo dijo que luego como llegó aquí el Visorrey conde del Villar se trató del arrendamiento de los azogues de Guancavelica y habiéndolos puesto en cierta postura Juan Pérez de las Quentas y Juan Gutiérrez de Ulloa, hubo personas que los quisieron pujar y particularmente dijeron a este declarante Juan de Lumbreras y Antonio de Melo, su yerno, que cómo se podía sufrir que el Inquisidor Ulloa fuese arrendador de los azogues, y diciéndoles que cómo era aquello, le respondieron que ellos pensaban pujar en veinte o treinta mil pesos, y que el dicho Inquisidor les había enviado a decir que mirasen lo que hacían, porque los azogues se habían de rematar en su hermano y en Juan Pérez de las Quentas, y este declarante les dijo que pues era negocio del   —257→   Rey, no parasen en aquello sino que pujasen, y allí a dos días se remataron en los dichos Juan Pérez de las Quentas y Juan Gutiérrez de Ulloa, sin que nadie los hubiese osado pujar, por entender que el dicho Inquisidor trataba dello; y que no tiene más que decir, y que esta es la verdad, so cargo del juramento que tiene hecho y no lo dice por odio ni enemistad, sino por descargo de su conciencia, y habiéndosele leído este su dicho, lo aprobó y dijo estar bien escripto, encargósele el secreto y prometió de guardarlo y firmó de su nombre. Hernán Gutiérrez de Ulloa. -Antemí. -Juan Martínez de Mecolaeta, secretario.

»En la ciudad de los Reyes a primero día del mes de Agosto de mil y quinientos y ochenta y siete años, el señor Inquisidor, doctor Juan Ruiz de Prado, estando en la audiencia por la tarde, pareció en ella, siendo llamado y juró en forma y prometió decir verdad.

»El doctor Arteaga de Mandiola, oidor de Su Majestad en su Real Audiencia que ha sido en esta ciudad de los Reyes, de edad que dijo ser de cincuenta años.

»Preguntado si tiene alguna cosa que manifestar en razón de la visita que se hace en esta Inquisición, así cerca del modo de vivir de los inquisidores y oficiales della, como en la buena administración de la justicia de los negocios que en ella se han tratado, dijo que en cuanto toca a la administración de la justicia este testigo ha oído muchas quejas a diversas personas de agravios que dentro de la cárcel a los presos les hacen, principalmente a oído decir que porque tratando de alegar de su justicia de palabra o por escripto les han echado mordazas y de noche venir ensantbenitados con un azote y azotarlos gravemente, de lo cual este testigo se escandalizó muy mucho, y se lo refirió y contó a un clérigo que se llama Herrera (cuyo nombre propio no lo sabe) por haberle comunicado poco, y hay muchas personas que le conocen en esta ciudad, y este testigo cree que le enviaron desterrado a España, y le dijeron que se había usado con él de un rigor al tiempo del embarcarle, porque le hicieron embarcar si suacto (sic), principalmente una caja donde tenía algunas curiosidades de yerbas, por algunas de las cuales, este testigo le vino a conocer (estando preso) después que salió de las cárceles del Sancto Oficio, en la cárcel arzobispal, y Juan de Saracho, receptor del Sancto Oficio, dará noticia particular de cómo se llama, y el alcalde, de las cárceles y el de la cárcel arzobispal que entonces era allí de un clérigo,   —258→   y en este tiempo, este testigo estuvo enfermo del mal de la orina, y le dio el dicho Herrera ciertas yerbas para el dicho efecto, y habrá que pasó esto cinco años, poco más o menos, y fue estando solos en la posada deste declarante en diversas noches, y este testigo atribuye el dicho modo de castigar por diciplinante, porque podría ser que fuese el penitente que agotaba al preso clérigo, y por no ser conocido usaría deste medio de cubrirse y ser necesario ser clérigo, por serlo el preso a quien agotaba, y asimismo este declarante oyó decir al mismo Herrera, a lo que se quiere acordar, aunque no esta cierto si era él, y luego dijo que él mismo, que tratando de alegar de su descargo, dijo a los señores Inquisidores que el Deán de los Charcas que le había preso, era enemigo suyo, y el licenciado Zerezuela inquisidor, ya difunto, le dijo: enemigos dijistes, noramala lo dijistes, y que se lo refirió, y otras muchas cosas le contó el dicho Herrera a este testigo, las cuales, si no murió antes que llegase a España, tiene por cierto que las magnifestaría a los Señores del Consejo de la general Inquisición; y en el mismo tiempo estuvo preso el Arcidiano de la Plata, que se llamaba fulano de Albarado, que al presente está en España, y sobre sus alegaciones y diligencias que se hacían con él, según este testigo entendió, era en razón de cierta diferencia que tuvo con Urquizu, deán de los Charcas y comisario del Sancto Oficio, al cual le dijo el inquisidor Cerezuela, que Alvarado piensa que nos espantamos de Alvarados, mas Alvarados hay por las caballerizas, y al mismo arcediano oyó quejarse de los inquisidores desta ciudad, por habérsele hecho venir de la ciudad de la Plata a ésta y tenídole preso muchos días, y este testigo asimismo se quejó del inquisidor Ulloa, porque habiendo reñido un mestizo con otro, que no le sabe el nombre, y quejádose el dicho mestizo ante los alcaldes de corte de la Real Audiencia, y por falta de un alcalde, asistiendo en aquella sala este testigo, el dicho inquisidor Ulloa pidió la causa, diciendo ser criado suyo el dicho mestizo, y este testigo y los alcaldes rehusaban de remitirle la dicha causa, porque no era criado suyo, como en efecto no lo era, más que de algunas veces que salía a caza el dicho Inquisidor Ulloa le llevaba consigo para el dicho efecto, y este testigo y los dichos alcaldes se persuadían que esto no bastaba para que el dicho mestizo gozase del privilegios de los familiares, por intervalos, y no vivir en casa del dicho inquisidor, ni ser mantenido en ella a costa del dicho inquisidor, y ser para negocio tan voluntario y su recreación, y a la notificación que   —259→   se le hizo a este testigo por el secretario del Sancto Oficio, que cree era un Tostado, respondió y dio razones por donde no debía gozar de la dicha inmunidad, y porque insistía el dicho inquisidor Ulloa en que se le remitiese la dicha causa y proceso, pidió este testigo que se usase de la concordia que trata de semejantes casos de competencia entre la justicia Real y el Sancto Oficio, y porque el dicho inquisidor Ulloa insistió hasta excomulgar a este testigo y a los dichos alcaldes de corte, después de algunos días le remitieron el preso con su proceso; después de lo cual preguntando este testigo del subceso y castigo del dicho mestizo, le dijeron que se había concertado con la parte querellante, y le dieron ocho pesos, por lo cual este testigo ha dicho algunas veces, y aun tiene, que se le envió a decir al dicho inquisidor, a lo menos lo diría a persona que se lo dijesen que como se excomulgaba una sala entera de alcaldes, y entrellos un oidor por ocho pesos, y le dijeron a este testigo las dichas personas, que le parece que son Juan de Saracho y el padre Hechevarría, clérigo, o ambos a dos, que no se hacía por ocho pesos sino por guardar el previlegio del Sancto Oficio; y procurando saber este testigo del dicho mestizo, si vivía con el dicho inquisidor, después le dijeron que frecuentaba más, después que subcedió lo que tiene dicho, la casa del dicho inquisidor, que antes lo solía hacer, y este testigo lo atribuyó a que lo hacía por justificar lo pasado, y demás de lo susodicho, ha tenido por inconveniente quel dicho inquisidor salga a caza principalmente por tantos días, porque lo ha visto, y hacer ausencia de quince días y más, estando solo por inquisidor, y aun a visto que un mes, alguna vez, lo cual ha sido en tiempo de vacaciones, y fuera dellas por cuatro muchas veces, y este testigo se acuerda haber dicho entonces, no se acuerda a qué personas, de como iba tantas veces a caza y estaba tantos días ausente en ella, pues tenía presos en las cárceles y negocios en su Tribunal, y esto se le ofrece que decir en cuanto a la administración de la justicia, y por ser muy noche cesó esta audiencia. -Pasó ante mí. -Juan Martínez de Mecolaeta»180.

Presentados los cargos que aparecían contra Ulloa, y que según hemos advertido ya, pasaban de doscientos, el acusado se los guardó tranquilamente y dejó transcurrir un año antes de procurar responder   —260→   a ellos, por los motivos que luego sabremos, concluyendo Ruiz de Prado por prevenirle que si no hacía valer luego lo que tuviese que exponer en su defensa, daría por terminada la visita.

En todas estas diligencias se habían pasado mientras tanto cuatro años, y a pesar de que el Consejo había instado a Ruiz de Prado en varias ocasiones para que se regresase de una vez a España, llevando consigo los papeles que hubiese logrado reunir, se excusaba todavía con que las frecuentes ausencias que Ulloa hacía del Tribunal y que duraban en ocasiones meses enteros, y su mala salud, le impedían partir de Lima, dejando los negocios inquisitoriales expuestos a sufrir perjudiciales retardos. Pero como al fin le viniese orden terminante de que se fuese, ocurrió a un sistema que creyó podía permitirle eludir el viaje a que tanto se resistía, y fue, que repitiendo sus anteriores excusas y la de que no tenía un real con que atender al regreso, despachó al secretario Martínez de Mecolaeta con todos los procesos, y él se quedó donde estaba. Partió aquel, en consecuencia, del Callao el 6 de mayo de 1592, llegando a España ese mismo año, después de alguna corta detención en Cartagena y de algunos percances que le ocurrieron con los ingleses en el camino.

Si Ruiz de Prado achacaba lo que él llamaba su forzada detención a su colega Gutiérrez de Ulloa, éste, por su parte, culpaba de todo a aquél. La verdad era que uno y otro tenían razón en sus cargos, pues ambos estaban interesados en prolongar por el mayor tiempo posible la situación en que se hallaban. Mientras duró la visita, Gutiérrez guardó cierto silencio, pero en cuanto estuvo terminada, dio pronto expansión al odio que le inspiraba el hombre que había venido a fiscalizar su conducta. Luego le envío a decir, en efecto, que le desembarazase las casas del Santo Oficio porque le pertenecían a él como inquisidor más antiguo, y visto que Ruiz se negaba, mandó llevar un toldo o tienda de campaña al primer patio del edificio, protestando que no había de salir de allí hasta que su colega se las desocupase. Mas entonces, para apaciguarlos intervino el Virrey, logrando reducir a Gutiérrez a que se saliese de aquel sitio181

.

No tardó más en denunciar a Ruiz de Prado al Consejo, manifestando con detalles completos como se iba demorando en Lima sin aprovechar las ocasiones de flotas que se habían ofrecido; y tratando   —261→   de explicar la conducta del visitador, decía que se estaba allí esperando que le removiesen a él para quedarse en su lugar, creyendo que en España habían de producir efecto los papeles que enviara, hechos por lo demás con pasión y encono en contra suya182.

Junto con esto entraba a citar hechos concretos que habían de servir para explicar las moratorias de su colega. Decía que al venirse al Perú, Ruiz de Prado tenía noticias de que se hallaba en las Indias un fraile agustino llamado Fray Francisco de Figueroa, y que como en Cartagena le dijesen que se encontraba en el río de la Hacha, tratando en perlas, le había escrito que se juntase con él, trayéndole en su compañía y aposentándole en su casa, hasta que le envió de comisario a Trujillo y después a Potosí, donde en sociedad con él se habían ganado veinticinco mil pesos183.

El fiscal Arpide que, por su parte, tenía quejas contra el visitador por los numerosos desaires que le había inferido, amenazándole varias veces con hacerle perder el oficio, haciéndole firmar algunos papeles contra su voluntad y hasta fijando en una ocasión su nombre en la tablilla de los excomulgados, comenzó a su vez a cantar de plano, denunciando a Prado de haber establecido derechos indebidos por licencias para salir del reino y de haber protegido a varias personas notoriamente indignas, confiriéndoles familiaturas y otros puestos184.

Tanto se iban al fin agriando las relaciones entre los dos inquisidores que Juan de Saracho que se hallaba cuidadoso de lo que estaba ocurriendo entre ellos, declaraba que Gutiérrez se expresaba públicamente de su colega, en tales términos, en cuanto a su honra y fama, que de un mal lacayo no se sufriría decir tanto185. Los que observaban imparcialmente estos hechos, como el Consejo mismo, atribuyeron la causa de esta desavenencia a la estrecha amistad con que Ruiz de Prado se ligó con un doctor Salinas, «nacido en aquella tierra, de ruines costumbres y tan torcida intención que él solo basta para sembrar discordia en una república, y que así la ha sembrado entre vos y el inquisidor Ulloa, por haberlo admitido por abogado de los presos de aquel Santo Oficio, y después del Fisco, sin la información de limpieza necesaria, por faltar en lo público de parte de su madre, se   —262→   ha seguido traer a aquel Tribunal causas suyas como de hombre tramposo y mal pagador, con agravio de tercero, y en especial la que se ofreció sobre el tormento que el Virrey Conde del Villar hizo darle [...] y que de todo tuvisteis vos la culpa, terminaban los consejos, porque habiéndoos comunicado el Virrey el caso, le respondisteis que bien le podía castigar».

En tales términos se había expresado, en efecto, el doctor Salinas, de la primera autoridad del país186, que el ofendido le mandó prender, y a su vista, como hombre agraviado, le hizo dar tormento. Salinas, que ya estaba intimado con Prado, le hizo a este aprieto para que le nombrase abogado del Tribunal, a fin de que alegando sus fueros, pudiese libertarse de la tempestad que se había desencadenado contra él, en lo que como ya sabemos, vino el visitador. Una vez nombrado, el Virrey se sintió un tanto arredrado, vacilación que cesó cuando habiendo significado a Ruiz de Prado el propósito en que se hallaba respecto de Salinas, le manifestó que no debía detenerse en castigarlo como pensaba, y así el doctor quedó bien molido; pero tal alharaca levantó con que la dignidad y fueros del Santo Oficio se hablan ajado por el atropello de su persona, que los Inquisidores se avanzaron nada menos que a declarar por excomulgado al Virrey. El Conde, que estaba ya viejo y en vísperas de emprender su largo viaje de regreso a la Península, se atemorizó con la excomunión, y «como católico cristiano, hijo obediente de la Santa Madre Iglesia», se presentó a solicitar la absolución, por medio del franciscano fray Pedro de Molina187, a quien en secreto confió Ulloa la facultad de dársela, y que recibió «con mucha humildad», quedando, según se expresaba, desde ese día en gran tranquilidad de ánimo, hasta que reclamando testimonio del hecho se encontró con que no lo pudo obtener, por cuanto el guardián de San Francisco se negaba a dárselo, en virtud de órdenes de Prado, quien para ello se excusaba con que por su parte no había conferido a Molina semejante comisión; «y con solo esto, concluía el Virrey, me he abstenido de oír misa y de la comunicación de los santos sacramentos hasta hoy, que ha más de un mes, y solamente oí misa   —263→   el día de San Francisco, con permiso que tuve para ello». Eso sí que en cuanto a dar a Salinas la satisfacción que los inquisidores le exigían, el magnate se sostenía firme en su negativa, obteniendo de ellos al fin, después de varias diligencias, que le enviasen nueva absolución por mano del vicario general del arzobispado.

Los inquisidores a quienes tan buen resultado había producido semejante desacato a la real soberanía, se consideraron autorizados desde entonces para seguir humillando día a día al anciano Virrey, tanto que éste hallándose ya en La Habana y fuera de su alcance, aunque con escrúpulos de haber dejado un tanto ajada la dignidad de su puesto en aquel lance en que tan débil se mostrara, como temeroso de los reproches que su conducta pudiera merecerle en la corte, no podía menos de acudir al monarca dándole cuenta de sus tribulaciones y pidiéndole amparo para las venganzas que contra él pudieran intentar Salinas y sus patrocinadores.

«Tratando como traté a lo último de mi gobierno, decía, de que se hiciese a Vuestra Majestad servicio por aquel reino para la guerra de Inglaterra y entendiendo que fuera de gran provecho para él que los dos tribunales de la Real Audiencia y Sancto Oficio, hicieran alguno, por pequeño que fuera, lo propuse a la dicha Audiencia en acuerdo, la cual, aunque no acudió a ello, con efecto, dio algunas causas que le parecían justas para no hacerlo, y a los dichos inquisidores envié a pedir, con el doctor Castillo y licenciado Maldonado, oidores, y licenciado Marañón, alcaldes, consultores del Sancto Oficio, que me viesen, porque tenía un negocio de importancia del servicio de Vuestra Majestad que tratar con ellos, y que si les pareciese que convenía, para que no dubdasen de hacerlo, pensando que sólo fuese para hacerles yo venir, dijese que era el referido, y habiéndolo dicho, no quisieron venir, por lo cual también pasé con disimulación por las causas que arriba he dicho; y después ya muy cerca de la llegada del virrey don García de Mendoza al puerto del Callao, no obstante haber pasado todas las cosas referidas entre ellos y mí, habiéndome absuelto de las excomuniones, en que tanto tiempo me habían tenido injusta y agraviadamente, según lo que ya en mi conciencia sentía, y a los obispos del Cuzco y los Charcas parecía y públicamente dijeron, y los demás letrados de Lima, se supo y entendió que lo hicieran, si osaran, como todo también tengo scripto a Vuestra Majestad. Envié a decir a los dichos inquisidores con los dichos consultores que por el buen ejemplo que se debía dar, no   —264→   era justo que yo me embarcarse sin que nos viésemos, y que si les pareciese lo mismo y holgasen de verme lo haría, y después los iría a ver a ellos, y que yo lo comenzara, si no fuera porque se guardase el decoro debido a mi cargo, y se excusase ocasión de que se pensase que iba llamado dellos o por otra alguna semejante, como se pudiera, habiendo visto de la manera que habían procedido conmigo en las dichas excomuniones y todo lo demás, que el vernos no impediría el proceder en los negocios de entre ellos y mí, como conviniese a nuestra justicia, y no lo quisieron hacer, aunque los dichos consultores les persuadieron mucho a ello, y ansí me vine, habiendo cumplido a mi parecer y a lo que entendí de los dichos consultores y de todo el pueblo, con lo a que me podía obligar la conciencia y dicho buen ejemplo que se debía dar, y no menos me ha parecido ser cosa justa y necesaria informar a Vuestra Majestad en esta, de que después de haber yo salido de aquel dicho reino, es cosa cierta que el dicho doctor Salinas dijo públicamente muchas libertades y desenvolturas contra mí, en especial que había de gastar cient mil ducados, hasta que mis huesos se desenterrasen y quemasen, que aunque es mozo muy libre, inconsiderado y desacatado, se deja bien entender que no lo dijera, si no fuera por orden de los dichos [...] o con su permisión, favor e ayuda, y entender que no había de haber quien le castigase por ello, ni aun le reprendiese, como ha sido. Por todo lo cual y para los dichos efectos, vuelvo a suplicar de nuevo a Vuestra Majestad se sirva de mandar se vean todos los dichos papeles que yo he enviado, en los Consejos de Vuestra Majestad del Santo Oficio y de Indias, si ya no se hubieren visto y esta y otros algunos, si con ella se presentaren, y los que los inquisidores hubieren enviado, y que se determine cerca de todo y provea lo que fuere justicia, y que los originales de los dichos papeles y de otros que podría ser hayan retenido los dichos inquisidores (como yo lo sospecho), los envíen para que se vean en los dichos Consejos y examinen y queden en el del Santo Oficio, y de todos ellos se mande hacer lo que conforme a derecho y justicia se pueda y convenga, y de todo se dé noticia a Vuestra Majestad para que, supuesto que espero en la misericordia divina y confío en mi buena y sana conciencia e intención para su servicio y de Vuestra Merced, que en ellos no había cosa que justamente me pueda perjudicar, ni permitido que contra esto y la verdad se haya puesto alguna que lo pueda hacer, (como de la dicha pasión humana de los inquisidores y mano del dicho Sancto Oficio se podría temer o presumir),   —265→   de cosa semejante no pueda quedar memoria contrapuesta a la que hay en las crónicas antiguas de España, de los servicios que los dichos mis pasados hicieron a Dios y a la Real corona de Vuestra Majestad, en defensa de la Santa fe católica, conforme a su mucha cristiandad, limpieza y claridad de linaje, y espero que se han de screbir en las presentes de mí, y mis subcesores, por las mercedes que Vuestra Majestad ha sido servido de hacerme, y haber yo sacrificado a Dios y a Vuestra Majestad seis hijos que les han servido y muerto en su juventud, en las guerras contra infieles y herejes de mar y tierra, los cinco, el uno vive liciado, y otros dos fueron religiosos, y murieron siendo sacerdotes, y de los últimos que he tenido, dos sirven ya a Vuestra Majestad en la guerra, y otros dos estudian para hacerlo, por aquel camino, y yo me sacrifiqué a Vuestra Majestad en venirle a servir en el dicho cargo del Perú, con mis muchos años y poca salud, como lo he hecho, y padecido los trabajos y enfermedades que se han visto. Todas las cuales cosas, si no me engaño, no son de quien tenga falta de fe, ni de respecto y devoción a ella, ni a su Sancto Oficio; y no obstante que entiendo que con muy buena y sana conciencia he podido suplicar a Vuestra Merced siempre todo lo referido contra los dichos inquisidores y sus ministros, por lo que tocaba el servicio de Dios y de Vuestra Majestad, y a la verdad, y celo y ejecución de su justicia, y a mi cargo, y ansimesmo por lo que a mí, que dicho tengo, y que de la misma manera lo puedo suplicar ahora, y estando con la vela en la mano, suplico a Vuestra Majestad se sirva de entender que solamente he hecho y hago en lo que a mí toca por las causas referidas de cristiandad, y honra, y buena fama de mis pasados y mía, y lo que ha de importar a nuestros subcesores, a que tengo obligación de atender justa y cristianamente, para que Vuestra Majestad se sirva de mandarla amparar y que sea satisfecha y proveer cerca dello lo que convenga, y no para que respecto de mí se les dé ningún castigo por los agravios que me han hecho, porque éstos yo se los tengo perdonados y perdono ante Dios y Vuestra Majestad, en cuanto cristianamente lo debo hacer, sin pretender ningún género de venganza».

Salinas tomó pie de las persecuciones que imaginaba le había de promover el Conde para irse a vivir, con consentimiento de Ruiz de Prado, a las casas de la Inquisición, haciendo que pocos días más tarde y a pretexto de que le curasen, le fuesen a acompañar su familia y mujer y una cuñada, «mujeres de buena gracia», las cuales no salían de las ventanas que daban a la calle de la habitación en que se habían   —266→   instalado, que como todos lo sabían en la ciudad, tenía puerta de comunicación con la que ocupaba el Inquisidor. Las cosas no paraban siquiera en esto, pues el visitador estaba siempre comiendo y cenando en compañía de las dos damas; y aun, cuando se enfermaba, se veía siempre a la cabecera de su cama a la cuñada de Salinas. Era también notorio que cuando ésta por acaso no se encontraba en la casa, Ruiz de Prado la enviaba a buscar con sus criados, yéndose a veces a pasear con ella a las huertas de las afueras de la ciudad188.

Cuando el Virrey abandonó el país, habiendo cesado así todo pretexto que pudiera justificar la permanencia de Salinas y su familia en las habitaciones del Inquisidor, vista la grandísima murmuración que había en el vecindario y en todo el pueblo, hubieron los alojados de trasladarse a su domicilio; pero de ahí a poco, Salinas, de acuerdo con Ruiz de Prado, inventó cierto papel en que contrahecha su letra, se decía que había sido dirigido a una monja, y que en él se le anunciaba que el hijo del Virrey se preparaba para mandarlo matar; haciendo que coincidiera con el embuste, la rotura de un cerrojo de las piezas que había ocupado con su familia: con cuyo pretexto se trasladó nuevamente con cama y petacas a las casas de la Inquisición.

Ruiz de Prado, a todo esto, cada día se iba dejando influenciar más por su huésped, pretendiendo últimamente que se le eligiera miembro del Cabildo de Lima, a pesar de la tenaz resistencia que hallaba de parte de los cabildantes; y llegando después hasta hacer prender, sacándola de la cama en que se hallaba enferma de parto, a la mujer de Álvaro Ruiz de Navamuel, personaje de cierta consideración en Lima, porque le había dicho ciertas palabras a la de Salinas, que pretendía hacer burla de ella; e interponiendo además sus influencias y autoridad para con las justicias a fin de impedir que Navamuel comprase cierta propiedad en que manifestaba interés su protegido189.

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Al fin, las órdenes del Consejo fueron tan apretadas que el visitador, con gran sentimiento suyo, se despedía de Lima el 14 de abril de 1594, no sin que antes su colega le hiciese sentir el odio que mereciera inspirarle, disponiendo que no se le pagase un centavo de salario para su regreso190. El 10 de diciembre de ese mismo año, Gutiérrez de Ulloa, que con no menos disgusto del que llevaba Ruiz de Prado, acababa de ser nombrado por el Rey visitador del distrito de la Audiencia de Charcas, salia en dirección a la ciudad de La Plata191.